RESOLUCION Nº 023 -PCM-2013
DESCRIPCIÓN SINTÉTICA: DECLARAR DE INTERÉS MUNICIPAL Y DEPORTIVO “1º EDICIÓN EL TOUR DE LOS ANDES 2013”.
ANTECEDENTES:
Carta Orgánica Municipal.
Ordenanza 2071-CM-10.
Nota presentada por Comisión Directiva del Club de Corredores, en la cual solicitan se declare de interés municipal.
Escritura de la Sociedad que organiza el Evento
FUNDAMENTOS:
La 1º Edición de El Tour de los Andes 2013 es una Carrera de Aventura Internacional que tiene como objetivo recorrer en Mountain Bike senderos patagónicos.
En esta oportunidad la carrera se llevará a cabo en San Carlos de Bariloche y la convocatoria de participación será para 500 bikers de la Argentina como así también deportistas extranjeros.
A lo largo de 3 días de carrera, los deportistas tienen la posibilidad de transitar por lugares únicos, recorriendo bosques, montañas, volcanes y cascadas. Al terminar cada etapa descansarán 2 noches en campamentos agrestes sobre costas de lagos.
El evento se iniciará el 14 de febrero en el Cerro Catedral con la acreditación de los participantes. Los días 15,16 y 17 de febrero los competidores realizarán el recorrido de 50 km. por etapa, finalizando el día 17 de febrero en el Cerro Catedral donde se cerrará el evento con la premiación correspondiente.
Esta actividad es organizada por el Club de Corredores y ya ha sido declarada de Interés Turístico Nacional.
AUTOR: Concejal Carlos Valeri Vicepresidente 1º a cargo de la Presidencia del Concejo.
INICIATIVA: Concejales Ramón Chiocconi y Alejandro Ramos Mejía (Bloque FPV-PJ) y Club de Corredores.
En virtud de las atribuciones conferidas por los artículos 8º inciso d- e y del Reglamento Interno del Concejo Municipal, según texto ordenado por Resolución 143-CM-95.)
EL VICE PRESIDENTE PRIMERO A CARGO DEL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN CARLOS DE BARILOCHE
RESUELVE
Art. 1°) |
Se declara de Interés Municipal y Deportivo la Carrera “1º edición El Tour de los Andes 2013” a realizarse el 15,16 y 17 de febrero de 2013, en la ciudad de San Carlos de Bariloche |
Art. 2°) |
La presente declaración no implica la obligatoriedad de efectuar erogaciones por parte de la Administración Municipal. |
Art. 3°) |
La presente Resolución se aprueba ad-referéndum de la próxima sesión ordinaria del Concejo Municipal.- |
Art. 4°) |
Comuníquese, Dese a publicidad. Tómese razón. Cumplido. Archívese. |
San Carlos de Bariloche, 04 de Febrero de 2013.-
CV/JGE