AUDIOS

 

(Audio AP Fiscal Y Tarifaria 2018- 07-12-18.mp3)

 

AUDIENCIA PÚBLICA

7 de diciembre de 2018

 

Proyecto de ordenanza 1056/18: “Modifica Anexo I Ordenanza Fiscal 2374-CM-12”.

Proyecto de ordenanza 1057/18: “Modifica Anexo I y Anexo II Ordenanza Tarifaria 2375-CM-12”.

 

Concejal Julia Fernández: “Buenas tardes, siendo las 15:05 del día 7 de diciembre de 2018 damos formal apertura a la Audiencia Pública para recibir opinión sobre los proyectos de ordenanza 1056/18: “Modifica Anexo I Ordenanza Fiscal 2374-CM-12” y 1057/18: “Modifica Anexo I y II Ordenanza Tarifaria 2375-CM-12”. Mi nombre es Julia Fernández, presidenta de la Comisión de Economía, Hacienda, Finanzas y Desarrollo Económico del Concejo Municipal de San Carlos de Bariloche, designada para presidir esta Audiencia Pública. Se encuentran presentes los concejales Diego Benítez, Daniel González, el resto se irá incorporando... Por secretaría se dará lectura al listado de inscriptos.

Jefe a/c Coordinación Legislativa, Ariel E. García: “Los inscriptos son Santiago Cantalupi, Clara Teresa Búa y Ángel Vainstein. Doy lectura al artículo 164 de la Carta Orgánica Municipal: “Art. 164º) La Audiencia Pública es el derecho ciudadano de dar o recibir opinión e información sobre las actuaciones político administrativas. Es ejercido por vecinos y organizaciones intermedias, en forma verbal, en unidad de acto y con temario preestablecido, de acuerdo a lo que se determine por ordenanza. El resultado, opiniones y conclusiones a las que se arribe en Audiencia Pública no tendrán carácter vinculante, pero su rechazo deberá ser fundado, bajo pena de nulidad.” Asimismo ponemos a disposición el texto ordenado de la Ordenanza 1744-CM-07, acerca de las reglamentaciones de Audiencias Públicas”.

Julia Fernández: “Gracias Ariel. De acuerdo a lo que fue establecido a través de la Resolución 575-CM-18, los inscriptos en el registro contarán con un plazo máximo de 5 minutos para realizar su exposición pública. Durante su presentación, los expositores deberán dirigirse a la autoridad de esta audiencia. El público podrá formular preguntas (una por persona) una vez finalizadas las exposiciones. Las mismas deberán efectuarse de forma escrita, en los formularios que serán entregados por representantes del Concejo Municipal, y deberán estar dirigidas únicamente a los disertantes. De acuerdo a lo que está establecido en la ordenanza que reglamenta las Audiencias Públicas, el destinatario de las preguntas contará con dos minutos para responder las inquietudes. Y en caso que las mismas no se relacionen con el tema que nos convoca, no serán tenidas en cuenta. Lectura del proyecto de ordenanza 1056/18: “Modifica Anexo I Ordenanza Fiscal 2374-CM-12””.

Jefe a/c Coordinación Legislativa, Ariel E. García: “Por ello el Concejo Municipal de San Carlos de Bariloche sanciona con carácter de  ordenanza: Art. 1°) Se reemplaza el Anexo I de la ordenanza fiscal 2374-CM-12 por el Anexo I que se acompaña a la presente. Art. 2°) Se incorpora a la ordenanza 2374-CM-12 el Anexo II que se aprueba y forma parte de la presente. Art. 3°)     Se encomienda al Departamento de Digesto e Informática Legislativa la consolidación normativa de la presente ordenanza. Art. 4°) La presente entrará en vigencia a partir de la fecha de su promulgación. Art. 5°) De forma”.

Concejal Julia Fernández: “Lectura de Proyecto de ordenanza 1057/18: “Modifica Anexo I y Anexo II Ordenanza Tarifaria 2375-CM-12”.

Jefe a/c Coordinación Legislativa, Ariel E. García: “Por ello el Concejo Municipal de San Carlos de Bariloche sanciona con carácter de ordenanza: Art. 1°) Se aprueba el texto que como Anexo I y Anexo II forman parte integral de la presente y reemplazan al Anexo I y II de la Ordenanza Tarifaria 2375-CM-12. Art. 2°) Se encomienda al Departamento de Digesto e Informática Legislativa la consolidación normativa de la presente ordenanza. Art. 3°) La presente entrará en vigencia a partir de la fecha de su promulgación. Art. 4°) De forma”.

Concejal Fernández: “Se incorporan las concejales Critina Painefil y Ana Marks. Vamos a invitar al Secretario de Hacienda Diego Quintana, quien fue designado por el Intendente para realizar la presentación del proyecto en trámite”.

