DESCRIPCIÓN SINTÉTICA: SE COMUNICA AL SENADO RECHAZO AL PROYECTO DE LEY SOBRE FALSAS DENUNCIAS EN VIOLENCIA DE GÉNERO
ANTECEDENTES
Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW).
Convención de Belém do Pará.
Constitución Nacional.
Ley 26485: Ley de protección integral a las mujeres.
Ley 27499: Ley Micaela.
Constitución de la Provincia de Río Negro.
Ley 3040: Marco preventivo y procedimiento judicial a seguir frente a situaciones de violencia familiar.
Carta Orgánica Municipal.
FUNDAMENTOS
La presente comunicación tiene por objeto expresar el rechazo de este Concejo Municipal al proyecto de ley identificado como expediente S-228/2025, impulsado por la senadora nacional Carolina Losada, mediante el cual se propone agravar las penas vinculadas a las falsas denuncias cuando éstas se produzcan en contextos de violencia de género, delitos contra la integridad sexual o hechos que involucren a niñas, niños y adolescentes.
La iniciativa mencionada se inscribe en una narrativa política y mediática que busca instalar la idea de una supuesta “ola de falsas denuncias” en materia de violencia de género. Sin embargo, diversos estudios, estadísticas judiciales y relevamientos especializados desmienten categóricamente dicha construcción discursiva y evidencian que las denuncias falsas constituyen un porcentaje ínfimo en comparación con la enorme cantidad de hechos de violencia que efectivamente padecen mujeres y diversidades.
En este sentido, distintos informes judiciales y análisis periodísticos especializados han señalado que no existen datos que permitan sostener que las denuncias falsas por violencia de género representen un problema estructural del sistema judicial argentino. Por el contrario, las estadísticas muestran que la mayoría de las situaciones de violencia permanecen invisibilizadas, sub denunciadas o sin acceso efectivo a la Justicia, producto del miedo, la dependencia económica, las dificultades probatorias y la persistencia de patrones culturales patriarcales que desalientan la denuncia.
Resulta particularmente preocupante que el proyecto proponga un agravamiento específico de las penas exclusivamente cuando las denuncias se relacionen con violencia de género o delitos sexuales, estableciendo así un tratamiento diferenciado que termina generando sospecha sobre las víctimas de este tipo de delitos. Lejos de fortalecer garantías constitucionales, la iniciativa puede producir un efecto profundamente regresivo desalentar las denuncias, incrementar el temor a represalias penales y reforzar mecanismos de silenciamiento sobre personas que atraviesan situaciones de violencia.
Debe recordarse que el ordenamiento jurídico argentino ya contempla figuras penales aplicables a las falsas denuncias y al falso testimonio. El Código Penal actualmente sanciona dichas conductas, por lo que no existe un vacío legal que justifique una agravación selectiva dirigida específicamente hacia denuncias de violencia de género. Lo que introduce el proyecto no es una herramienta novedosa para la protección de derechos, sino una modificación con fuerte contenido simbólico y disciplinador sobre quienes denuncian.
Asimismo, el proyecto incorpora afirmaciones carentes de evidencia suficiente y reproduce generalizaciones estigmatizantes respecto de políticas públicas de asistencia a víctimas de violencia de género, como ocurre con las referencias efectuadas al Programa Acompañar. Asociar el incremento de denuncias a supuestos incentivos económicos sin respaldo empírico no sólo resulta irresponsable, sino que contribuye a desacreditar herramientas estatales fundamentales destinadas a proteger vidas en contextos de extrema vulnerabilidad.
La República Argentina ha asumido compromisos internacionales concretos en materia de prevención, sanción y erradicación de la violencia contra las mujeres, entre ellos la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW) y la Convención de Belém do Pará. Tales instrumentos imponen al Estado la obligación de remover obstáculos que impidan el acceso a la Justicia y garantizar mecanismos efectivos de protección para las víctimas. Toda medida que pueda generar amedrentamiento o desaliento hacia quienes denuncian situaciones de violencia debe ser analizada con extrema cautela por su posible incompatibilidad con dichos compromisos internacionales.
En un contexto social atravesado por alarmantes índices de violencia de género, femicidios, abusos sexuales y violencias contra niñas, niños y adolescentes, resulta indispensable fortalecer las políticas de prevención, asistencia y acceso a la Justicia, y no promover discursos que relativicen la problemática o instalen sospechas generalizadas sobre quienes denuncian.
Por todo lo expuesto, resulta necesario que este Concejo Municipal manifieste su preocupación y rechazo frente a iniciativas legislativas que puedan implicar un retroceso en materia de derechos humanos, perspectiva de género y acceso a la Justicia para las víctimas de violencia.
AUTORA: Concejala Roxana Ferreyra (Nos Une).
COLABORADORA: Eliana Romano.
El proyecto original N.º 640/26 fue aprobado en la sesión del día 11 de junio de 2026, según consta en el Acta N.º 1223/26. Por ello, en ejercicio de las atribuciones que le otorga el Art. 38 de la Carta Orgánica Municipal,
EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN CARLOS DE BARILOCHE
SANCIONA CON CARÁCTER DE
COMUNICACIÓN
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Art. 1°) |
Se comunica al Senado de la Nación la preocupación y rechazo al proyecto de ley sobre falsas denuncias de violencia de género expediente S-228/25, presentado por la Senadora Carolina Losada. |
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Art. 2°) |
Comuníquese. Dése a publicidad. Cumplido, archívese. |
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