RESOLUCIÓN N° 257-PCM-2008
DESCRIPCION SINTETICA: RENOVACIÓN CONTRATO ASISTENCIA TECNICA-INGENIERO GUSTAVO SERGIO ORTIZ URIBURU INFORMATICA DIGESTO MUNICIPAL.
ANTECEDENTES
Resolución Nº 292-CM-2005.-
Actas Comisión Legislativa Nº 171/07de fecha 15/03/2007, y Nº 190/07 de fecha 25/07/2007.-
Resolución Nº 077-PCM-2007, Resolución Nº 189-PCM-2007 y Resolución 350-PCM-2008.-
Acta Comisión Legislativa Nº 43/08 de fecha 25/07/2008.-
Nota Nº 512 de fecha 29/07/08 Secretario Legislativo.-
FUNDAMENTOS
El Concejo Municipal dará continuidad a la contratación de los servicios de un Profesional informático, para el asesoramiento técnico específico en la tarea formulada en el ámbito del Departamento de Digesto e Informática Legislativa. A tales fines se encomendará al profesional:
-la puesta a punto y perfeccionamiento del desarrollo realizado en la etapa anterior consistente en un programa de tesauro léxico, conteniendo un Diccionario de Hipernónimos con las páginas correspondientes a buscador semántico e interpretación de singular/plural;
-implementación de un sistema de avisos al público en general de la normativa, según tema de interés, emanada del Departamento de Digesto e Informática Legislativa del Concejo Municipal;
-agregar al actual sistema de Base de Datos del Digesto, ya desarrollados de acuerdo a las Resoluciones Nº 077-PCM-2007, Nº 189-PCM-2007 y Nº 350-PCM-2007, herramientas para la administración y visualización que serán utilizadas por personal del Concejo Municipal y solicitadas por el Departamento de Informática Legislativa;
-habilitación de un registro de ordenanzas de los campos Beneficiarios y Tierras para su posterior carga e integración a la base de datos de información;
-continuar desarrollando herramientas de software o tecnologías web totalmente libres y porpias, cuyo soporte, mantenimiento y adaptación puede ser realizado por personal del Concejo Municipal correctamente capacitado, mas allá del tiempo transcurrido.
Las partes dejan constancia que la enumeración indicada en la norma antes mencionada es enunciativa y que los servicios contratados conllevan inherente, todas las diligencias, asesoramientos y cuanta práctica sea necesaria para el correcto y debido cumplimiento de su objeto.-
Por nota de fecha 25 de Julio de 2008, el área de Digesto e Informática Legislativa del Concejo Municipal, informa que se concluyó con el desarrollo de la tercera etapa de trabajo referido a la inclusión del soft-libre desarrollado de un programa de Tesauro Léxico, conteniendo un Diccionario de Hipernónimos con las páginas correspondientes a Buscador Semántico e Interpretación de sin gular/plural, debiendo iniciarse a partir del 01 de agosto, la puesta a punto del Tesauro Léxico como herramienta innovadora y avanzar en la presentación de herramientas que potencien la comunicación entre los usuarios y la Base de Datos de Digesto tanto a nivel interno como externo.
En reunión de Comisión Legislativa de fecha 25 de Julio de 2008, Acta Nº 43/08 se analizó el tema, y se acordó la renovación del contrato del Ing. Gustavo Ortiz Uriburu.
En virtud de las atribuciones que le otorga el artículo Nº 8 inciso y) del Reglamento Interno del Concejo Municipal, según texto ordenado por Resolución Nº 143-CM-95.-
EL PRESIDENTE DEL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN CARLOS DE BARILOCHE
RESUELVE
Art. 1°) |
RENOVAR: el Contrato de Locación (Anexo I) del Asesor Técnico, Ingeniero Gustavo Sergio Ortiz Uriburu, D.N.I.23.180.412, desde el 01 de Agosto de 2008 hasta el 31 de Diciembre de 2008 inclusive. |
Art. 2°) |
El monto total a abonar al profesional será de $ 1.550.- (un mil quinientos cincuenta pesos) mensuales, a imputarse en la Partida 08.1.00.00.6.1.2.2.10 (Estudios, Investigación y Asistencia Técnica).- |
Art. 3°) |
Comunicar a la Dirección de Contaduría a los efectos de librar los actos administrativos correspondientes.
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Art. 4°) |
La presente Resolución se aprueba ad-referéndum de la próxima sesión ordinaria del Concejo Municipal.- |
Art. 5°) |
Comuníquese. Publíquese. Tómese razón. Cumplido, archívese.