Contador Diego Quintana: “Buenas tardes a todos. Bueno vamos a presentar el proyecto que resume la intención del Ejecutivo para los recursos propios del ejercicio fiscal 2019. Es un proyecto que tiene por abordaje específicamente incorporar algunas cuestiones nuevas que no estaban tratadas antiguamente y también la modificación de otras que hacen a la dinámica propia de la actividad de la Secretaría de Hacienda que hemos incorporado y también de otras áreas de la Municipalidad, en pos de incorporar o ampliar la base de sujetos imponibles o de hechos imponibles según el caso. Quería reseñar, tal como lo hicimos en la Audiencia Pública del Presupuesto, que en el año 2017, o sea, finalizando el año pasado, se suscribió el Pacto Fiscal. Este Pacto Fiscal entre Nación y provincias tenía por objetivo que derrame en los municipios cuestiones de convergencia o de límites, relacionados con cuestiones de endeudamiento. Nosotros hemos adherido a las pautas del Pacto Fiscal a través de una ordenanza recientemente y es el límite objetivo que nos rige al momento de efectuar el presupuesto; como así también, en el esquema equilibrado de los recursos y egresos, la Fiscal y Tarifaria qué se refiere específicamente a los ingresos. Nosotros partimos el año pasado de un Presupuesto programático con un total nominal de $1.902.000.000; ese presupuesto lo ordenamos en base a ejes de priorización. Esto también lo reseñamos en la Audiencia Pública de Presupuesto. Los ejes de la gestión para este año fueron en la aplicación específica de gastos, la recolección de residuos, el mantenimiento vial (todo lo que tiene que ver con la maquinaria de carpeta vial), parques y jardines, cámaras de seguridad, asistencia comunitaria y zoonosis. Eso quiere decir que todos los recursos que provinieron por parte del ejercicio fiscal 2018 fueron aplicados con este grado de priorización, o en este esquema piramidal, donde en primer lugar, como vértice de la pirámide estuvo la recolección de residuos. Las previsiones presupuestarias de la gestión para este año 2019 es específicamente abarcar los egresos con la aplicación de ingresos relacionados con el ejecutado o con la recaudación real, efectuando una racionalización en los gastos, específicamente con las vacantes, que representan una cuestión significativa en la mayor estructura de costos del Presupuesto nuestro. Vamos a sostener lo mismo que sucedió en 2018 con la limitación de las bacantes. Eso quiere decir que cualquier deceso, jubilación o renuncia, sea cubierto internamente. Las fiestas vamos a promover también su realización a través de fondos de patrocinio. Lo hemos hecho en casi todas las fiestas este ejercicio fiscal 2018. Específicamente la Secretaría de Turismo ha llevado adelante esa gestión y las fiestas realizado en forma exitosa. Los fondos específicos sin alteración de su destino. Le hemos dado al ejercicio fiscal 2018 y a todas las áreas que forman parte de la estructura administrativa municipal, la autoridad absoluta sobre la aplicación de los recursos que provienen de fondos específicos, considerando que, justamente, la aplicación tiene que ser de esa manera y hemos intentado en 2018 y vamos a proseguir en 2019, promover la disminución de los pasivos crónicos que tiene la Municipalidad. En relación a ello, hemos aplicado importantes recursos en acompañar la evolución que tienen específicamente los aportes y contribuciones al sindicato, al Soyem, porque eso representa el 80% de la estructura de costos de la Municipalidad e históricamente la dinámica sido financiarse entre otras cosas, no solamente con impuestos nacionales, sino también con descuentos que se le efectúan al personal y no se ingresaban a las cuentas destino. Esto lo hemos resuelto para el corriente de 2018 y estamos resolviendo también cuestiones que tienen que ver con lo histórico. Así es que en la Audiencia Pública pasada presentamos un Presupuesto programático con $2.445.000.000. Pasamos de $1.902.000.000 de 2018 a un proyecto de presupuesto de $2.445.000.000. Esto es un 28% más en relación interanual, con una estructura de recursos y los ingresos corrientes los determinamos en $2.182.000.000 y dentro de esos ingresos corrientes está la Tasa de Servicios Municipal que es el objetivo central por el cual se realiza la Audiencia Pública. Al menos así lo han establecido los constituyentes en la Carta Orgánica.

Reseñamos específicamente qué conceptos incluyen esta Tasa de Servicio Municipal. Los conceptos son los que en el proyecto del Ejecutivo están reseñados en el artículo 96. Específicamente: servicios directos, indirectos y potenciales, excepto barrido y limpieza de calles, plazas y veredas, recolección de residuos. Todos esos conceptos son los que la Tasa pretende cubrir. El objetivo central es la prestación de estos servicios y por contrapartida pretende digamos obtener de los contribuyentes emolumentos establecidos en base a una categorización que ahora vamos a ver en el cuadro. La base imponible está compuesta por la valuación fiscal que proviene de Provincia en nuestro caso, no tenemos una municipal hoy, por la cantidad de metros de frente de cada lote por el tipo de categoría inmueble y por la zonificación realizada. Si bien esto es por muchos conocidos quizá no lo es por todos y lo reseñamos a los efectos de comprender gráficamente lo que abarca la Tasa de Servicio Municipal y las prestaciones que pretende cumplimentar.

