DESCRIPCIÓN SINTÉTICA: SE DECLARA DE INTERES MUNICIPAL EL CONGRESO INTERDISCIPLINARIO “INFANCIAS SIN REHENES”
ANTECEDENTES
Carta Orgánica Municipal
Ordenanza 2071-CM-10: Jerarquización de las declaraciones de interés del Concejo Municipal. Reglamentación.
FUNDAMENTOS
El próximo 2 de mayo del corriente, se llevará a cabo en nuestra ciudad el Congreso Interdisciplinario “Infancias sin Rehenes”, en modalidad presencial y virtual, con acceso libre y gratuito.
El Congreso constituye un espacio interdisciplinario de concientización, capacitación y prevención sobre el daño emocional infantil producido en contextos de alta conflictividad familiar, violencia, manipulación vincular y fallas institucionales, situaciones que afectan profundamente el desarrollo emocional, la identidad y los vínculos de niños, niñas y adolescentes.
La propuesta reúne a profesionales de la psicología, el derecho, la educación, la salud mental y el trabajo social, promoviendo un abordaje integral orientado a la prevención, la reparación del daño vincular, la revinculación saludable y la construcción de redes de intervención.
Asimismo, el evento incorpora intervenciones artísticas y culturales como herramientas simbólicas de reflexión y reparación, fortaleciendo una mirada comunitaria y humanizada de la problemática.
La realización de este Congreso contribuye al posicionamiento de la ciudad como espacio comprometido con la protección integral de la infancia, la formación profesional continua y la construcción de políticas públicas con perspectiva interdisciplinaria.
Por todo lo expuesto se solicita el acompañamiento a la presente.
AUTOR: Presidente del Concejo Municipal, Gerardo Del Río.
COLABORADORES: María José Bianchi.
En virtud de las atribuciones otorgadas por el art.09.º) inciso “y” del texto ordenando (RESOLUCIÓN N.º 462-CM-15) del reglamento interno del Concejo Municipal
EL PRESIDENTE DEL CONCEJO MUNICIPAL
DE SAN CARLOS DE BARILOCHE
RESUELVE
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Art. 1°) |
Se declara de interés municipal el Congreso Interdisciplinario “Infancias sin Rehenes”, que se llevará a cabo el próximo 2 de mayo en nuestra ciudad. |
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Art. 2°) |
La presente declaración no implica la obligatoriedad de efectuar erogaciones por parte de la Administración Municipal. |
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Art. 3°) |
La presente resolución se aprueba ad referéndum en la próxima sesión ordinaria del Concejo Municipal. |
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Art. 4°) |
Comuníquese. Dése a publicidad. Cumplido, archívese. |
San Carlos de Bariloche, 05 de marzo de 2026
GRDR/GP/sag
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