El Concejo Deliberante abrirá el registro municipal de soldados convocados continentales de la guerra de Malvinas.
Tal como lo indica la ordenanza Nº 3102-CM-19, podrán inscribirse todos los ex soldados conscriptos de las clases 1962, 1963 y clases anteriores prorrogadas, quienes fueron incorporados, convocados, movilizados, desplazados o de alguna otra manera se encontraban bajo bandera en cumplimiento del Servicio Militar Obligatorio, entre el 2 de abril y el 14 de junio de 1982, en el ámbito del territorio continental, con domicilio y residencia en Bariloche.
El periodo de inscripción será desde el 1 de febrero hasta el 1 de abril. Los requisitos son: datos personales, residencia comprobable no menor a cuatro años en Bariloche, certificación de la fuerza armada a la cual haya revestido y destino durante la Gesta de Malvinas.
Quienes estén en condiciones de incorporarse al registro podrán anotarse en el Concejo Municipal a partir de febrero. Tendrán la posibilidad de completar un formulario de manera online y adjuntar la documentación pertinente, en el sitio web del Deliberante (concejobariloche.gov.ar), o solicitarlo y completarlo en Mesa de Entrada de esta institución, de lunes a viernes, de 8 a 14,30 horas.
La ordenanza establece además que se adhiere a la ley 4626 de Río Negro “en los términos del artículo 9º, que crea el Registro Provincial de Soldados Convocados Continentales de la Gesta de Malvinas que habitan en el territorio de Río Negro”.
El registro municipal se cerrará y será enviado a Río Negro, a fin de que la información provista sea incluida en el registro provincial.
Entre los fundamentos, la ordenanza señala que la guerra de Malvinas es “un hito histórico para nuestro país y cada 2 de abril se la recuerda, reconociendo a todos los que participaron de la mencionada contienda”. “Hubo quienes concurrieron al territorio del conflicto, pero asimismo hubo participación de los ex soldados conscriptos que fueron convocados, movilizados, destinados o de alguna otra manera se encontraban bajo bandera entre el 2 de abril y el 14 de junio de 1982 en el ámbito del territorio continental”, indica el documento.
El proyecto de la normativa en cuestión fue aprobado en la sesión del 21 de noviembre de 2019. Sus autores son los concejales Carlos Sánchez, Diego Benítez, Claudia Contreras, Cristina Painefil y Viviana Gelain (JSB).
“Los movilizados no concurrieron al combate ni estuvieron en las Islas, pero participaron de las acciones provenientes de las fuerzas armadas cumpliendo con lo ordenado por los mandos militares, encontrándose a disposición en el Continente”, destaca la ordenanza.
En tanto, aclara que integrar el registro “no otorga ningún derecho ni aval para posteriores solicitudes vinculadas a Veteranos de Guerra”.
Indica también que “es fundamental tener en cuenta que todos los soldados conscriptos que fueron convocados y movilizados por el conflicto de Malvinas poseían ‘estado militar’, cualquiera fuera el lugar del territorio argentino en el que se encontraran”.
“Fueron afectados al conflicto por la recuperación de las Islas Malvinas siendo personal de apoyo de combate realizando, entre otras, tareas de reabastecimiento a las tropas, reparación del material bélico y recepción de armamentos. Llevaron adelante entonces labores logísticas desde puertos, aeropuertos y bases miliares situadas en territorio continental”, consigna la ordenanza.