San Carlos de Bariloche, 20 de Agosto de 2008.-
DAB/LMT/cmF. |
ANEXO I
CONTRATO DE LOCACION DE SERVICIOS PROFESIONALES
Entre el CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE SAN CARLOS DE BARILOCHE, representado en éste acto por el Presidente del Cuerpo Sr. ANGEL DARIO BARRIA, DNI 22.118.184 con domicilio en Mai 80 de la ciudad de San Carlos de Bariloche, por una de las partes, en adelante EL CONCEJO MUNICIPAL; y por la otra el Ing.. GUSTAVO SERGO ORTIZ URIBURU, Documento tipo D.N.I. Nº 23.180.412 de especialidad Ingeniero en desarrollo de sistemas, con domicilio en Salta 369 de ésta ciudad de Bariloche, en adelante EL PROFESIONAL; convienen en celebrar el presente contrato de LOCACION DE SERVICIOS PROFESIONALES, para que el PROFESIONAL brinde asesoramiento técnico informático al Concejo Municipal, para la formulación del Digesto Municipal, bajo los términos y condiciones expuestos en el presente. PRIMERA.- ANTECEDENTES: LAS PARTES DECLARAN EXPRESAMENTE que constituye de antecedente de este contrato: 1) la Resolución Nº 292-CM-04 (Implementación del Digesto Municipal)- del Concejo Municipal, 2) Las Resolución Nº 077-PCM-2007, 189-PCM-07 y 350-PCM-07 3) Las Actas de Reunión de Comisión Legislativa Nº 171 del 15 de Marzo de 2007, Nº 190/07 de fecha 25/07/2007, Nº 213 /07 de fecha 14/11/2007 y Nº 043/08 de fecha 25/07/2008 . SEGUNDA: OBJETO: EL CONCEJO MUNICIPAL contrata los servicios del PROFESIONAL, para su asesoramiento técnico informático en la tarea formulada en el ámbito de la Comisión Especial de Formulación del Digesto Municipal. A tales fines se encomienda al PROFESIONAL y este así lo acepta a) La disposición horaria encomendada por el jefe de Departamento Digesto e Informática Legislativa del Concejo Municipal- b) la asistencia a las reuniones en las que el Concejo Municipal lo convoque tanto en el ámbito de la ciudad de San Carlos de Bariloche, como en cualquier otra localidad, reconociéndose en este último supuesto los viáticos y gastos propios de ese traslado.- c) la realización de todos los estudios y prácticas que estime necesarias para el asesoramiento técnico que por el presente se le encomienda y en general todas aquellas acciones y diligencias que en buena práctica profesional fundamenten y permitan el asesoramiento técnico integral que el Concejo Municipal le contrata. d) la puesta a punto y perfeccionamiento del desarrollo realizado en la etapa anterior consistente en un programa de Tesauro Léxico, implementación de un sistema de avisos al público en general de la normativa según tema de interés; agregar al actual sistema de Base de Datos del Digesto herramientas para la administración y visualización; habilitación al registro de ordenanzas de los campos Beneficiarios y Tierras para su posterior carga e integración a la base de datos de información e) continuar desarrollando herramientas de software o tecnologías web totalmente libres y propias, cuyo soporte, mantenimiento y adaptación pueda ser realizado .por personal del Concejo Municipal correctamente capacitado, más allá del tiempo transcurrido. TERCERA PLAN DE TRABAJO: A los fines de facilitar la implementación del presente contrato, el PROFESIONAL deberá ajustar su trabajo al cronograma que estipule el Departamento Digesto e Informática Legislativa.- CUARTA: VIGENCIA: El presente contrato tendrá una vigencia de cinco meses, a partir del día 01 de Agosto de 2008, operando su vencimiento de pleno derecho en fecha 31 de Diciembre del año 2008.- No obstante ello se conviene expresamente la facultad recíproca de resolver el presente contrato, sin que ello genere derecho indemnizatorio alguno a favor de la otra parte y con la sola obligación de preavisar esta decisión, con diez días corridos de antelación.- En todos los casos, tanto ante el vencimiento del contrato como ante el supuesto, que la decisión resolutoria, hubiera sido tomada por el PROFESIONAL, se conviene expresamente la obligación del mismo, de entregar al CONCEJO MUNICIPAL toda la carpeta de trabajo, documentación, estudios y conclusiones arribadas hasta ese momento, como consecuencia de la ejecución del presente, en el plazo de diez días de antelación a su conclusión. En caso de resolución del contrato sin invocación de causa por el Concejo Municipal, el PROFESIONAL tendrá derecho a percibir el total del monto del contrato. Queda prohibido al CONCEJO MUNICIPAL la venta, prestamos de uso, reproducción y/o cualquier otro título que signifique transferencia de los elementos informados para la creación o continuación del software desarrollado por el PROFESIONAL sin el consentimiento previo del mismo. QUINTA.- HONORARIOS: Las partes acuerdan que EL CONCEJO abonará al PROFESIONAL una suma mensual de PESOS UN MIL QUINIENTOS CINCUENTA($ 1.550.-).- EL PROFESIONAL emitirá el recibo oficial pertinente.- Será por exclusiva cuenta y cargo de EL PROFESIONAL todo aporte previsional o arancelario o impositivo, que éste deba abonar como consecuencia del honorario que perciba.- SEXTA.- INFORMACIÓN: EL PROFESIONAL se compromete a manejar con lealtad y reserva toda la información a la que acceda, y mantener al CONCEJO MUNICIPAL en un constante e inmediato conocimiento de todas y cada una de sus conclusiones.- SEPTIMA: DOMICILIOS: Las partes constituyen sus domicilios en los enunciados en el encabezamiento del presente, en los que se tendrán por válidas, todas las notificaciones extrajudiciales y judiciales que se cursen.- EN PRUEBA DE CONFORMIDAD, SE FIRMAN DOS EJEMPLARES DE UN MISMO TENOR Y A UN MISMO EFECTO, Y CADA PARTE RECIBE EL SUYO, EN LA CIUDAD DE SAN CARLOS DE BARILOCHE, A LOS 20 DIAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO 2008-