RESOLUCION Nº 194 -PCM-2010
DESCRIPCION SINTÉTICA: PROMULGACIÓN AUTOMÁTICA ORDENANZA Nº 2021- CM-10,PRORROGA VIGENCIA DE LAS ORDENANZAS 1837-CM-08 Y 1838-CM-08 OBRA PUBLICA MUNICIPAL.
ANTECEDENTES
La Ordenanza Nº 2021-CM-10, fue recibida por el Departamento Ejecutivo el 10/05/10 a las 10,30 hs.
La Carta Orgánica Municipal, Art. 40º) expresa: Las Ordenanzas que no fueran vetadas ni promulgadas dentro de los diez (10) días hábiles, quedarán promulgadas automáticamente".
FUNDAMENTOS
El proyecto original Nº 571/10, fue aprobado en la sesión del día 29 de Abril de 2010, según consta en el acta Nº 943/10. El día 26 de Mayo del año 2010, se cumplió el plazo de diez (10) días hábiles que estipula el Art. 40º de la Carta Orgánica Municipal para la promulgación de la presente Ordenanza.
En razón de no haber cumplido el Departamento Ejecutivo con la obligación de promulgación de la Ordenanza Nº 2021-CM-10, establecida en el artículo cuadragésimo (40º) de la Carta Orgánica Municipal, la misma queda automáticamente promulgada con fecha 28 de Mayo del corriente año, según lo establecido en el mismo artículo.
Corresponde que la Presidencia del Concejo Municipal deje constancia expresa de este hecho, en uso de las atribuciones que le otorga el artículo 25º del Reglamento Interno del Concejo Municipal de San Carlos de Bariloche.
EL PRESIDENTE DEL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN CARLOS DE BARILOCHE
RESUELVE
Art. 1º) Infórmese la promulgación automática de la Ordenanza Nº 2021 - CM - 10 con fecha 28 de Mayo de 2010, según lo establecido en el artículo 40º de la Carta Orgánica Municipal.
Art. 2º) Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Publíquese, Cumplido, Archívese.
San Carlos de Bariloche, 28 de Mayo de 2010.
ADB/LMT/ndf.
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