RESOLUCION Nº 382-PCM-2012
DESCRIPCION SINTETICA: PAGO FACTURA A LA FIRMA “ACUARELA S.R.L.-”
ANTECEDENTES
Nota Nº 291-SL-12 de fecha 04/07/2012 Secretaria Legislativa a/c. Dra. Josefina González Elizondo.-
Se solicitaron presupuestos a las firmas Acuarela S.R.L., Pinturería Quimtex Express y Pinturería Colores.-
La factura presentadas por la firma “ACUARELA S.R.L.”, Nº 0001-00001471, por lo que se debe proceder a cancelar la deuda contraída.
FUNDAMENTOS
De los presupuestos presentados, la firma Acuarela S.R.L. fue el más conveniente
El comprobante presentado por la firma “ACUARELA S.R.L”, se debe a la compra de cetol, pincel, rodillo y latex blanco, para donación a la Junta Vecinal Barrio San Francisco 3º destinado para el embellecimiento de la plaza, donde será inaugurado el destacamento policial.-
Se debe proceder a realizar la orden de pago correspondiente.
Existe disponibilidad de fondos en la partida presupuestaria 10.1.00.00.6.1.3.0.01.01.14 (Cortesía y Homenaje).-
En virtud de las atribuciones otorgadas por el Art. 8º) inciso "f" del texto ordenado (Resolución 143-CM-95) del Reglamento Interno del Concejo Municipal.
LA PRESIDENTA DEL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN CARLOS DE BARILOCHE
RESUELVE
Art.1º) Autorizar al Departamento Despacho y Administración del Concejo Municipal a extender la siguiente orden de pago a favor de:
“ACUARELA S.R.L.”, factura Nº 0010-00003546 de fecha 05/12/12, por un importe de doscientos treinta y dos con noventa y seis centavos…………………………………………………………………........... $ 232, 96.-
Extender el cheque a nombre de José A. Nostroza chofer del Concejo Municipal.
El comprobante presentado se debe a la compra de cetol, pincel, rodillo y latex blanco, para donación a la Junta Vecinal Barrio San Francisco 3º destinado para el embellecimiento de la plaza, donde será inaugurado el destacamento policial.-
Art.2º) Aféctese a la Partida Presupuestaria 10.1.00.00.6.1.3.0.01.01.14 (Cortesía y Homenaje).-
Art.3º) Comuníquese. Publíquese. Cumplido, archívese.
San Carlos de Bariloche, 07 de Diciembre de 2012.
MEM/JGE/CMF.