DESCRIPCIÓN SINTÉTICA: SE COMUNICA LA NECESIDAD DE ACTIVAR EL CONSEJO LOCAL CONSULTIVO PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD

 

ANTECEDENTES

Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad.   Naciones Unidas, Res./61/106 - 13/12/2006.

Declaración Universal de los Derechos Humanos: Resolución 217 A (III) AG ONU Dic./48.

Declaración sobre el Progreso y el Desarrollo en lo Social: Resolución 2542 (XXIV) AG ONU Dic./69.

Declaración de los Derechos del Retrasado Mental: Resolución 2856 (XXVI) AG ONU Dic./71.

Declaración de los Derechos de los Impedidos: Resolución 3447 (XXX) AG ONU Dic./75.

Declaración de los Derechos al Desarrollo: Resolución 41/128 AG ONU Dic./86.

Carta Comunitaria de los Derechos Fundamentales de la Unidad Europea (Nov./89).

Resoluciones de la Asamblea General de la ONU: A/RES/57/229, A/RES/56/168, A/RES/56/115, A/RES/52/107, A/RES/49/153, A/RES/48/97, A/RES/48/96 y A/RES/48/95.

Resoluciones de la Comisión de Derechos Humanos de la ONU: E/CN.4/RES/2003/49, E/CN.4/RES/2002/61, E/CN.4/RES/2000/01, E/CN.4/RES/1998/31, E/CN.4/RES/1996/27, E/CN.4/RES/1995/58, E/CN.4/RES/1994/27 y E/CN.4/RES/1993/29.

Resoluciones del Consejo Económico Social de la ONU: E/RES/2002/7, E/RES/2002/26, E/RES/2000/10, E/RES/1998/4, E/RES/1997/20, E/RES/1984/33 y E/RES/1984/26.

Resoluciones de la Subcomisión para la Promoción y Protección de los Derechos Humanos de la ONU: E/CN.4/SUB.2/RES/1995/17, E/CN.4/SUB.2/RES/1994/10 y E/CN.4/SUB.2/RES/1993/22.

Propuesta de México de desarrollar una Convención Específica de Naciones Unidas sobre derechos de personas con discapacidad, acordado posteriormente por Resolución de la Asamblea General de Naciones Unidas A/RES/56/168.

Asamblea General Naciones Unidas: A/RES/61/106/ Diciembre 13 de 2006 – Convención Internacional sobre los derechos de las personas con discapacidad.

Ley 22431: Sistema de protección integral de los discapacitados.

Ley 2378/8: Aprueba Convención Internacional de Naciones Unidas sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y su Protocolo Facultativo.

Ley 24657: Consejo Federal de Discapacidad. Su Creación. Resolución 176/1996 asientos para personas con movilidad reducida. Apruébase identificación.

Ley 25280: Aprobación de la Convención Interamericana para la eliminación de todas las formas de discriminación contra las personas con discapacidad.

Constitución de la Provincia de Río Negro.

Ley 1775 Provincia de Río Negro: Protección integral de las personas con discapacidad.

Ley 2055 Provincia de Río Negro: Régimen de promoción integral de las personas discapacitadas.

Ley 2824 Provincia de Río Negro: Sistema integral de protección al discapacitado.

Ley 3523 Provincia de Río Negro: Día Nacional de la Persona con Discapacidad.

Ley 3871 Provincia de Río Negro: Régimen de Protección Integral de las Personas Discapacitadas.

Carta Orgánica Municipal.

Ordenanza 124-C-86: Excepción cobro tasas discapacitados viviendas y comercios y su modificatoria Ordenanza 1998-CM-09.

Ordenanza 154-C-88: Reconocimiento Consejo Local Discapacitado.

Ordenanza 280-C-89: Otorgamiento pensiones vejez y discapacidad.

Ordenanza 513-CM-91: Pensiones discapacitados vejez.

Ordenanza 36-CM-92: Pensiones discapacitados vejez.

Ordenanza 46-CM-92: Pases gratuitos en transporte urbano pasajeros para  discapacitados.

Ordenanza 527-CM-95: Dictar ordenanzas sobre difusión problemática discapacidad  con interés municipal por declaración 164-CM-93.