Se establecen categorías de inmuebles en relación a si está edificado o no, sí es baldío o no, si tiene mejoras el inmueble o no, si se corresponde con unidades funcionales o unidades complementarias y la Tasa se establece a través de un cálculo que proviene de una fórmula polinómica, donde interviene obviamente la composición de estos factores, la valuación fiscal, un valor universal y un valor establecido en pesos del metro de frente de cada lote. La zonificación que tiene la ciudad, para saber en qué tipo de zona está cada uno de los inmuebles es este gráfico que en su momento confeccionó la Secretaría de Desarrollo Urbano y divide en zonas, donde la Zona Cero es la roja, en Zona Uno es la azul, la Zona Dos la verde, la Zona Tres A es la amarilla y la Tres B es la violeta. Esto sirve a los efectos de identificar dónde está el inmueble de cada contribuyente, porque en relación a su ubicación es la aplicación en esta escala de la valuación fiscal; entonces lo que tiene que hacer un contribuyente es verificar en qué zona está en relación al plano de la ciudad, qué valuación fiscal tiene ese inmueble... Hay tramos de valuación de desde hasta un importe de la valuación fiscal. La valuación fiscal es la que viene determinada por la catastro de la Provincia y está tanto en la boleta de la Tasa de Servicio Municipal como en la tasa de impuesto inmobiliario provincial. Ubica la zona, ubica qué valuación fiscal tiene ese inmueble y es el coeficiente que se le aplica para conformar el primer componente de la valuación fiscal. Después se le suma el valor universal y el valor de metros de frente, que es un valor fijo para la fórmula. Una vez que establece digamos esta fórmula polinómica, se determina el valor de la Tasa. Lo que hemos hecho fue en este año, porque como dependemos específicamente de la valuación fiscal de la Provincia, al no tener determinada a la fecha la valuación fiscal, entendiendo que va a existir un aumento, así sucedió el año pasado. Lo que hicimos fue acomodar los tramos de valuaciones fiscales, en un 50%, a los efectos de que exista proporcionalidad en relación al aumento de la valuación fiscal con cada uno de los tramos o cada uno de los coeficientes que aplican a cada uno de los tramos. Y hemos ajustado los valores del módulo universal y de los metros de frente, que eran valores que no se habían ajustado el año pasado y que inciden de una manera insignificativa en el total de la Tasa, porque terminan en la fórmula no multiplicando sino sumando en su valor nominal.

Este gráfico resume específicamente el comportamiento que ha tenido en base al último censo poblacional, de 2010, el comportamiento que tiene la población en todas las ciudades del país y esto grafica que hacia 2010 y desde 1869 la tendencia ha sido que la población urbana representa casi el 95% del total de la población del país. ¿Qué quiere decir? Que todas las ciudades están creciendo, han crecido desde 1869, a un ritmo exponencial en relación a las población urbana que ha decrecido Esto para todos aquellos que formamos parte de las administraciones de los Estados en las diferentes jurisdicciones, ya sea nacional, provincial y municipal- tiene que tener por contrapartida que esto exige inmediatamente una demanda de prestaciones de servicio para todo este crecimiento digamos demográfico, en radicaciones urbanas. Acá podría explicar que el género del tango resume adecuadamente la idiosincrasia del argentino, porque el argentino está viviendo cada vez más en ciudades y no en pueblos como sucedía anteriormente, pero es una nota de color. En relación a esto nosotros planteamos como una cuestión central, explicando los números de lo que ha sido este año, un mito como título o como epígrafe. Y que es una percepción que sucede o que uno escucha en el lugar de administrador o de receptor de la comunicación con el contribuyente: que lo que se recauda en concepto de Tasa de Servicio Municipal, no se aplica el servicio. ¿A qué el servicio? Aquel veíamos como objeto de prestación en el artículo 96 del proyecto. Para este ejercicio fiscal de 2018 la Tasa de Servicios Municipal, en el ejecutado, o en el recaudado específicamente, ha recibido $247.000.000. Nosotros hicimos el desglose de todos los egresos que se ejecutaron y se  relacionaron con la Tasa en base a los servicios que mencionamos y el Estado municipal erogó 317.000.000, o sea casi 70 millones más de lo que recaudó la Taza. Pero sin embargo, hay una subejecución en relación a lo que el Ejecutivo se planteó erogar en esos servicios porque lo que está  presupuestado para esos servicios fue 393.000.000. O sea que hay un déficit relacionado con lo que requeriría la prestación de servicios con lo que efectivamente recauda la Tasa. Hay digamos egresos presupuestados no ejecutados por 145.000.000. Entonces, hay tres tipos de tasas: hay tasas que disminuyen el valor del inmueble, tasas que sostiene el valor del inmueble y hay algunas que lo mejoran, que pueden ser específicamente en las contribuciones por mejoras, que es una contrprestación directa que recibe el inmueble una obra que hace la administración y que permite que el inmueble adquiera mayor valor. Por eso la tasa en ese caso específico, mejora o  incrementa el valor del inmueble. Pero la tasa que sostiene el inmueble es la tasa que se presupuesta. Es lo que pretende el Ejecutivo realizar de prestaciones de servicio para con el inmueble que recibe el beneficio. Y acá podemos ver la diferencia entre lo recaudado en 2018 y lo presupuestado, que era la diferencia total del cuadro del principio. Esto tiene por contrapartida que existiría sobre la tasa, al menos desde lo presupuestado, desde el objetivo de la Administración un mayor ingreso. Pero el ingreso es el que viene determinado por la fórmula que recién vimos y que estaba establecida en ese cuadro . Pero vamos a detenernos en comparaciones que tienen que ver con la percepción. Porque si uno diría: bueno sin lugar a dudas implicaría que la tasa debería recaudar más por lo tanto la tasa debería ser mayor. Y ahí la percepción es que uno paga lo suficiente por la tasa porque no está dispuesto a pagar más. Vamos a comparar lo que son todas las valuaciones fiscales de San Carlos de Bariloche: representan 35 mil millones de pesos, es el 16,80% del total de la Provincia, y cuántas posiciones catastrales tiene Bariloche: que son 56.573 en 13,47% de la Provincia. El valor fiscal de un inmueble promedio en base a lo que está determinado por la Dirección de Catastro de la Provincia son u$d 20.000 o $740.000. Donde la Tasa de Servicios promedio es $4500 anuales o $400 por mes, si un dividiera lo que recaudó la tasa por la cantidad de posiciones catastrales que existen. Pero fíjense lo que sucede con los automotores: los automotores, se toma el valor promedio de la tabla de 2016, modelo 2016, para no tomar valores que estén relacionado con los automóviles cero kilómetro, el valor promedio es $250.000 y el valor del impuesto automotor es $800 por mes. ¿Cuántos vehículos hay radicados en Bariloche? 47.000 vehículos. ¿Qué quiere decir esto? Que hay 47.000 contribuyentes de un impuesto de aplicación difusa, que no tiene que ver con la aplicación directa, con un servicio directo sobre la ruta que transito, sino que aporta al nivel provincial de recaudación. Hay 47.000 contribuyentes que están dispuestos a pagar $800 por mes, sin saber o sin recibir directamente al servicio, y sin embargo considera que $400 por mes es una cifra límite o tope o que no estarían dispuestos a pagar más por la Tasa de Servicios Municipal. Esto tiene que ver con la percepción que tiene el contribuyente, relacionado con el valor de la Tasa. En algunos casos la Tasa obviamente es de más de $400 por mes y en otros casos seguramente es menos, pero ese es el valor promedio de la recaudación.

