RESOLUCIÓN N.º 519-CM-17
DESCRIPCIÓN SINTÉTICA: RESOLUCIÓN CONCEJO MUNICIPAL OPOSICIÓN EFECTUADA POR EL SR. MIGUEL FERDINANDO RUSSO, A CANDIDATA A DEFENSOR DEL PUEBLO
ANTECEDENTES
Carta Orgánica Municipal, artículo 77º.
Ordenanza 20-I-78: Procedimiento administrativo municipal.
Ordenanza 1749-CM-07: Crea la Defensoría del Pueblo de la ciudad de San Carlos de Bariloche.
Resolución 462-CM-15: Reglamento Interno del Concejo Municipal.
Resolución 049-PCM-17: Convoca a inscripción postulantes para cubrir cargo de Defensor del Pueblo municipal.
Resolución 509-CM-17: Convoca a inscripción postulantes para cubrir cargo de Defensor del Pueblo municipal.
Nota n.º 1199-MEyS-17 del 30 de marzo de 2017 del Sr. Miguel Ferdinando Russo.
Acta 60/17 de fecha 5 de abril de 2017 de Comisión Legislativa del Concejo Deliberante.
Resolución 117-PCM-17, del 6 de abril de 2017, firmada por el Presidente del Concejo Municipal, Diego Benítez.
FUNDAMENTOS
El Concejo Municipal interviene en los términos del artículo 9, inciso y) del reglamento interno resolución 462-CM-15, para resolver la presentación del Sr. Miguel Ferdinando Russo del 30 de marzo de 2017.
Resulta ilustrativo comenzar brevemente con los antecedentes de la cuestión, que se inician con la resolución 049-PCM-17: “SE CONVOCA INSCRIPCIÓN POSTULANTES PARA CUBRIR EL CARGO DE DEFENSOR DEL PUEBLO SAN CARLOS DE BARILOCHE”, posterior resolución 509-CM-17: “CONVOCA A INSCRIPCIÓN POSTULANTES PARA CUBRIR CARGO DE DEFENSOR DEL PUEBLO MUNICIPAL”, que convoca a ciudadanos a inscribirse en el registro de postulantes para Defensor del Pueblo, se impone plazo para realizar por escrito impugnaciones, oposiciones u objeciones en relación a los postulantes, fijándose que estas deberán ser tratadas y resueltas por la Comisión Legislativa del Concejo Municipal de San Carlos de Bariloche.
En primer lugar, cabe analizar los requisitos de admisibilidad de la presentación.
Se analiza la impugnación, oposición u objeción a una postulante en los términos de la resolución 049-PCM-17, resolución 509-CM-17.
La resolución de convocatoria establece los plazos para este tipo de presentaciones, fijándose para los días 13 y 14 de marzo de 2017. Teniendo en cuenta que la presentación de oposición contra la inscripta, excede largamente el plazo impuesto, puesto que la presentación de oposición fue realizada el día 30 de marzo de 2017, debe ser rechazada por extemporánea.
En este sentido, se debe dar cumplimiento a lo establecido por el artículo 1º de la ordenanza 20-I-78 (procedimiento administrativo municipal) dispone que: “En cuanto a los plazos serán obligatorios para los interesados y para la administración”.
Por lo tanto, se debe rechazar la presentación considerando los fundamentos expuestos precedentemente.
AUTOR: Presidente del Concejo Municipal, Diego Benítez.
INICIATIVA: Comisión Legislativa.
La resolución 117-PCM-17, con las modificaciones introducidas, fue aprobada en la sesión del día 27 de abril de 2017, según consta en el Acta N.º 1072/17. Por ello, en ejercicio de las atribuciones que le otorga el Art. 38 de la Carta Orgánica Municipal,
EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN CARLOS DE BARILOCHE
SANCIONA CON CARÁCTER DE
RESOLUCIÓN
Art. 1°)
Se rechaza por extemporánea la oposición efectuada por el Sr. Miguel Ferdinando Russo contra la Sra. Silvia Marta Frank, por los fundamentos expuestos.
Art. 2°)
Se notifica al Sr. Miguel Ferdinando Russo en el domicilio legal constituido en su presentación.
Art. 3°)
Comuníquese. Dése a publicidad. Cumplido, archívese.