COMUNICACIÓN Nº 1129-CM-24

 

DESCRIPCIÓN SINTÉTICA: SE COMUNICA SUSPENSIÓN DE AUMENTOS TARIFARIOS DE SERVICIOS EN EL MUNICIPIO

 

ANTECEDENTES

 

Constitución Nacional.

 

Declaración Universal de los Derechos Humanos.

Carta Orgánica Municipal.

Observaciones generales adoptadas por el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de la ONU. Sexto período de sesiones (1991). Observación general N.º 4 http://www.derechoshumanos.unlp.edu.ar/assets/files/documentos/obsevaciones- generales-2.pdf

 

Artículo de opinión: Derechos Humanos y Energía

https://www.oetec.org/nota.php?id=6290&area=5#:~:text=La%20Declaraci C3%B3n

%20del%20Encuentro%20Internacional,Derechos%20Humanos%20y%20el%20art.

 

FUNDAMENTOS

 

El exponencial aumento de las tarifas de los servicios públicos esenciales de luz, gas y agua, autorizados por el Poder Ejecutivo desde la promulgación del DNU 70/23, ampara este proceso de desregulación económica.

 

Los servicios públicos domiciliarios de agua, luz y gas son indispensables para garantizar el derecho a la salud y a la vida digna, y están expresamente comprendidos dentro del derecho a una vivienda digna y adecuada expresado tanto en nuestra Constitución Nacional como en el Sistema de Protección de Derechos Humanos de la ONU.

 

El Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de la ONU señaló en la Observación General N° 4 que una vivienda adecuada, "debe contener ciertos servicios indispensables para la salud, la seguridad, la comodidad y la nutrición", y que "todos los beneficiarios del derecho a una vivienda adecuada deberían tener acceso permanente a recursos naturales y comunes, a agua potable, a energía para la cocina, la calefacción y el alumbrado, a instalaciones sanitarias y de aseo, de almacenamiento de alimentos, de eliminación de desechos, de drenaje y a servicios de emergencia".

 

La declaración del encuentro internacional por el derecho a la energía Mar del Plata, 11 de octubre de 2014, declaró que "la energía es un derecho humano, no una mercancía".

 

El Estado tiene la obligación de asegurar el acceso al servicio eléctrico como parte de un piso de derechos mínimos que tiene que garantizar a toda la población.

 

Los aumentos de los servicios públicos esenciales autorizados por el Poder Ejecutivo para el año 2024 a partir de la desregulación económica amparada por el DNU 70/23, se suma al constante deterioro de los ingresos de la población desde el 1 de enero del corriente.

 

Estos aumentos son muy superiores a la suba de los ingresos de la población, lo cual conduce inexorablemente a la pobreza energética, dimensión específica de la pobreza en la cual los hogares presentan severas dificultades para hacer frente a esos gastos.

 

El precio mayorista de la energía eléctrica explicado a través de los segmentos de Generación y Transporte, se encontraba subsidiada hasta el año 2023, y por decisión del gobierno nacional se decidió eliminar los subsidios drásticamente.

 

Los servicios públicos involucrados cumplen funciones sociales primordiales e irremplazables, por lo que la falta de acceso implica directamente que la calidad de vida de la población se vea resentida de manera drástica.

 

Los afectados por los aumentos de tarifas de servicios públicos no son sólo los usuarios residenciales, sino un abanico de sectores como organizaciones sociales, clubes, comercios, juntas vecinales y PyMEs, entre otros.

 

Resulta necesario una intervención del Estado y los organismos de control en pos de regular los aumentos desmedidos a los que se hacen referencia. Cada vez serán más las familias de nuestro ejido municipal que no puedan pagar sus facturas.

 

Con respecto al gas, el aumento promedio es del 214% de un mes al siguiente, con un salto significativo en el valor de consumo por gas PIST, que pasará de $2.073,7 en marzo de 2024 a $6.505,3 a partir de abril de 2024. Por ejemplo, N1 pasará de $2.961,3 a $9.270,5 (213%), N2 pasará de $838,0 a $2.462,2 (193%), y N3 pasará de $1.975,1 a $6.375,3 (222%). Sobre esta base, el ENARGAS los nuevos cuadros tarifarios con los valores de transporte y distribución, con la posibilidad de que las facturas aumenten en algunos casos por encima del 300 por ciento.

 

En cuanto a la energía eléctrica, los aumentos en las tarifas alcanzan hasta el 500%. La quita de subsidios en los servicios tiene un impacto constante en la economía doméstica de cada ciudadano.

 

En relación a Aguas Rionegrinas, el agua aumentará durante nueve meses seguidos en la provincia de Río Negro. El gobierno provincial anunció que se autorizó el aumento del servicio de agua potable y cloacas que presta Aguas Rionegrinas, con un incremento escalonado de hasta un 5% por mes, hasta llegar al 43% en total. Esto impacta en la boleta de la Cooperativa de Electricidad Bariloche y afecta significativamente el bolsillo de los vecinos y vecinas de Bariloche, con aumentos que rondan el 350%.

 

En vista de la situación expuesta y la grave afectación que los incrementos desmedidos en las tarifas de los servicios públicos están generando en la comunidad de Bariloche, es imperativo que el Concejo Municipal tome acción inmediata. Por ello, solicitamos la sanción de este proyecto de emergencia sobre las tarifas de servicio, con el fin de aliviar la carga económica sobre las familias y ciudadanos que actualmente no pueden afrontar el pago de servicios indispensables para la vida cotidiana. Es nuestra responsabilidad como representantes del pueblo velar por el bienestar y la calidad de vida de nuestros vecinos, y esta medida es crucial para garantizar un acceso equitativo y justo a los servicios básicos.

 

 

 

AUTOR: Concejal Leandro Costa Brutten (Incluyendo Bariloche).

 

 

INICIATIVA: Multisectorial Federal de la República Argentina.

 

 

 

 

 

 

El proyecto original N.º 92/24, con modificaciones introducidas, fue aprobado en la sesión del día 30 de mayo de 2024, según consta en el Acta N.º 1190/24. Por ello, en ejercicio de las atribuciones que le otorga el Art. 38 de la Carta Orgánica Municipal,

 

EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN CARLOS DE BARILOCHE

SANCIONA CON CARÁCTER DE

 

COMUNICACIÓN

 

Art. 1°)

Se comunica la necesidad de solicitar al Ejecutivo Provincial y al Poder Ejecutivo Nacional la suspensión de los aumentos vigentes, y restablecer las tarifas a los niveles aplicados hace un año desde la fecha de la sanción de la presente.

 

Art. 2°)

Se comunica al Departamento Ejecutivo Municipal la necesidad de que utilice todos los mecanismos legales a su alcance para asegurar el acceso a los servicios públicos esenciales a todos los habitantes de Bariloche.

 

Art. 3°)

Se comunica al Departamento Ejecutivo Municipal, al Ejecutivo Provincial y al Poder Ejecutivo Nacional la necesidad de garantizar la protección tarifaría a los electro dependientes, de acuerdo a lo establecido por la Ley 27351.

 

Art. 4°)

Se gire la presente comunicación al Ministerio de Energía y Minería y al Ministerio del Interior, Obras Públicas y Vivienda de la Nación.

 

Art. 5°)

Se gire la presente comunicación a la Defensoría del Pueblo de la Provincia de Río Negro y a la Defensoría del Pueblo de San Carlos de Bariloche.

 

Art. 6°)

Comuníquese. Dése a publicidad. Cumplido, archívese.