La Municipalidad en este  en este esquema de priorización que hablamos al principio, o el esquema piramidal de racionalización de gastos que nos hemos propuesto en el ejercicio fiscal 2018, hemos tenido por objetivo prestar la mayor cantidad de servicios posibles relacionados con la recaudación. Vimos en el ejemplo que todo lo recaudado fue aplicado a los objetivos de cumplimiento de la Tasa y aún en más, porque hemos aplicado más de lo que la Tasa recaudó. O sea que existieron otras tasas que colaboraron en prestar el servicio. Y, sin embargo, el servicio prestado, aún entendiendo y comprendiendo qué es lo que efectivamente se recaudó, seguramente es percibido como poco o que le falta. Por eso veíamos en el cuadro, en este, que nosotros estaríamos en el primer punto, en una tasa que disminuye el valor del inmueble. Nosotros deberíamos tener una tasa que al menos sostenga el valor del inmueble, una tasa que nos permita tener la ciudad que al menos se sostenga que al menos mantenga la infraestructura, mantenga la carpeta vial y mantenga o le dé la posibilidad de Municipalidad sostener la prestación continua y permanente del servicio que pretende cubrir con los objetivos. Estamos en una transición de pasar del 1 al 2 con la dificultad que plantea esta fórmula polinómica. Porque en realidad nosotros estamos trabajando para que la Tasa tenga una aplicación directa con el costo de la prestación del servicio. Esto va a llevar a que en un tiempo la tasa no tenga que ver en su determinación con esta fórmula, que está más relacionada con la capacidad contributiva, con el valor fiscal del inmueble, que con la prestación efectiva del servicio que tiene que hacer la Municipalidad. Eso va a llevar un trabajo arduo, un trabajo permanente con la Secretaría Desarrollo Urbano, que es la que evalúa estas cuestiones de planeamiento que tiene que tener en cuenta la ciudad en relación a este gráfico; porque el crecimiento exponencial de la población urbana tiene por contrapartida mayor cantidad o mayor demanda de servicios por parte del Estado municipal que es el que inmediatamente tiene que cubrir ese déficit de la prestación. En este caso puntual cualquier cuestión no planificada, o planificada en defecto tiene por contrapartida una mayor demanda por parte del Estado, que no permite que su ciudad crezca con una previsión o con una previsibilidad que le permita sostener en el tiempo una tasa acorde al servicio. Seguramente habrán escuchado más una vez que nuestra ciudad plantea en el casco céntrico de la ciudad una densidad poblacional muy baja, estamos en aproximadamente 100 habitantes por manzana. Lo que quiere decir que es el lugar donde mayor potencialidad de recaudación de servicios existe, la densidad poblacional aún es muy baja. En algún momento, todas las ciudades lo han resuelto creciendo en altura, todas las ciudades lo han resuelto aumentando la densidad por manzana porque es en esos lugares donde la infraestructura goza de potencialidad. Un desarrollo urbano alejado de las áreas donde se cuenta con infraestructura seguramente le demande el Estado municipal una prestación de servicio diferente y obviamente con un impacto significativo en la tasa.

