DESCRIPCIÓN SINTÉTICA: SE DECLARA DE INTERÉS MUNICIPAL JORNADA DE CONCIENTIZACIÓN SOBRE EL CÁNCER DE MAMA

 

ANTECEDENTES

Constitución Nacional.

Resolución 1813/13: Programa Nacional de Control de Cáncer de Mama. Creación. Ministerio de Salud.

Constitución de la Provincia de Río Negro.

Ley R 2739: Declara de interés provincial la lucha contra el cáncer. Crea Registro Poblacional de Neoplasias Malignas.

Carta Orgánica Municipal.

Ordenanza 2071-CM-10: Jerarquización de las declaraciones de Interés del Concejo Municipal. Reglamentación.

 

FUNDAMENTOS

La Organización Mundial de la Salud estableció que octubre sea considerado el Mes de Sensibilización sobre el Cáncer de Mama. El mismo se celebra en todo el mundo con el objetivo de aumentar la atención y el apoyo prestados a la sensibilización, la detección precoz, el tratamiento y los cuidados paliativos de dicha enfermedad.

A su vez, el 19 de octubre se celebra mundialmente el Día Internacional de la Lucha contra el Cáncer de Mama con el objetivo de crear conciencia y promover que cada vez más mujeres accedan a controles, diagnósticos y tratamientos oportunos y efectivos.

En Argentina el cáncer de mama es la primera causa de muerte por tumores en mujeres. Según datos proporcionados por la Sociedad Argentina de Mastología, el cáncer de mama se origina cuando una célula de un conducto mamario cambia y se transforma en otra distinta, que ya no responde a los estímulos normales, comenzando a crecer y reproducirse de manera descontrolada, por lo cual se las conoce como células anárquicas. Al dividirse sucesivamente, este grupo de células conforma un pequeño tumor que irá creciendo de manera paulatina y, si no es detenido a tiempo, puede invadir los tejidos vecinos, los ganglios linfáticos regionales y también otros órganos del cuerpo. Dejada a su propia evolución, esta enfermedad puede ser mortal; pero detectada de manera temprana tiene una alta tasa de curación. Si bien el cáncer de mama es mucho menos frecuente en hombres, estos también pueden padecerlo. Por cada 100 casos de cáncer de mama en mujeres, un hombre desarrollará la enfermedad.

El control anual y el diagnóstico temprano son dos estrategias altamente eficaces para prevenir y/o tratar este tipo de cáncer y una buena labor de información y promoción puede contribuir a modificar algunos de los factores de riesgo, como la mala alimentación, la falta de actividad física y el consumo nocivo de alcohol.

Considerando la importancia de la difusión es que en la ciudad de San Carlos de Bariloche se va a desarrollar la Jornada de Concientización sobre el Cáncer de Mama. Instancia abierta y gratuita, organizada por vecinas de nuestra ciudad acompañadas de la Agrupación Pelos al Viento de Dina Huapi. El 11 de octubre se reunirán en el Puerto San Carlos para una jornada donde se buscará promover esa conciencia a través de distintas actividades, habrá reparto de folletería, asesoramiento sobre controles y especialistas, actividades deportivas como zumbaton y fight do, corte de pelo solidario, recepción de donaciones de cabello para la realización de pelucas, colocación de mechones rosas y también se concretará una disertación a cargo de la Dra. Inés Garate, oncóloga del Hospital Zonal Bariloche.

Por todo lo expuesto es que consideramos de suma importancia que esta jornada sea declarada de interés municipal.

 

AUTORES: Concejales María del Carmen Coronado, Tomás Hercigonja y Gerardo del Río (PUL).

COLABORADORES: Olga Vanesa Badilla y Agrupación Pelos al Viento.

 

El proyecto original N.º 192/24, con las modificaciones introducidas, fue aprobado en la sesión del día 3 de octubre de 2024, según consta en el Acta N.º 1194/24. Por ello, en ejercicio de las atribuciones que le otorga el Art. 38 de la Carta Orgánica Municipal,

 

EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN CARLOS DE BARILOCHE

SANCIONA CON CARÁCTER DE

 

DECLARACIÓN

Art. 1°)

Se declara de interés municipal la Jornada de Concientización sobre el Cáncer de Mama, evento que se desarrollará el 11 de octubre de 2024, en San Carlos de Bariloche.

Art. 2°)

La presente declaración no implica la obligatoriedad de efectuar erogaciones por parte de la Administración Municipal.

Art. 3°)

Comuníquese. Dése a publicidad. Cumplido, archívese.