RESOLUCION Nº 373-PCM-2012

 

DESCRIPCION SINTETICA:   PAGO FACTURA A LA FIRMA “DISTRIBUIDORA OLIVOS S.R.L.-”

                                                  

ANTECEDENTES

 

                Se solicitaron presupuestos a las firmas Distribuidora Olivos, Técnica Rivero y Omega.-

 

           La factura presentadas por la firma “DISTRIBUIDORA OLIVOS S.R.L.”, Nº 0051-00010503, por lo que se debe proceder a cancelar la deuda contraída.

 

FUNDAMENTOS

 

De los presupuestos presentados, la firma Distribuidora Olivos S.R.L. fue el más conveniente

 

El comprobante presentado por la firma “DISTRIBUIDORA OLIVOS S.R.L.”, se debe a la compra de artículos de librería y 04 (cuatro) cajas resmas papel A4 y 04 (cuatro) cajas resmas oficio, para las distintas oficinas y fotocopiadora del Concejo Municipal.-

 

Se debe proceder a realizar la orden de pago correspondiente.

 

Existe disponibilidad de fondos en la partida presupuestaria 10.1.00.00.6.1.2.0.01.01.03 (Papelería y Útiles de Oficina) 10.1.00.00.6.1.2.0.01.01.11 (Otros Consumos sin Clasificar).-

 

En virtud de las atribuciones otorgadas por el Art. 8º) inciso "f" del texto ordenado (Resolución 143-CM-95) del Reglamento Interno del Concejo Municipal.

 

LA PRESIDENTA DEL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN CARLOS DE BARILOCHE

 

RESUELVE

 

Art.1º)        Autorizar al Departamento Despacho y Administración del Concejo Municipal a extender la siguiente orden de pago a favor de:

 

“DISTRIBUIDORA OLIVOS S.R.L..”, factura Nº 0051-00010503 de fecha 29/10/12, por un importe de pesos tres mil seiscientos ochenta y siete con quince centavos………………....………..……………………................................... $ 3.687,15.-

 

El comprobante presentado se debe a la compra de artículos de librería 04 (cuatro) cajas resmas papel A4 y 03 (tres) cajas resmas oficio, para las distintas oficinas y fotocopiadora del Concejo Municipal.-

 

Art.2º)         Aféctese a la Partida Presupuestaria 10.1.00.00.6.1.2.0.01.01.03 (Papelería y   Útiles de Oficina) 10.1.00.00.6.1.2.0.01.01.11 (Otros Consumos sin Clasificar).-

 

Art.3º)     Comuníquese. Publíquese. Cumplido, archívese.

 

San Carlos de Bariloche, 04 de Diciembre de 2012.

 

MEM/JGE/CMF.