Les quiero dejar siempre esta frase que es la que ponemos al final, la usamos siempre de fin o de corolario, porque tiene que ver con un ejemplo práctico de la ciudad que resolvió adecuadamente con las herramientas de la planificación no solamente con lo que tiene que ver con los rediseños de los códigos urbanos o de los códigos de planeamiento, sino también con incorporación de herramientas tributarias en la colaboración de la planificación. Nosotros desde la Fiscal y Tarifaria de 2018 estamos incorporando al Ejecutivo herramientas que le permiten morigerar esos defectos o la falta de planificación en el crecimiento de la ciudad. Lo mismo vamos a hacer este año. El proyecto contiene algunas cuestiones relacionadas con eso: con alentar o desalenatar actividades en el centro de la ciudad, porque consideramos que hay zonas que ya tienen que tener otro perfil. Esto en forma conjunta con la Secretaría Desarrollo Urbano que es la que plantea la ciudad del futuro, tratando de compaginar la situación contextual o la situación estructural que tiene la ciudad en base a la planificación en defecto o inexistente que ha tenido en ese momento. Esta ciudad lo ha resuelto, lo ha resuelto este hombre, al menos tres veces fue alcalde de esta ciudad. Hoy es una de las ciudades de renombre materia de planificación y que ha tenido como contrapartida que toda la sociedad se involucró en ese cambio. Obviamente que el sinceramiento tiene que ver con esta diferencia entre lo que efectivamente recauda la tasa y lo que el Ejecutivo se plantea como objetivo para una prestación de al menos una tasa que sostenga el valor del inmueble. Muchas gracias”.

Concejal Julia Fernández: “Gracias contador Quintana. Se incorporan los concejales Carlos Sánchez, Claudia Contreras, Gerardo Ávila y Viviana Gelain. La autoridad de la audiencia abrirá las exposiciones en base a las órdenes de inscripciones. Cada exposición tendrá un plazo máximo de cinco minutos, según lo establecido en la Resolución 572-CM-18 y las exposiciones serán dirigidas a la autoridad de la audiencia. Se invita en primer término a Santiago Cantaluppi”.

Sr. Santiago Cantalupi: “Bueno, buenas tarde. Bueno, Julia, primero concuerdo contigo, algo no funciona en la metodología de audiencias públicas. Leí la nota del otro día. A lo mejor es su carácter de no vinculante, o lo que es peor: la indiferencia que a veces se atiende en las inquietudes de la ciudadanía a la hora de comparecer a las mismas. Vengo a decir unas pocas palabras referidas a la Ecotasa: vengo a pedir respeto a las más de 11.000 firmas de vecinos y las más de 5.000 firmas de turistas que se juntaron en menos de 15 días y de algunos concejales también que acompañaron el “No a la Ecotasa”. Esas firmas que se manifestaron en contra de cobrar un impuesto a los turistas. Pido respeto al pedido de la Corte Suprema de Justicia de la Nación mientras revisa el expediente de la demanda que firmamos 115 establecimientos hoteleros y 2 turistas. Lo que se quiso publicitar como un impuesto virtuoso terminó siendo un manotazo de ahogado para recaudar más dinero y que sólo sirve para seguir levantando muros, encareciendo el destino y despertando antipatías con nuestros visitantes a cambio de nada o muy poco. Se está estimulando la competencia desleal. Los alojamientos informales no recaudan ni abonan Ecotasa entre otras tasas e impuestos. Quedó perfectamente demostrada la falta de inteligencia, audacia y efectividad del Municipio para llevar adelante proyectos de estas características. Sólo pudimos confirmar la insaciable voracidad de una administración que sólo piensa en recaudar y recaudar. Una administración llena de buenas intenciones pero un poco vacía de provectos. ¿Cuánto más se necesita? Nunca alcanza. Nada es suficiente. Los fondos de la Ecotasa están estacionados en los bancos generando intereses. El año que viene 2019, la ordenanza de la Ecotasa dispone su fin el 10 de diciembre. Actuemos de manera correcta. Suspendan la Ecotasa hasta tanto se resuelva la legalidad de la misma. Tengamos apego por las normas. Y me voy con una pregunta: ¿Qué nos paso? Listo”.

Concejal Julia Fernández: “Muchas gracias. Vamos a llamar en segundo término a Clara Teresa Búa, también con cinco minutos...”

