DECLARACIÓN N.º 2508-CM-19
DESCRIPCIÓN SINTÉTICA: SE DECLARA DE INTERÉS MUNICIPAL Y CULTURAL EL ESPECTÁCULO PATAGONIA DE LA COMPAÑÍA DE TANGO DEL OTRO LADO
ANTECEDENTES
Carta Orgánica Municipal.
Ordenanza 2071-CM-10: Jerarquización de las declaraciones de interés del Concejo Municipal. Reglamentación.
Resolución 049-PCM-19 del 20 de febrero de 2019 firmada por el Presidente del Concejo Municipal, Diego Benítez.
FUNDAMENTOS
La compañía Del Otro Lado nace en la ciudad de Bariloche a principios de 2017 como una alternativa local de tango escénico. La propuesta coreográfica del grupo parte de la diferenciación y reivindicación de los distintos estilos de baile de tango y milonga, especialmente los provenientes del baile social, siendo una de las principales características de sus creaciones, la mixtura de estas formas de baile popular con situaciones cotidianas.
Las creaciones de la compañía son realizadas con música original de compositores argentinos vivos entre los que se encuentran Ramiro Gallo y Andrés Pilar, contribuyendo con una mirada actual del género y con un nuevo enfoque innovador sin dejar de lado las bases originarias del tango baile. El grupo se presentó por primera vez en 2017 en el marco de los festejos de Navidad y Tango en el Centro Cívico Bariloche, en el Teatro Diego Rivera de Puerto Montt (Chile), en el Mundial de Tango de Buenos Aires, en el FET (Festival Esquel Tango) y en la Usina Cultural del Cívico durante octubre y noviembre de 2018.
Actualmente presentan el espectáculo Patagonia, situado en paisajes patagónicos recreados a través de imágenes audiovisuales de gran impacto. La funciones comenzaron el sábado 9 de febrero y culminaron el sábado 23 en la Biblioteca Sarmiento.
En este relato de música y baile popular la compañía de tango Del Otro Lado hace un recorrido original y atípico de lugares y situaciones que se fueron suscitando en la Patagonia argentina. A través de distintos cuadros teatrales se desarrollará un entretenido relato a tiempo de tango desde la llegada de los primeros inmigrantes hasta la aparición de los tangos contemporáneos con la recreación de marcos naturales propios de la Patagonia.
La reminiscencia del arribo del tren y con ella un nuevo horizonte para los habitantes del lugar. La soledad, que recrudece frente a los climas extremos, y la necesidad de subsistir dentro de un espacio comunitario aunque esto implique la pérdida de los objetivos personales.
El vestuario concentra gran parte de la estética y evolución de los personajes con el diseño original de Pablo Ramírez. Conforman este elenco diez bailarines integrantes de la compañía Del Otro Lado: Adrián Vincón, David Franzgrote, Jacqueline Aguirre, Laura Venosi, Lorena Oviedo, Mariana Niepo, Ricardo Silva, Rodólfo Cabrera y Sissy Vorgic. La idea y dirección general está a cargo de Silvana Grill (directora, coreógrafa y docente). La música original es de Ramiro Gallo, Andrés Pilar y Andrés Linetzky y las imágenes y fotografía de Sebastian Lanzi.
La compañía Del Otro Lado y en particular el espectáculo Patagonia, es un proyecto artístico de relevancia para la cultura de nuestra ciudad. Es por ello que este cuerpo decide declararlo de interés municipal y cultural, con el objeto de fomentar y promocionar a los artistas locales que dan muestra permanentemente de la enorme diversidad cultural y artística que caracteriza a San Carlos de Bariloche.
AUTOR: Presidente del Concejo Municipal, Diego Benítez.
INICIATIVA: Concejales Ana Marks, Ramón Chiocconi y Daniel Natapof (FPV).
COLABORADORA: Silvana Grill.
La resolución 049-PCM-19, con las modificaciones introducidas, fue aprobada en la sesión del día 1 de marzo de 2019, según consta en el Acta N.º 1110/19. Por ello, en ejercicio de las atribuciones que le otorga el Art. 38 de la Carta Orgánica Municipal,
EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN CARLOS DE BARILOCHE
SANCIONA CON CARÁCTER DE
DECLARACIÓN
Art. 1°) |
Se declara de interés municipal y cultural el espectáculo Patagonia de la compañía de tango Del Otro Lado, a realizarse los sábados 9, 16 y 23 de febrero de 2019 en la Biblioteca Sarmiento.
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Art. 2°) |
La presente declaración no implica la obligatoriedad de efectuar erogaciones por parte de la Administración Municipal.
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Art. 3°) |
Comuníquese. Dése a publicidad. Cumplido, archívese.
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