DESCRIPCIÓN SINTÉTICA: SE CONTRATA ADMINISTRATIVA DEL ÁREA DE DESPACHO Y ADMINISTRACIÓN SRTA FABIANA ANDREA SALTO

ANTECEDENTES

Ordenanza 137-CM-88: Estatuto de Obreros y Empleados Municipales de la Municipalidad de San Carlos de Bariloche.

Resolución 462-CM-15: Reglamento Interno del Departamento Deliberante y sus modificatorias.

Resolución 697-CM-23: Se establece organigrama Concejo Municipal. Manuel de misiones y funciones. Abroga resoluciones 618-CM-19, 644-CM-21 y 692-CM-23.

Resolución 190-PCM-2025.

FUNDAMENTOS

Por resolución 697-CM-23 se define el puesto de Administrativo/a de Despacho y Administración del Concejo Municipal.

Por resolución 190-PCM-2025 se autoriza la licencia sin goce de haberes de la agente Sol Alejandra Garcia legajo 15051 quien se desempeña en el puesto de administrativa del Departamento de Despacho y Administración. En función de ello, se requiere la contratación de Fabiana Andrea Salto, quien asumirá las mismas funciones que la agente antes mencionada, desde el 19 de mayo de 2025 hasta el 26 de septiembre de 2025.

Existe disponibilidad de fondos en la partida presupuestaria 2.12.0001.22.177.1.1.01.12 (Gastos de personal. Personal planta contratada).

En virtud de las atribuciones otorgadas por el art. 09.º) inciso "g" del texto ordenado (RESOLUCIÓN N.º 462-CM-15) del reglamento interno del Concejo Municipal.

EL PRESIDENTE DEL CONCEJO MUNICIPAL DE

SAN CARLOS DE BARILOCHE

RESUELVE

Art. 1.º) Se contrata desde el 19/05/2025 hasta el 26/09/2025 inclusive a la Srta Fabiana Andrea Salto DNI 22.487.697 con categoría 12 para desempeñarse como administrativa en el Área de Despacho y Administración con una carga horaria de 7 horas diarias y/o 35 horas semanales.

Art. 2.º) Se comunica al Departamento de Sueldos, al Departamento de Personal a efectos de proceder a la liquidación de haberes correspondientes.

Art. 3.º) Se afecta la partida presupuestaria 2.12.0001.22.177.1.1.01.12 (Gastos de personal. Personal planta contratada).

Art. 4.º) Comuníquese. Dese a publicidad. Cumplido, archívese.

San Carlos de Bariloche, 19 de mayo de 2025

GRDR/GBN/sag

 

MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SAN CARLOS DE BARILOCHE

PROVINCIA DE RIO NEGRO

Entre el Concejo Municipal de la Municipalidad de San Carlos de Bariloche, representada en este acto por la Sr. GERARDO RAÚL DEL RÍO DNI 18.864.016 en lo sucesivo “EL CONCEJO”, con domicilio real y legal a los efectos de este instrumento en la calle Paseo de la Ciencia Dr. Balseiro 80, de la ciudad de San Carlos de Bariloche, provincia de Río Negro y por otro la Srta. FABIANA ANDREA SALTO DNI 22.487.697 con domicilio real y legal a los efectos de este instrumento en la calle Jauretche 5216 Barrio Parque el Faldeo de la ciudad de San Carlos de Bariloche, provincia de Río Negro, denominado “ LA CONTRATADA” se conviene en celebrar el presente contrato de trabajo transitorio, a plazo, en los términos del art. 2.° inc. c) de la ordenanza 137-CM-88 que se regirá conforme a las cláusulas que a continuación se detallan

PRIMERA: EL CONCEJO, contrata los servicios de LA CONTRATADA de acuerdo a lo previsto por el art. 2.° inc. c) de la ordenanza 137-CM-88 en atención a las necesidades de servicio expuestas en la resolución 244-PCM-2025, o habiendo cesado las mismas.------------------------------------------------------------

SEGUNDA: La vigencia del presente contrato se extenderá desde el 19 de mayo de 2025 al 26 de septiembre de 2025 inclusive; para cumplir funciones de administrativa del área de Despacho y Administración dependiente de la Secretaria Legislativa del Concejo Municipal. LA CONTRATADA reconoce expresamente al tiempo de la firma del presente contrato, haber sido informada y prestar plena conformidad con la contratación transitoria y temporaria que conlleva el presente; y puntualmente respecto de la circunstancia de no pertenecer a la planta permanente del personal municipal.------------------------------

TERCERA: El CONCEJO, contrata los servicios de LA CONTRATADA para realizar los trabajos especificados en la cláusula anterior; obligándose a prestarlos con eficacia, buena conducta y dentro del horario que EL CONCEJO le indique el que será aceptado de conformidad.----------------------------------------

CUARTA: El CONCEJO abonará a LA CONTRATADA una remuneración mensual equivalente a la categoría 12 del escalafón Municipal; monto que se incrementará en la misma proporción y oportunidad que los sueldos de los empleados municipales--------------------------------------------------------------------------------

QUINTA: LA CONTRATADA percibirá además las asignaciones correspondientes a SAC, subsidio familiar y toda otra compensación; inclusive las asignaciones y otros beneficios que se otorguen con el carácter general a los agentes de la administración----------------------------------------------------------------------

SEXTA: LA CONTRATADA queda sometida a los métodos de trabajo y normas que establezca EL CONCEJO; comprometiéndose a su fiel cumplimiento. No tendrá derecho a estabilidad, no obstante serle de aplicación las disposiciones legales que correspondan a los deberes, obligaciones que debe observar en su condición de agente municipal y regímenes disciplinarios de acuerdo a la ordenanza 137-CM-88, estatuto de obreros y empleados municipales de San Carlos de Bariloche.--------------------------------------------------------

SÉPTIMA: La retribución de LA CONTRATADA estará sujeta a los descuentos jubilatorios establecidos por la ley 24241 y sus modificatorias; a cargas sociales establecidas por la ley 868 del IPROSS.-----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------

OCTAVA: El incumplimiento por parte de LA CONTRATADA de sus obligaciones, dará derecho a EL CONCEJO de rescindir el presente contrato sin necesidad de intimación previa alguna y sin derecho a resarcimiento---------------------------------------------------------------------------------------------------------------

NOVENA: El presente contrato, es celebrado en los términos del art. 2.° inc. c) de la ordenanza 137-CM-88, POR TIEMPO DETERMINADO por el término de 131 días a partir del 19/05/2025, operando en consecuencia el vencimiento el 26/09/2025 fecha a partir de la cual quedar extinguida la relación contractual de hecho y pleno derecho; quedando aclarado que en el caso de que las necesidades lo requieran se deberá notificar a LA CONTRATADA por escrito de la continuidad en el empleo.-------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------

DÉCIMA: LA CONTRATADA queda expreso y debidamente preavisado de la terminación de este contrato, en la fecha antes indicada, dando con ello estricto cumplimiento a las disposiciones vigentes.----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------

DÉCIMO PRIMERA: A todos los fines legales, las partes constituyen sus respectivos domicilio en los lugares indicados precedentemente, lugares donde serán válidas las notificaciones que se cursen. Asimismo, acuerdan someter todas las controversias que se susciten al ámbito de la IIIra. Circunscripción Judicial de la provincial de Río Negro, renunciando a cualquier otro fuero posible.------------------------------------------------

En prueba de conformidad se firman, TRES ejemplares de un mismo tenor y a un sólo efecto a los 19 días del mes de mayo de 2025

Fabiana Andrea Salto

DNI 22.487.697