Sra. Clara Teresa Búa: “Hola buenas tardes, yo soy arquitecta y vengo en nombre, representando al Colegio de Arquitectos y ahora voy a leer una copia de la nota que se presentó al Presidente del Concejo Municipal y a los representantes de la distintos bloques con las observaciones que tenemos en particular sobre la Tasa de Seguridad e Higiene. Nos dirigimos a Usted y por su intermedio a todos los Concejales Municipales que integran el cuerpo, en relación al Proyecto de Ordenanza  1057/18, presentado por el Intendente Municipal, con la colaboración del Jefe de Gabinete y del Secretario de Hacienda, mediante el cual se pretende modificar los Anexos I y II de la Ordenanza Tarifaria  2375-CM-12. Al respecto, y de su análisis, hemos observado que en el artículo 8 del Anexo l; Libro Primero, Parte General, Capítulo Único, entre otras actividades y rubros gravados con la Tasa de inspección Seguridad e Higiene, se contempla incorporar a la norma tarifaria, a los "Servicios de Arquitectura e Ingeniería y Servicios Conexos de Asesoramiento Técnico N.C.P.”. En primer lugar, debemos decir que, de aprobarse ello resultaría a todas luces ilegal e inconstitucional, ya que vulnera los artículos 4, 16, 17 y 75 inciso 2º de la Constitución Nacional y transgrede los Regímenes Federal y Provincial de Impuestos; así como de los artículos 94, 231 de la Constitución Provincial y artículo 100 de la Carta Orgánica Municipal, ya que gravaría con la Tasa de Inspección, Seguridad e Higiene la actividad profesional que este Colegio representa. Además, debemos aclararle que sobre el particular existe sobrada y unánime jurisprudencia, tanto de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, como de los máximos tribunales provinciales, incluido el de la Provincia de Río Negro en Colegio de Arquitectos Río Negro, de San Carlos de Bariloche S/ Acción De Inconstitucionalidad (Artículos Ordenanzas 2374-CM-12 y 2375-CM-12 S. C. de Bariloche) Nº 26377/13. Asimismo, el proyecto cuestionado viola la garantía constitucional de igualdad ante la ley (Art. 16 CN y pactos internacionales sobre Derechos Humanos que por imperativo del inciso 22 del artículo 75 de la Constitución Nacional) tienen jerarquía constitucional tales como por ejemplo la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre; la Declaración Universal de Derechos Humanos; la Convención Americana sobre Derechos Humanos; el Pacto Internacional de Derechos Económicos. Sociales y Culturales, etc. ya que afecta injustificadamente, de manera arbitraria e inconstitucional, solamente a los arquitectos e ingenieros, y no a todas tas profesiones liberales, incurriendo en actos discriminatorios previstos en la Ley 23592. Por todo lo expuesto, solicitamos que se suprima del proyecto en cuestión, el texto referido. Asimismo, ofrecemos reunirnos con el Concejo en pleno, para explicar lo expresado. A todo evento, desde ya se reserva la acción de inconstitucionalidad y la cuestión federal, si no se hiciera lugar a lo planteado y se aprueba el proyecto con la referencia a nuestra profesión. Eso es todo. Muchas gracias”.

Concejal Julia Fernández: “Muchas gracias, para realizar una aclaración, la nota ya ha sido ingresada por Comisión Legislativa y ha sido derivada a la Comisión de Economía, pero el proyecto todavía no había ingresado a la Comisión de Economía con la cual en la próxima comisión... Igualmente, más allá que planteó también lo realiza Audiencia Pública y obligatorio que lo tratemos en la comisión, va a ser tratado y nos comunicaremos con ustedes. Gracias. Pasamos a convocar al tercer inscripto que ha solicitado una extensión de plazo, la cual le hemos otorgado. Así que invitamos al contador Ángel Vainstein a acercarse, por favor”.

Sr. Ángel Vainstein: “En primer lugar una aclaración: no soy contador, soy licenciado en Economía y antropólogo”.

Concejal Julia Fernández: “Bueno, licenciado”.

Sr. Ángel Vainstein: “No es una ofensa, discúlpeme Quintana. No no tengo ningún problema con los contadores. Si me permite Sra. Presidenta, antes de empezar a girar las agujas del reloj, quiero compartir con usted su preocupación planteada de los medios de comunicación, respecto a la falta...”.

Concejal Julia Fernández: “Perdón, en la exposición sí o sí para hacer en igualdad de condiciones tiene que correr el reloj. No hay problema”.

Sr. Ángel Vainstein: “Entonces ¿se lo puedo decir cuando termino?”.

Concejal Julia Fernández: “¿Cómo no? Podemos conversar de lo que quiera”.

Sr. Ángel Vainstein: “Perfecto. Bueno, en primer lugar con respecto a la Tarifaria, me resulta realmente una cuestión muy extraña tratar un proyecto de Ordenanza Fiscal y Tarifaria después de haber tratado en la Audiencia Pública un Presupuesto, dado que la Ordenanza Fiscal y Tarifaria es el corazón de los ingresos presupuestarios. ¿Cuál es realmente la cifra de los ingresos? La que discutimos en el Presupuesto, en la Audiencia Pública por Presupuesto o la que va a surgir de la Ordenanza Fiscal y Tarifaria. Desde el punto de vista técnico, desde el punto de vista contable, desde el punto de vista impositivo, no podemos saber cuál será el monto de los impuestos a recaudar si no hacemos una simulación, o sea si no hacemos una facturación simulada para saber realmente cuál va a ser el monto de los impuestos recaudados. Por otro lado, y desde el punto de vista impositivo y del punto de vista de la legalidad, sobre todas las cosas, acá se dijo la legalidad de las tasas, es necesario conocer el costo de los servicios. Jamás se ha informado el costo de los servicios.

