DECLARACIÓN N° 1927-CM-15
DESCRIPCIÓN SINTÉTICA: DECLARAR DE INTERÉS CULTURAL Y MUNICIPAL EL SHOW “PIAZZOLLA” DE LA ARTISTA BARILOCHENSE BELÉN ÁLVAREZ.
ANTECEDENTES
Carta Orgánica Municipal.
Ordenanza 2071-CM-10: Jerarquización de las declaraciones de interés del Concejo Municipal. Reglamentación.
FUNDAMENTOS
Belén Álvarez es una de las artistas más jóvenes y destacadas de la ciudad. Su voz se ha convertido a lo largo de más de 10 años de carrera, en una de las más reconocidas de Bariloche y la provincia de Río Negro. Su proyección artística como compositora e intérprete da como resultado una prometedora carrera en la música regional y nacional.
Desde 2003 en adelante, la artista ha sobresalido en diversos eventos y actividades en la ciudad, la provincia y a nivel nacional. Entre ellos, su participación central en la Fiesta Nacional de la Nieve; ganadora del Pre Cosquín Rionegrino y finalista en el certamen a nivel nacional; representante musical de la Patagonia en el último Congreso Nacional de Calidad Turística; artista soporte de Rally Barrionuevo y Peteco Carabajal.
Desde el año 2014, Álvarez prepara junto a otros reconocidos músicos locales, el show “Piazzolla”, un repertorio de temas del célebre compositor y bandoneonista argentino.
“Piazzolla” se presentará por segunda vez, en forma libre y gratuita, el 19 de septiembre en la Catedral de Bariloche. Su carácter de gratuidad -en ambas oportunidades- fomenta el consumo artístico local y la consolidación cultural barilochense.
AUTOR: Concejal Leandro Lescano (AFSP).
El proyecto original Nº 886/15 fue aprobado en la sesión del día 17 de septiembre de 2015, según consta en el Acta Nº 1040/15. Por ello, en ejercicio de las atribuciones que le otorga el Art. 38 de la Carta Orgánica Municipal,
EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN CARLOS DE BARILOCHE
SANCIONA CON CARÁCTER DE
DECLARACIÓN
Art. 1°) |
Se declara de interés municipal y cultural la presentación “Piazzolla”, de la artista barilochense Belén Álvarez, a realizarse el 19 de septiembre de 2015, en la Catedral de San Carlos de Bariloche.
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Art. 2°) |
La presente declaración no implica la obligatoriedad de efectuar erogaciones por parte de la Administración Municipal.
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Art. 3°) |
Comuníquese. Dése a publicidad. Tómese razón. Cumplido, archívese.
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