Ordenanza 716-CM-97: Programa municipal de capacitación, inserción e integración discapacitados al medio socio-laboral.

Ordenanza 843-CM-98: Adherir leyes nacionales y provinciales que regulan prioridades trabajo discapacitados.

Ordenanza 860-CM-98: Derogar ordenanza 754-CM-97 autorizaciones renovables actividades comerciales domiciliarias.

Ordenanza 1309-CM-03: Adherir ley nacional 25643 adecuación servicios turísticos e información agencias de viajes para protección integral discapacidad.

Ordenanza 1418-CM-04: Gratuidad del servicio público de transporte urbano a discapacitados.

Ordenanza 1613-CM-06: Oficina de gestión para las personas con  discapacidad.

Ordenanza 1667-CM-06: Ingresar a planta permanente empleados administración municipal discapacitados y prioridad discapacitados vacantes.

Ordenanza 1730-CM-07: Creación del registro municipal de prestadores de servicios turísticos especializados en turismo accesible.

Ordenanza 1963-CM-09: Adherir leyes discapacidad.

Ordenanza 2038-CM-10: Consejo Local Consultivo para Personas con Discapacidad.

Nota 356-MEySV-2024 del Sr. Luis Suero.

 

FUNDAMENTOS

Es para destacar el largo y complejo camino recorrido por las organizaciones sociales que han trabajado y reclamado desde la aprobación de la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad. Naciones Unidas, Res./61/106 – 13/12/2006, para lograr la adhesión de nuestro país y nuestro Municipio.

 

Desde entonces, a través de una constante lucha articulada a diario entre organizaciones se consiguió la aprobación de la ordenanza 2038-CM-10, de creación del Consejo Local Consultivo para Personas con Discapacidad.

 

La participación ciudadana resulta fundamental ya que garantiza que las decisiones y políticas reflejen la voluntad del pueblo. Este principio no solo fortalece el sistema democrático, sino que también permite a los ciudadanos influir activamente en la gobernanza y en el desarrollo de políticas públicas. Una participación activa y comprometida es esencial para mantener la legitimidad y la efectividad de cualquier sistema democrático.

 

En consecuencia y en pos de promover la integración de las personas con discapacidad, resulta imprescindible la presencia de los representantes del Departamento Ejecutivo Municipal y todos los actores designados en la ordenanza 2038-CM-10 para garantizar que sea un ámbito de consulta, planificación y asesoramiento de políticas públicas municipales en esta temática.

 

Tanto el Departamento Ejecutivo Municipal de San Carlos de Bariloche como el Concejo Municipal deben velar por el cumplimiento de las leyes y ordenanzas vigentes y agotar todos los esfuerzos necesarios para garantizar el pleno funcionamiento del Consejo Local Consultivo para Personas con Discapacidad.

 

AUTOR: Concejal Leandro Costa Brutten (Incluyendo Bariloche).

COLABORADORA: Mabel Noemí Oviedo.

 

El proyecto original N.º 150/24 fue aprobado en la sesión del día 22 de agosto de 2024, según consta en el Acta N.º 1192/24. Por ello, en ejercicio de las atribuciones que le otorga el Art. 38 de la Carta Orgánica Municipal,

 

EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN CARLOS DE BARILOCHE

SANCIONA CON CARÁCTER DE

COMUNICACIÓN

 

Art. 1°)

Se comunica al Departamento Ejecutivo Municipal de la Ciudad de San Carlos de Bariloche, la necesidad de activar y poner en pleno funcionamiento el Consejo Local Consultivo para Personas con Discapacidad de acuerdo a lo normado en la ordenanza 2038-CM-10.

Art. 2°)

Se comunica al Departamento Ejecutivo Municipal de la Ciudad de San Carlos de Bariloche, la necesidad de garantizar la presencia de tres (3) representantes del Departamento Ejecutivo Municipal en el Consejo Local Consultivo para Personas con Discapacidad de acuerdo a lo normado en la ordenanza 2038-CM-10.

Art. 3°)

Comuníquese. Dése a publicidad. Cumplido, archívese.