RESOLUCIÓN N°  325-CM-06

 

DESCRIPCION SINTETICA: APROBACIÓN CONVENIO FIRMADO CON CENTRO DE REHABILITACIÓN INTEGRAL PATAGÓNICO.

 

 

ANTECEDENTES

 

 

Convenio firmado entre el Concejo Municipal y el Centro de Rehabilitación Integral Patagónico, (CRIP), de fecha 24/10/06.

 

La Resolución 355-PCM-06, firmada por el Presidente del Concejo Municipal, Sr. Marcelo Cascón.

 

 

FUNDAMENTOS

 

En reunión de la Comisión Legislativa del día 24/10/06, Acta Nº 151/06, se firmó un Convenio entre el Concejo Municipal y el Centro Integral de Rehabilitación (CRIP) para la traducción al sistema Braille de todo tipo de documentación legislativa y/o administrativa existente en los archivos del Concejo, que sea de interés o incumbencia de personas con discapacidad visual y la adaptación al sistema Braille de la señalética de las plantas del edificio del Concejo Deliberante, a fines de facilitar la accesibilidad a la institución a todas aquellas personas disminuidas visualmente.

 

El citado convenio debe ser aprobado por Resolución del Presidente del Concejo Municipal.

 

AUTORES: Comisión Legislativa

 

La Resolución 355-PCM-06, con las modificaciones introducidas, fue aprobada en la sesión del día 9 de noviembre de 2006, según consta en el Acta Nº 869/06. Por ello, en ejercicio de las atribuciones que le otorga el Art. 17 de la Carta Orgánica Municipal,

 

 

EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN CARLOS DE BARILOCHE

SANCIONA CON CARÁCTER DE

 

RESOLUCIÓN

 

Art.  1°)

            Aprobar el Convenio firmado con fecha 24/10/06 (Acta Nº 151/06 - Comisión Legislativa), entre el Concejo Municipal de San Carlos de Bariloche y el Centro de Rehabilitación Integral Patagónico (CRIP) la traducción al sistema Braille de todo tipo de documentación legislativa y/o administrativa existente en los archivos del Concejo, que sea de interés o incumbencia de personas con discapacidad visual y la adaptación al sistema Braille de la señalética de las plantas del edificio del Concejo Deliberante, a fines de facilitar la accesibilidad a la institución a todas aquellas personas disminuidas visualmente.

 

Art.  2°)

Agregar como Anexo I el Convenio de marras.

 

Art.  3°)

Notificar al Centro Integral de Rehabilitación Patagónico (CRIP).

 

Art.  4°)

Comuníquese. Dése a publicidad. Tómese razón. Cumplido, archívese.