Respecto de lo que se planteó aquí de la Ecotasa, estamos a favor de la Ecotasa, estamos a favor de los impuestos municipales, porque estamos a favor de la autonomía municipal. Si nosotros vemos la ejecución de los ingresos presupuestarios al 30 de octubre 2018 vemos que tasas y derechos de ejercicios anteriores, recaudado $0 sobre $52.000.000; de moratoria de $4.050.000, recaudado $38.473; de recupero de obra, dos millones recaudado $24.133. Sí hay recaudados intereses.  Evidentemente hay fondos depositados y hay $7.768.000 ingresados por intereses al 31 de octubre de 2018. Si comparamos la Tasa de Servicios Municipales y la Tasa por Seguridad e Higiene -solamente les digo las conclusiones porque sino no me da el tiempo- podemos ver que en el año 2017 la sobre ejecución fue del 13%. ¿Si? En Tasa de Seguridad e Higiene. Y en el 2018 un 24%. Sin embargo, de la Tasa de Servicios Municipales, la que pagamos todos los vecinos, no solamente los comerciantes y empresarios, fue del 36% en 2017 y del 41% en 2018. Tengamos en cuenta que la Tasa de Seguridad e Higiene y la tasa ABL representan el 56% de los ingresos de jurisdicción municipal. Estimación de la evasión y elusión fiscal en la Tasa de Seguridad e Higiene. Un estudio de la Universidad de Río Negro del año 2015 estima en u$d 2.150.000.000 el producto de San Carlos Bariloche. Si de ese producto tomamos en 55,40% que representa lo que es la construcción, hotelería, restaurantes y comercios de San Carlos de Bariloche nos da un valor de u$d 1.191.000.000. Que a una tasa promedio de acuerdo a la Tarifaria, que es del 1,50%, no da el u$d 17.866.000, a un dólar a $37, esto significaría que la recaudación de la Tasa de Seguridad e Higiene tendría que estar en el orden de los $661.000.000 y acuerdo a lo que presentó el Secretario de Hacienda y de acuerdo a lo que vimos en el Presupuesto no llega a la mitad.

El artículo 100 de la Carta Orgánica dice que la Tarifaria, o sea todo lo que tiene que ver con lo impositivo se tiene que basar en el principio de legalidad, progresividad, proporcionalidad, capacidad contributiva, uniformidad, simplicidad, certeza, no confiscatoriedad. Veamos un sólo ejemplo porque nada al tiempo 10 minutos para hacer una análisis exhaustivo. Necesitaríamos horas. Pero este es un botón de nuestra. Tasas de la ordenanza que está en tratamiento y que se intenta aprobar: Servicio de salud discoteca: 4%. Banca, entidades financieras: 4%. Realización de trabajos de tatuajes y piercings: 4%. ¿Qué tiene que ver esto con el artículo 100 de la Carta Orgánica que nos habla de equidad? Por otra parte hay un artículo de la Carta Orgánica, el artículo 136, que habla del Fondo Fiduciario para Atender las Necesidades Más Urgentes. Estamos en plena emergencia en Bariloche: emergencia alimentaria, emergencia social y emergencia en violencia de género. Sin embargo, cuando se presenta la Tarifaria y se fijan las prioridades, lo vimos hace un ratito, el tema social está en el sexto lugar. Está antes Parques y Jardines. Este Fondo Fiduciario, y lo digo para los señores concejales también, jamás fue aplicado y esto lo manda la Carta Orgánica en su artículo 136.

La Ordenanza Fiscal dice también, en su artículo primero, que ningún tributo puede ser exigido sino en virtud de la ordenanza previa. Esto lo hago referencia a la ordenanza, a la cual voy a hacer referencia posteriormente, y que se debe definir el hecho imponible claramente, indicar el contribuyente o sujeto pasivo de gravamen, los responsables solidarios, determinar la base imponible y fijar el monto por alícuota correspondiente al tributo. Tasa de Protección Ciudadana: lamentablemente no se ha expuesto aquí sobre este tema pero está incluido en la Ordenanza Fiscal y Tarifaria. Habla de un hecho imponible que es la contraprestación que exigirá la Municipalidad por tarea de servicio de monitoreo, vigilancia, sistema de asistencia temprana. Y la base imponible, y acá hay una aberración desde el punto de vista jurídico, desde el punto de vista legal y desde el punto de vista de la técnica presupuestaria, la base imponible de la presente tasa está constituida por un monto fijo mensual. O sea que la base imponible es el precio. Cuando hablamos de seguridad e higiene, decimos que la base imponible es la facturación; cuando hablamos de la tasa por propaganda, decimos que es la colocación un cartel en la vía pública; ¿cómo va a ser la base imponible el precio que se fija por esta tasa que se intenta aplicar? Bueno han aparecido en los medios diferencias entre los concejales del bloque oficialista. Me alegro que así sea. Seguramente la actitud que tienen permanentemente de votar en bloque todo lo que el Ejecutivo define, en este caso le da vergüenza sinceramente aprobar una ordenanza de estas características. Quilmes S.A. c/ Provincia de la Rioja, Corte Suprema; no lo voy a leer, pero acá muestra claramente y está un fallo  de la Corte Suprema de la Nación que muestra claramente la absoluta inconstitucionalidad de la tasa que se pretende incluir en la ordenanza fiscal y tarifaria.

Respecto de la ordenanza y respecto de las prioridades que fija el Poder Ejecutivo: ¿Qué tal si probamos con políticas que han demostrado sus frutos en el combate contra la inseguridad como son la educación, el trabajo y acceso a derechos? ¿Qué tal si ejecutamos la ordenanza de plusvalía urbana que hace años figura con ejecución cero y es una fuente ingreso importantísima para el Municipio? ¿Qué tal si ejecutamos lo ordenado por la Carta Orgánica que recién mencionaba sobre la constitución del Fondo Fiduciario para Atender las Necesidades Más Urgentes? ¿O es que no hay necesidades urgentes? ¿O es que Unicef no determinó en un relevamiento en el mes de octubre que el 30% de los niños y niñas de Bariloche es pobre y que el 15% es extremadamente pobre? ¿Qué tal si incrementamos el ridículo canon para el cerro Catedral? 25% de incremento sobre 2018 con una inflación estimada en el 2018 del 50%. ¿Qué tal si exigimos a Nación y Provincia la justa reparación histórica que Bariloche merece? Porque, contador Quintana, es exacto lo que usted decía respecto del aumento de la población, pero la población de Bariloche duplica el promedio del crecimiento de la población nacional y además Bariloche recibe 700.000 turistas al año que utilizan sus servicios. El Observatorio por el Derecho a la Ciudad ha demostrado en una nota que ha presentado recientemente que estamos en una crisis total de infraestructura en Bariloche ¿Qué tal si respetamos la Convención Internacional de los Derechos del Niño a la cual nuestra Carta Orgánica adhiere en el artículo 198? ¿Por qué no una policía urbana tributaria para terminar con la tremenda evasión y elusión fiscal? Soñemos y trabajemos por una ciudad menos desigual y tendremos una ciudad más segura. Gracias”.

