DECLARACIÓN N° 1330-CM-08
DESCRIPCION SINTETICA: DECLARAR DE INTERES MUNICIPAL, SOCIAL Y TURISTICO LAS 1º JORNADAS MUNICIPALES SOBRE TURISMO ACCESIBLE.
ANTECEDENTES
Ley Nacional 25643, Ley Nacional de Turismo Accesible.
Ley Nacional 24314, Sistema de Protección Integral de los Discapacitados.
Ley Nacional 24901, Sistema de Prestaciones Básicas en Habilitación y Rehabilitación Integral a favor de las personas con discapacidad.
Decreto Nacional 914/97, Reglamentario de la Ley Nacional 24314.
Carta Orgánica de la ciudad de San Carlos de Bariloche.
Declaración Internacional de los Derechos de las Personas.
FUNDAMENTOS
Es indudable que las regiones más sólidas desde el punto de vista económico y socialmente evolucionadas, han orientado sus políticas hacia la necesidad y conveniencia de generar prestaciones turísticas accesibles. No obstante, aquellos destinos como el nuestro que aún no se encuentran en un contexto general desarrollado, también han comenzado sus experiencias en la apertura total de las prestaciones turísticas de un modo abarcativo.
Se consideran dos causas principales que fundamentan la existencia del turismo accesible; una de ellas involucra un sentido de justicia social, de solidaridad, de conciencia y sensibilidad. La otra no por ello menos válida implica consideraciones económicas.
La persona con capacidades restringidas debe poder integrarse a un grupo de pertenencia y al medio en el que desea desenvolverse, sin que existan barreras que impidan o dificulten el desarrollo de sus actividades en su entorno social y físico.
El turismo accesible implica un turismo para todos y establece pautas de integración respecto de las actividades recreativas, turísticas y culturales ya sea para personas con capacidades restringidas o sin ellas, y su grupo familiar, amigos, allegados, teniendo como principal objetivo una verdadera integración física.
Un cuantioso cúmulo de tratados internacionales, la Constitución Nacional, leyes nacionales, provinciales y diversas normativas establecen y garantizan las condiciones de igualdad de las personas con capacidades restringidas, tal es el caso, por ejemplo, de nuestra Carta Orgánica en sus artículos 16 y 200.
Sin embargo y aún excediéndose de lo estrictamente social, se observa que la mejora de la competitividad de un destino depende de indicadores como calidad, seguridad, estrategia de comercialización y comunicación y en especial la posibilidad de contar con un turismo para todos es decir: Turismo Accesible.
Considerando las implicancias de la accesibilidad según conceptos internacionales, se entiende que el cuarenta por ciento (40%) de la población mundial se encuentra dentro de la categoría que abarca al turismo accesible, involucrando por ejemplo: a personas de la tercera edad, al grupo familiar con niños pequeños y personas pequeñas, discapacitados temporales (mujeres embarazadas, personas enyesadas) y permanentes (motrices, sensoriales y mentales).
En consecuencia el turismo accesible debe convertirse en una ventaja competitiva para diferenciarse en el mercado, ampliando las posibilidades de incrementar la cantidad de visitantes y de jerarquizar la demanda actual.
Teniendo en cuenta lo expuesto precedentemente y considerando al ambiente y su entorno como al mayor patrimonio cultural de nuestra ciudad y sus consecuencias turísticas, siendo que se trata del más importante recurso económico, resulta imprescindible generar desde el estado todas las acciones posibles para concientizar y facilitar propuestas inherentes al turismo accesible y sus derivados en cuanto a los beneficios sociales y económicos.
Por tal motivo se considera declarar de interés municipal, cultural, turístico y social al evento propuesto en el presente.
AUTOR: Presidente del Concejo a cargo de la Intendencia, Lic. Ángel Darío Barriga.
COLABORADORES: Secretario de Gobierno, Sr. Adolfo Foures; Secretario de Turismo, Sr. Juan Carlos Cornelio y Director General de Protocolo, Sr. Marcelo Nemirovsky.
INICIATIVA: Sr. Adrián Moreno, Sra. Marcela Giovannini, Sr. Germán Vega y Sra. Julia Fernández.
El proyecto original Nº 068/08, fue aprobado en la sesión del día 27 de marzo de 2008, según consta en el Acta Nº 899/08. Por ello, en ejercicio de las atribuciones que le otorga el Art. 38 de la Carta Orgánica Municipal,
EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN CARLOS DE BARILOCHE
SANCIONA CON CARÁCTER DE
DECLARACIÓN
Art. 1°) |
Declarar de interés municipal, social y turístico a las 1º Jornadas Municipales sobre Turismo Accesible, a realizarse los días 4 y 5 de abril de 2008, organizadas por la Delegación Cerro Catedral y la Secretaría de Turismo de la Municipalidad de San Carlos de Bariloche.
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Art. 2°) |
La presente declaración no implica la obligatoriedad de efectuar erogaciones por parte de la Administración Municipal.
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Art. 3°) |
Comuníquese. Dése a publicidad. Tómese razón. Cumplido, archívese.
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