DESCRIPCIÓN SINTÉTICA: SE CONVOCA INSCRIPCIÓN REGISTRO POSTULANTES PARA CUBRIR EL CARGO DE DEFENSOR/A DEL PUEBLO SAN CARLOS DE BARILOCHE. SE CONVOCA AUDIENCIA PÚBLICA
ANTECEDENTES
Carta Orgánica Municipal.
Ordenanza 1749-CM-07: Creación de la Defensoría del Pueblo de la ciudad de San
Carlos de Bariloche.
Acta 37/25 de Comisión Legislativa de fecha 12 de febrero de 2025.
FUNDAMENTOS
La ordenanza 1749-CM-07 crea la Defensoría del Pueblo de San Carlos de Bariloche con el objeto de la defensa, protección y promoción de los derechos humanos y demás derechos, garantías e intereses individuales, colectivos y difusos tutelados en la Constitución Nacional, la Constitución de la Provincia de Río Negro, las ordenanzas y la Carta Orgánica Municipal de San Carlos de Bariloche, frente a los actos, hechos u omisiones de la Administración Pública Municipal, y de prestadores de servicios públicos bajo la jurisdicción municipal.
En su artículo 4° establece que las funciones del Defensor del Pueblo tienen una duración de cuatro años. Considerando que el mandato de quien está a cargo de la Defensoría del Pueblo finaliza el 4 de junio de 2025, es conveniente iniciar el proceso de convocatoria para postulantes a cubrir dicho cargo. Este proceso requiere articular los mecanismos necesarios para cumplir con la normativa vigente. En tal sentido se dispone la apertura de un registro de postulantes a los fines de que las personas interesadas se inscriban a través de un formulario de inscripción modelo y acompañen esta inscripción con antecedentes curriculares que estimen correspondientes, dado que según lo dispone el artículo 3° de la ordenanza 1749-CM-07, el Defensor o Defensora del Pueblo se designa en función de sus antecedentes, méritos y calidades morales y ciudadana.
AUTOR: Presidente del Concejo Municipal, Gerardo Del Río.
En virtud de las atribuciones otorgadas por el art.09.º) inciso “y” del texto ordenando (RESOLUCIÓN N.º 462-CM-15) del reglamento interno del Concejo Municipal.
EL PRESIDENTE DEL CONCEJO MUNICIPAL
DE SAN CARLOS DE BARILOCHE
RESUELVE
Art. 1°) |
Se convoca a la ciudadanía interesada en cubrir el cargo de Defensor del Pueblo de San Carlos de Bariloche, a inscribirse en el registro de postulantes para Defensor o Defensora del Pueblo, a través del formulario de inscripción que, como anexo I, se aprueba y se acompaña a la presente. |
Art. 2°) |
Se informa que el registro de postulantes permanecerá abierto desde las 08:00h del 18 de febrero de 2025 hasta las 15:00h del 19 de marzo de 2025, inclusive. |
Art. 3°) |
Se informa que los postulantes deberán cumplir con los requisitos y prescripciones que prevé el artículo 6.° de la ordenanza 1749-CM-07 y los artículos 26°, 33°, 35° y 36° de la Carta Orgánica Municipal. |
Art. 4°) |
Se habilita el registro de postulantes para Defensor o Defensora del Pueblo de San Carlos de Bariloche, en el ámbito de Mesa de Entrada Virtual del Concejo Municipal, acceso disponible a través de: www.concejobariloche.gov.ar, que se efectuará según formulario adjunto, anexo I, a los efectos de que los interesados formulen su inscripción y acompañen la documentación requerida obligatoriamente incluyendo antecedentes curriculares y/o profesionales de manera digital. |
Art. 5°) |
Se convoca a audiencia pública, en virtud de la ordenanza 1749-CM-07, para el 4 de abril de 2025, a las 18h en la Sala de Sesiones del Concejo Municipal de San Carlos de Bariloche, sita en Centro Cívico, calle Balseiro 80 siendo la autoridad convocante el Concejo Municipal de San Carlos de Bariloche. |
Art. 6°) |