Concejal Julia Fernández: “Gracias licenciado Vainstein”.

Sr. Ángel Vainstein: “¿Ahora sí le podría decir algo más?”.

Concejal Julia Fernández: “No, porque está... ah le quedan 17 segundos, pero no es un diálogo es una exposición y ya la ha finalizado”.

Sr. Ángel Vainstein: “Pero, me lo había permitido...”

Concejal Julia Fernández: “No, no. Le digo que después podemos conversar, no hay ningún problema y por respeto a los que quieren realizar preguntas... gracias.”

Sr. Ángel Vainstein: “Lástima que no se pueden hacer públicas las cosas que nos preocupan”.

Concejal Julia Fernández: “Muchas gracias. Bueno en relación a la recepción de preguntas, el público podrá realizar preguntas únicamente por escrito en los formularios entregados por la autoridad convocante de la audiencia. Las mismas deberán dirigirse a quienes hubieren participado previamente en carácter de oradores. Vamos a hacer  un cuarto intermedio para ordenar las preguntas. Personal del Concejo entregará este formulario para realizarlas, analizaremos cada una de ellas, realizaremos un cuarto intermedio de 5 minutos. Siendo las 15:48 h hacemos un cuarto intermedio de cinco minutos”.

Siendo las 15:48 h se inicia un cuarto intermedio.

Siendo las 15:53 h se retoma la audiencia pública.

Concejal Julia Fernández: “Damos por finalizado el cuarto intermedio. ¿Quieren tomar asiento? ¿Se encuentra presente Daniel Moyano? Muchas gracias. Hay una sola pregunta del Sr. Daniel Moyano y el destinatario es el contador Quintana: ¿Por qué considera usted un mito que lo que paga el contribuyente por tasas de ABL no regresa en servicios? Ejemplos: calle Mitre, calle 12 de Octubre, déficit de mantenimiento de plazas, pluviales de calle Furman inconclusos desde hace años. Tiene 2 minutos para responder la pregunta”.

Contador Diego Quintana: “Bueno, en realidad, la denominación del mito o la inclusión del mito como parte del epígrafe de la filmina, tiene que ver con una cuestión de percepción que existe en relación al destino que tienen siempre los fondos qué aporta el contribuyente, en especial en este caso particular a la Municipalidad, pero en general al Estado. Y a veces, esa crisis que existe de confianza en la sociedad, entre el contribuyente y el administrador del Estado, repercute en que se constituya como un mito. Y el mito es justamente eso, es la construcción de una realidad a través de una interpretación. Es que el contribuyente interpreta que lo que aporta al Estado no cumple el objetivo o no tienen la finalidad por el cual se la requirió que aporte. En el caso específico de la pregunta que hacías, relacionada con la 12 de Octubre o con la calle Mitre, eso tiene que ver con aportes que hace el contribuyente en carácter de impuesto. El impuesto tiene una aplicación difusa y es la diferencia conceptual para con la tasa. La tasa, así como bien lo explicaba el licenciado Vainstein desde su concepción, tiene que ver con una aplicación directa del beneficio que recibe el contribuyente con lo que paga, en el emolumento que paga. En el caso de los impuestos esa  aplicación o ese beneficio es difuso porque se aporta para cumplir con el sinfín de obligaciones que tiene el Estado, en este caso el Estado provincial, donde no solamente tiene como obligación la infraestructura de todas las ciudades, sino también la seguridad, la educación, etc. En el caso puntual de la obra de la calle Mitre, los fondos con los cuales se ejecutó esa obra, imagino que se estará refiriendo a la obra que quedó inconclusa o con algún déficit de finalización, ha tenido que ver con recursos que provenían de jurisdicciones superiores y no desde la Municipalidad. Por eso la incorporación del mito tiene que ver con eso, con la construcción que existe de la realidad”.

Voz fuera de micrófono.

Contador Diego Quintana: “Bueno, en ese caso puntual nosotros tuvimos que hacer una repavimentación porque la consideramos una arteria principal de la ciudad, aún no siendo jurisdicción de la Municipalidad. Es de una jurisdicción superior, específicamente esa calle. Pero considerando que es una arteria principal de la ciudad, el Intendente Gustavo Gennuso ha interpretado que la Municipalidad debería incorporar en el mantenimiento de la carpeta, recursos municipales”.

Concejal Julia Fernández: “Muchas gracias. Agradecemos la presencia de las autoridades y siendo las 16:01 h damos por cerrada la audiencia pública”.

 

 

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