DESCRIPCIÓN SINTÉTICA: SE COMUNICA AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO MUNICIPAL CONSENTIMIENTO POR ACCIONES REALIZADAS EN PLAN DE RESTRUCTURACIÓN URBANA ACCESO ESTE

 

ANTECEDENTES

Carta Orgánica Municipal.

Ordenanza 3134-CM-19 Se crea plan de desarrollo urbano ambiental del Oeste.

Ordenanza 3443-CM-24: Se declara el estado de emergencia pública en materia económica, financiera, fiscal, de servicios y habitacional.

Ordenanza 470-CM-95: Reglamentación Consejo de Planificación.

Ordenanza 1744-CM-07: Se Reglamentan las audiencias públicas.

 

FUNDAMENTOS

El Plan de Reestructuración Urbana Acceso Este, que comenzó en marzo de 2021, se enmarca en las políticas de planificación y desarrollo urbano establecidas por el Concejo Municipal en la Ordenanza 3134-CM-19 y la Ordenanza 3443-CM-24, que declaran la emergencia económica, financiera, fiscal, de servicios y habitacional.

Este plan tiene como pautas principales la protección de los recursos naturales y culturales de la ciudad, el control de la expansión urbana, la consolidación de áreas urbanizadas y la creación de nuevas centralidades, garantizando un desarrollo policéntrico.

Además, promueve la optimización de la conectividad y movilidad urbanas, así como el uso racional del recurso paisajístico, todo con el objetivo de construir una imagen acorde con el acceso principal de un destino turístico de envergadura como lo es Bariloche. La metodología de elaboración del plan fue desarrollada de acuerdo con el Manual de Gestión Técnico Administrativo del Código Urbano (Ordenanza 470-CM-95) y fue acompañada por el equipo técnico de la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Urbano.

Es fundamental garantizar la protección del patrimonio natural y cultural de la ciudad, optimizando la conectividad y consolidando áreas urbanas.

 

AUTOR: Concejal Leandro Costa Brutten (Incluyendo Bariloche).

 

El proyecto original N.º 186/24 con las modificaciones introducidas, fue aprobado en la sesión del día 3 de octubre de 2024, según consta en el Acta N.º 1194/24. Por ello, en ejercicio de las atribuciones que le otorga el Art. 38 de la Carta Orgánica Municipal,

 

EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN CARLOS DE BARILOCHE

SANCIONA CON CARÁCTER DE

 

COMUNICACIÓN

 

Art. 1°)

Se comunica al Departamento Ejecutivo Municipal la urgente necesidad de manifestar su consentimiento a las acciones realizadas en el marco del Rango 1 Plan de Reestructuración Urbana Acceso Este, a los fines de que el Concejo Municipal pueda efectuar la audiencia pública.

Art. 2°)

Comuníquese. Dése a publicidad. Cumplido, archívese.