DESCRIPCIÓN SINTÉTICA: SE ORDENA PUBLICACIÓN FE DE ERRATAS ORDENANZA
3263-CM-21.
ANTECEDENTES
Carta Orgánica Municipal
Ordenanza 3263-CM-21. “SE APRUEBA EL CONVENIO COMPRAVENTA INMUEBLE CON ALEARA NC 19-2-F-281-01 VIVIENDA COLECTIVA ALTOS DEL ESTE”
Resolución 462-CM-15 “Reglamento interno del Departamento Deliberante de San Carlos de Bariloche”.
FUNDAMENTOS
La Ordenanza 3263-CM-21, fue aprobada en la Sesión del día 25 de noviembre del 2021. Dicha Ordenanza entre otras cuestiones, aprobó el convenio marco entre el IMTVHS y el Sindicato de Juegos de Azar, Entretenimiento, Recreación y Afines de la República Argentina (ALEARA), con el fin de consolidar un proyecto de vivienda colectiva para 95 familias. Además de ello aprobó los boletos de compra-venta individuales celebrados entre el IMTHVS y los beneficiarios del proyecto de viviendas y en consecuencia aprobó la adjudicación de las porciones indivisas a los beneficiarios.
Luego de sancionada la norma, se observó que en el Artículo 3°, adjudicataria N° 30) solamente figuraba como beneficiaria la Sra. Nahuelquin Mancilla Rocio Ayelén DNI 42.517.231, omitiéndose de forma involuntaria al Sr. Granieri Agustín Andrés DNI 41.321.308, quien también resulta beneficiario de forma conjunta con la Sra. Nahuelquin Mancilla.
Por ello, al hallarse una omisión involuntaria, resulta necesario subsanar dicho error material.
Es oportuno y procedente para el caso dictar la presente fé de erratas por cuanto, se dicta en el plazo y con los recaudos estipulados en el Artículo 9° inciso Z) del Reglamento Interno del Departamento Deliberante, Resolución 462-CM-15.
AUTOR: Vicepresidente Primero a cargo del Concejo Municipal. Concejal Marcelo Casas.
En virtud de las atribuciones otorgadas por el art. 09.º) inciso "z" del texto ordenado (RESOLUCIÓN N.º 462-CM-15) del reglamento interno del Concejo Municipal.
EL VICEPRESIDENTE PRIMERO A CARGO DEL CONCEJO MUNICIPAL DE
SAN CARLOS DE BARILOCHE
RESUELVE
Art. 1°)
Se ordena la publicación de Fe de Erratas de la Ordenanza 3263-CM-21 sancionada el día 25 de noviembre del año 2021. En el Artículo 3° adjudicatario N° 30) donde dice “Nahuelquin Mancilla Rocio Ayelén DNI 42.517.231” debe decir “Nahuelquin Mancilla Rocio Ayelén DNI 42.517.231 Granieri Agustín Andrés DNI 41.321.308”.
Art. 2°)
Se comunica al Departamento Ejecutivo Municipal la Fe de Erratas que se adjunta como anexo I de la presente.
Art.3°)
La presente resolución se aprueba ad referéndum de la próxima sesión ordinaria del
Concejo Municipal.
Art.4°)
Comuníquese. Dese a publicidad. Cumplido, archívese.
San Carlos de Bariloche, 01 de diciembre de 2021.
MC/CRH/mcf.
PODER LEGISLATIVO
MUNICIPALIDAD DE SAN CARLOS DE BARILOCHE
FE DE ERRATAS
RESOLUCIÓN N.º 318-PCM-21
PODER LEGISLATIVO MUNICIPALIDAD DE SAN CARLOS DE BARILOCHE FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN 318-PCM-21.
Mediante Resolución 318-PCM-21, el Vicepresidente Primero a cargo del Concejo Municipal de la ciudad de San Carlos de Bariloche ordena la publicación de Fe de Erratas de la ordenanza 3263-CM-21, sancionada el 25 de Noviembre de 2021, en el Artículo 3° adjudicatario N° 30) donde dice “Nahuelquin Mancilla Rocio Ayelén DNI 42.517.231” debe decir “Nahuelquin Mancilla Rocio Ayelén DNI 42.517.231. Granieri Agustín Andrés DNI 41.321.308”.