DECLARACIÓN Nº 2984-CM-24

 

DESCRIPCIÓN SINTÉTICA: SE DECLARA DE INTERÉS MUNICIPAL A LA FIESTA POPULAR ANUAL

 

ANTECEDENTES

 

Carta Orgánica Municipal.

 

Ordenanza 2071-CM-10: Jerarquización de las declaraciones de interés del Concejo Municipal. Reglamentación.

 

Declaración 1962-CM-16: Declarar de interés municipal y cultural la Fiesta Popular del Verano.

 

Nota de solicitud de interés enviada por mail al presidente de la Comisión de Desarrollo Humano, Deportes y Cultura, Concejal Leandro Costa Brutten.

 

FUNDAMENTOS

 

La Fiesta Popular surge como iniciativa en el año 2013, liderada por Hugo Carriqueo y un grupo de vecinos, quienes identificaron la necesidad de establecer un espacio cultural representativo de los distintos barrios de nuestra ciudad y proporcionar un escenario para los numerosos y talentosos artistas locales, así como también, enfocarse en aspectos solidarios, brindando apoyo a quienes lo necesitaran.

 

En sus inicios se la llamó la Fiesta Popular del Verano, concebida como un evento inclusivo y comunitario, posteriormente su denominación se transformó en Fiesta Popular Anual, adaptándose a las distintas circunstancias, como consecuencia de tener que realizarse en otoño tras el período de pandemia; aun así, se mantuvo como un pilar importante en la vida cultural de nuestra ciudad.

 

La fiesta se lleva a cabo al aire libre, con entrada gratuita y estrictas medidas de seguridad, sin venta ni consumo de alcohol, promoviendo un ambiente familiar y acogedor, con la participación de diversos stands y actividades culturales para todos los gustos y edades.

 

Es reconocido el crecimiento constante de la fiesta a lo largo de los años, tanto en asistencia como en propuestas culturales, convirtiéndose en un evento esperado por la comunidad, que este año se extenderá desde las 13:00 hasta las 19:00 h, del 3 de mayo, en el Velódromo Municipal, en el marco del aniversario de la ciudad.

 

Esta iniciativa, cuenta con una trayectoria de 10 años, y ha sido previamente declarada de interés municipal en el año 2016, tiene como objetivo principal reunir a la familia popular y proporcionar un espacio para el disfrute de la música y el arte local.

 

La fiesta también tiene un importante componente solidario; este año cobra un interés significativo la situación que atraviesa el Hospital Zonal de la ciudad. Es por ello que contaremos con la presencia de stands especiales a cargo del Hospital Zonal Ramón Carrillo y también del club Comunicaciones, quienes estarán recibiendo donaciones para sus respectivas causas. Esta iniciativa demuestra el compromiso irrenunciable con la comunidad y el bienestar de todos sus miembros, especialmente en momentos de emergencia como el que enfrentan hoy muchas instituciones de la comunidad.

 

Desde la comisión de Desarrollo Humano, Deporte y Cultura del Concejo Municipal de San Carlos de Bariloche, se reconoce y valora profundamente la trascendencia del evento, entendiendo su relevancia como un espacio de encuentro y celebración para toda la comunidad.

 

Por todo lo expuesto, consideramos necesario que el Concejo Municipal declare de interés municipal la Fiesta Popular Anual que se llevará a cabo en el Velódromo Municipal el 3 de mayo, en el marco del aniversario de Bariloche, reconociendo su importancia como un evento cultural, comunitario y solidario de relevancia para nuestra ciudad.

 

 

AUTOR: Concejal Leandro Costa Brutten (IB).

 

 

COLABORADORES: Hugo Carriqueo y José Oñate.

 

 

 

 

 

 

 

El proyecto original N.º 62/24, con las modificaciones introducidas, fue aprobado en la sesión del día 18 de abril de 2024, según consta en el Acta N.º 1188/24. Por ello, en ejercicio de las atribuciones que le otorga el Art. 38 de la Carta Orgánica Municipal,

 

EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN CARLOS DE BARILOCHE

SANCIONA CON CARÁCTER DE

 

DECLARACIÓN

 

 

Art. 1°)

Se declara de interés municipal a la Fiesta Popular Anual a celebrarse el día 3 de mayo desde las 13:00 h hasta las 19:00 h, en el Velódromo Municipal, con entrada gratuita.

 

Art. 2°)

La presente declaración no implica la obligatoriedad de efectuar erogaciones por parte de la Administración Municipal.

 

Art. 3°)

Comuníquese. Dése a publicidad. Cumplido, archívese.