RESOLUCIÓN N.º 496-CM-16

 

 

DESCRIPCIÓN SINTÉTICA: LLAMADO AUDIENCIA PÚBLICA PROYECTO 286/16: SE APRUEBA PRESUPUESTO MUNICIPAL AÑO 2017

 

 

ANTECEDENTES

 

Carta Orgánica Municipal, artículo 29, inciso 2.

 

Carta Orgánica Municipal, artículo 111, Capítulo III.

 

Ordenanza 1744-CM-07 de audiencias públicas.

 

Proyecto de ordenanza 286/16: Se aprueba Presupuesto Municipal año 2017.

 

Resolución 339-PCM-16 del 9 de noviembre de 2016, firmada por el Presidente del Concejo Municipal, Diego Benítez.

 

 

FUNDAMENTOS

 

El Presupuesto Municipal resulta de particular interés, puesto que representa la traducción en términos financieros del perfil de gobierno para la ejecución de acciones durante el próximo período. Esta temática interesa a la ciudadanía en general, además de los miembros del Concejo Municipal y Tribunal de Contralor.

 

En el Presupuesto de la Administración Pública Municipal para el Ejercicio 2017 presentado, se estiman los gastos corrientes, de capital y deuda pública para la administración municipal para el ejercicio 2017 en pesos un mil quinientos cincuenta y nueve millones quinientos cuarenta y seis mil quinientos ochenta y nueve con (28/100) centavos ($1.559.546.589,28). Asimismo, el cálculo de recursos para afrontar dichos gastos asciende a pesos un mil quinientos cincuenta y nueve millones quinientos cuarenta y seis mil quinientos ochenta y nueve con (28/100) centavos ($1.559.546.589,28).

 

En la Carta Orgánica Municipal se establecen los mecanismos para garantizar la participación ciudadana, como la audiencia pública. La trascendencia de esta herramienta se vincula necesariamente a subrayar los canales de comunicación entre la sociedad y las acciones de gobierno. Por ello, se fija en horario de la tarde a los fines de fomentar la participación de los vecinos.

 

AUTOR: Presidente del Concejo Municipal, Diego Benítez.

 

 

La Resolución 339-PCM-16, con las modificaciones introducidas, fue aprobada en la sesión del día 17 de noviembre de 2016, según consta en el Acta N.º 1065/16. Por ello, en ejercicio de las atribuciones que le otorga el Art. 38 de la Carta Orgánica Municipal,

 

 

EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN CARLOS DE BARILOCHE

SANCIONA CON CARÁCTER DE

 

RESOLUCIÓN

 

 

Art. 1°)

Se convoca a audiencia pública para el tratamiento del proyecto de ordenanza 286/16 caratulado: “Se aprueba Presupuesto Municipal año 2017”, en trámite legislativo ante el Concejo Municipal de San Carlos de Bariloche, para el 5 de diciembre de 2016 a las 17:00 h en la sala de sesiones del Concejo Municipal de San Carlos de Bariloche, sita en Centro Cívico de esta ciudad; siendo la autoridad convocante la comisión de Economía, Hacienda, Finanzas y Desarrollo Económico del Concejo Municipal de la ciudad de San Carlos de Bariloche.

 

Art. 2°)

Se informa a la comunidad que en cumplimento de la ordenanza 1744-CM-07 se encuentra a disposición el proyecto de ordenanza 286/16 caratulado: “Se aprueba Presupuesto Municipal año 2017”, para la extracción de copias a cargo de los interesados, en la Dirección de Comunicación Institucional y Protocolo del Concejo Municipal, sita en calle Mai 80 de esta ciudad. Asimismo, la versión digital podrá ser copiada a CD o pen drive de propiedad del solicitante y también estará a disposición en la página del Concejo Municipal, www.concejobariloche.gov.ar.

 

Art. 3°)

Se habilita en el ámbito de Mesa de Entrada del Concejo Municipal, sita en calle Mai 80 de esta ciudad, el registro de participantes para la inscripción, a los efectos de que los interesados: (1) formulen su inscripción y acompañen en su caso, la documentación de la que pretendan valerse hasta el 2 de diciembre de 2016 hasta las 15:00 h; y (2) formulen intervenciones posteriores a la audiencia hasta el día 7 de diciembre de 2016 hasta las 15:00 h.

 

Art. 4°)

NORMAS DE FUNCIONAMIENTO:

a) La audiencia pública será presidida por el Sr. presidente de la comisión de Economía, Hacienda, Finanzas y Desarrollo Económico del Concejo Municipal, concejal Andrés Martínez Infante, quien podrá requerir al momento de su celebración la colaboración de mediadores, facilitadores y/o moderadores.

Primera Parte.

b) Iniciada la audiencia se hará una pormenorizada presentación del proyecto en trámite por parte de los autores.

c) La autoridad convocante expondrá de manera precisa los tópicos legislativos y jurídicos sobre los que versa la convocatoria.

Segunda Parte.

d) Se cederá la palabra a los inscriptos en el registro de participantes en el orden que resultare de su número de inscripción. Cada participante contará con un plazo máximo de cinco (5) minutos para su exposición pública.

e) La documentación y prueba de la cual pretendan valerse los expositores estarán a disposición de las partes en la sede de la audiencia.

f) Por resolución fundada previa, quien preside la audiencia podrá prolongar el plazo de exposición hasta un máximo de diez (10) minutos.

g) Las exposiciones estarán siempre dirigidas a quien preside la audiencia.

h) Sólo se le podrán realizar preguntas a quienes estén inscriptos en carácter de parte, los que deberán responderlas con similar mecánica a la de las exposiciones una vez que quien presida ceda la palabra.

Tercera Parte.

Durante la audiencia se cumplirá con los siguientes resguardos:

a) Lectura de las normas jurídicas aplicables a la audiencia pública.

b) Lectura de orden del día.

c) Lectura parte resolutiva del proyecto a tratarse.

d) Transcripción tipográfica y grabación de la audiencia.

 

Art. 5°)

Se notifica formalmente al Departamento Ejecutivo a los fines de que designe al responsable o responsables de la presentación y explicación del proyecto en la audiencia.

 

Art. 6°)

Se instruye a la Dirección de Comunicación Institucional a dar publicidad a la presente y a la audiencia pública que en consecuencia se desarrolla en los términos y cumpliendo las previsiones de los artículos 6.°, 7.° concordantes y siguientes de la ordenanza 1744-CM-07.

 

Art. 7°)

Comuníquese. Dése a publicidad. Cumplido, archívese.