DESCRIPCIÓN SINTÉTICA:SE DECLARA DE INTERÉS MUNICIPAL EL EVENTO CELEBRANDO LA HERMANDAD CULTURAL DE CHILE Y ARGENTINA

 

ANTECEDENTES

Carta Orgánica Municipal.

Ordenanza 2071-CM-10: Jerarquización de las declaraciones de interés del Concejo Municipal. Reglamentación.

Convocatoria de la Asociación Cultural Binacional Cordillera de Los Andes (Chile) a la  Agrupación Cultural Binacional en San Carlos de Bariloche.

 

FUNDAMENTOS

En diciembre de 2023, con la visita del Sr. Carlos Rubén Andrade, se acordó un intercambio cultural entre Chile y Argentina, en colaboración con la Subsecretaría de Cultura, la Escuela de Arte La Llave y el Delegado Nominal en Educación y Cultura de la Región de los Ríos.

El intercambio enriquecerá nuestra oferta cultural y permitirá a nuestros artistas locales compartir y aprender de nuevas experiencias culturales. Asimismo se reafirma el compromiso de la ciudad con el desarrollo cultural, consolidando nuestra identidad y posicionándonos como un centro cultural activo. Se establecen lazos duraderos con comunidades culturales argentinas, abriendo posibilidades para futuras colaboraciones y proyectos.

Viajaran en comisión a participar del evento, el Sr. Intendente Municipal, La Subsecretaria de Cultura, Directora de Formación Cultural, el Director de la Orquesta Municipal y los integrantes del Coro Municipal

Por todo lo expuesto, se declara de interés municipal el evento “Celebrando la Hermandad Cultural de Chile y Argentina”.

 

AUTOR: Presidente del Concejo Municipal, Gerardo Del Río.

INICIATIVA: Subsecretaria de Cultura, Diana Garrafa y Jefa  del Departamento Administrativo, Graciela Chodilef.

            En virtud de las atribuciones otorgadas por el art.09.º) inciso “y” del texto ordenando (RESOLUCIÓN N.º 462-CM-15) del reglamento interno del Concejo Municipal.

 

EL PRESIDENTE DEL CONCEJO MUNICIPAL DE

SAN CARLOS DE BARILOCHE

RESUELVE

 

Art. 1°)

Se declara de interés municipal el evento Celebrando la Hermandad Cultural de Chile y Argentina,  que se realizará del 4 al 8 de septiembre de 2024, a la ciudad de Valdivia, Chile.

 

Art. 2°)

La presente declaración no implica la obligatoriedad de efectuar erogaciones por parte de la Administración Municipal

 

Art. 3°)

La presente resolución se aprueba ad referéndum en la próxima sesión ordinaria del Concejo Municipal.

 

Art. 4°)

Comuníquese. Dese a publicidad. Cumplido, archívese.

 

San Carlos de Bariloche, 26 de agosto  de 2024.

GRDR/GBN/sag