DECLARACIÓN N.º 2651-CM-19
DESCRIPCIÓN SINTÉTICA: SE DECLARA DE INTERÉS MUNICIPAL, SOCIAL Y COMUNITARIO 25º EDICIÓN DEL PAN DULCE SOLIDARIO BARILOCHE
ANTECEDENTES
Carta Orgánica Municipal.
Ordenanza 2071-CM-10: Jerarquización de las declaraciones de interés del Concejo Municipal. Reglamentación.
Ordenanza 1349-CM-03: Texto Actualizado. Instituye distinciones en el ámbito de la ciudad de San Carlos de Bariloche.
Declaración 1749-CM-13: Declarar evento de interés municipal, social y comunitario 19° edición Pan Dulce Solidario 2013.
Declaración 1832-CM-14: Declara de interés municipal y comunitario 20º edición Pan Dulce Solidario Bariloche.
FUNDAMENTOS
Se llevará adelante en el mes de diciembre de 2019, en la ciudad de San Carlos de Bariloche, una nueva edición del evento denominado Pan Dulce Solidario, organizado por nuestro vecino, el Sr. Nicolás Martínez.
Oriundo de la vecina República del Paraguay, radicado en Río Negro desde los 45 años, Nicolás Martínez ha demostrado un fuerte compromiso con la ciudad de San Carlos de Bariloche, que lo supo recibir y en la que ha visto crecer a su familia. Con esfuerzo y con el acompañamiento de distintos actores de la comunidad ha sostenido en el tiempo esta actividad, llevando alegría y esperanza a cientos de familias en época navideña, logrando, sin dudas el reconocimiento de sus vecinos, amigos y de la comunidad.
La iniciativa del Pan Dulce Solidario tiene su inicio en el año 1995, cuando por entonces la denominada Asociación de Desocupados Bariloche (ADB), dio curso a la elaboración y distribución de los panes navideños, destinados a las familias que no tenían recursos para obtener un pan dulce en las fiestas.
En la actualidad el evento sigue siendo organizado por Nicolás y el grupo voluntario que se suma año a año a la actividad. En las últimas ediciones también destinaron panes a diferentes localidades y parajes de la Línea Sur de la Provincia de Río Negro, apostando no sólo a la solidaridad, sino también a la integración de nuestros pueblos.
Durante la presente edición se destaca además el apoyo de la Embajada de la República del Paraguay en Argentina, mediante la participación en la ciudad del Agregado Cultural de dicha delegación diplomática, el Sr. Rodolfo Serafini. Sin dudas esto representa no sólo la importancia que el evento sostiene hacia el exterior de nuestra ciudad, sino también como un gesto más del hermanamiento que existe entre nuestros Pueblos, poniendo en valor el aporte que tanto Nicolás Martínez como cada uno de los vecinos pertenecientes a la colectividad paraguaya representan para el desarrollo e integración de San Carlos de Bariloche.
Al cumplirse 25 años del Pan Dulce Solidario y entendiendo que el reconocimiento del Estado Municipal resulta siempre un agente multiplicador en este tipo de iniciativa, apostando a que esta nueva edición encuentre nuevamente el reconocimiento y acompañamiento de todos los vecinos de nuestra ciudad, como gesto de solidaridad y construcción de comunidad, es que consideramos propicia la presente declaración.
AUTORES: Concejales Gerardo Ávila, Claudia Contreras, Viviana Gelain y Carlos Sánchez y Puente (JSB).
COLABORADORA: Ana Rojas.
El proyecto original N.º 1388/19 fue aprobado en la sesión del día 5 de diciembre de 2019, según consta en el Acta N.º 1120/19. Por ello, en ejercicio de las atribuciones que le otorga el Art. 38 de la Carta Orgánica Municipal,
EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN CARLOS DE BARILOCHE
SANCIONA CON CARÁCTER DE
DECLARACIÓN
Art. 1°)
Se declara de interés municipal, social y comunitario la realización de la 25º edición del Pan Dulce Solidario Bariloche, a realizarse durante el mes de diciembre de 2019, por su aporte a la integración y construcción de lazos sociales en nuestra comunidad.
Art. 2°)
Declarar como Huésped de Honor de San Carlos de Bariloche, al Sr. Rodolfo Serafín, Agregado Cultural de la Embajada de la República del Paraguay en Argentina, por sus gestiones y el apoyo dispensado al presente evento y por fortalecer los lazos culturales y comunitarios con nuestra ciudad.
Art. 3°)
La presente declaración no implica la obligatoriedad de efectuar erogaciones por parte de la Administración Municipal.
Art. 4°)
Comuníquese. Dése a publicidad. Cumplido, archívese.