Se informa que durante los días 7 y 8 de abril de 2025, por el término de dos (2) días hábiles, se podrán realizar por escrito impugnaciones, oposiciones u objeciones en relación a los postulantes, a cuyo efecto se habilita la Mesa de Entrada Virtual del Concejo Municipal de San Carlos de Bariloche, en horario de 09:00 a 15:00 horas. Cumplido el plazo anterior, y en el caso de existir impugnaciones, se debe notificar de tal circunstancia a todo candidato o candidata objeto de la misma dentro de un (1) día hábil, otorgándosele al impugnado un plazo de dos (2) días hábiles a los fines de que efectúe las consideraciones que estime pertinentes. Las impugnaciones, oposiciones u objeciones serán tratadas y resueltas por la Comisión Legislativa del Concejo Municipal de San Carlos de Bariloche. |
Art. 7°) |
Se informa a la comunidad, en cumplimento del artículo 7º, incisos d) y e) de la ordenanza 1744-CM-07, que la audiencia convocada tiene por objeto la presentación y exposición de los postulantes inscriptos para cubrir el cargo de Defensor o Defensora del Pueblo de la ciudad de San Carlos de Bariloche, y que el contenido de los currículos y documentación anexa de los postulantes puede ser solicitado en el correo electrónico oficial de la Subsecretaría de Comunicación Institucional del Concejo Municipal (prensaconcejobariloche@gmail.com). |
Art.8°) |
Se informa que el orden de inscripción de postulantes otorgará el orden de intervención en la audiencia pública. En el caso que se pretenda utilizar material audiovisual para acompañar la exposición, el mismo debe ser presentado ante la Subsecretaría de Comunicación Institucional del Concejo Municipal, hasta las 13:00 h del 18 de marzo de 2025. |
Art.9°) |
Normas de funcionamiento:
La audiencia pública será presidida por el Presidente del Concejo Municipal, Gerardo Del Río, quien podrá requerir al momento de su celebración la colaboración de mediadores, facilitadores y/o moderadores. Primera parte a) La autoridad convocante expondrá de manera precisa los tópicos legislativos y jurídicos sobre los que versa la convocatoria. b) Se dará lectura a las normas jurídicas y prácticas aplicables a la audiencia pública, en forma breve y genérica.
Segunda parte c) Se cederá la palabra a los inscriptos en el registro de participantes en el orden que resultare de su número de inscripción. Cada participante contará con un plazo máximo de diez (10) minutos para su exposición pública. d) Cada postulante podrá solicitar con una antelación de 48h una extensión de cinco (5) minutos del tiempo de exposición. Deberá pedirlo a prensaconcejobariloche@gmail.com. e) Las exposiciones estarán siempre dirigidas a quien preside la audiencia. f) La documentación de la cual pretendan valerse los expositores estará a disposición en la sede de la audiencia. g) Sólo se le podrán realizar preguntas a quienes estén inscriptos, los que deberán responderlas con similar mecánica a la de las exposiciones una vez que quien presida ceda la palabra, con un plazo máximo de dos (2) minutos.
Disposiciones generales h) Transcripción tipográfica y grabación de la audiencia.
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Art.10°) |
Se instruye a la Subsecretaría de Comunicación Institucional del Concejo Municipal, a dar amplia difusión a la convocatoria y a la presente resolución, según lo establecido en la ordenanza 1749-CM-07, deberá difundir la convocatoria durante los tres (3) días previos a la apertura del registro de postulantes, en tres medios de comunicación distintos, y a difundir el registro de postulantes inscriptos |
Art. 11°) |
La presente resolución se aprueba ad referéndum de la próxima sesión ordinaria de Concejo Municipal. |
Art. 12°) |
Comuníquese. Dése a publicidad. Cumplido, archívese. |
San Carlos de Bariloche, 13 de febrero de 2025
GRDR/GBN/sag
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