ORDENANZA N° 2064-CM-10

 

 

DESCRIPCION SINTETICA: ESTABLECER “UNA NOCHE SIN ALCOHOL” EN TODO EL EJIDO DE BARILOCHE.

 

 

ANTECEDENTES

 

 

Ley Nacional 24.788: “Prohibición en todo el territorio nacional de expendio bebidas alcohólicas a menos de 18 años”, y sus modificatorias.

 

Ley Provincial 3.770: “Reglamenta la venta y uso de bebidas de cualquier tipo de graduación”.

 

Declaración de interés provincial 08/2008.

 

Declaración de interés provincial 632/2009.

 

Carta Orgánica Municipal.

 

Ordenanza 1166-CM-01.

 

Ordenanza 1792-CM-07.

 

Ordenanza 2033-CM-10: “Calendario de conmemoraciones, efemérides y festividades municipales”.

 

Ordenanza 2033-CM-10, Anexo I, Capítulo XIII: “Jornada un día sin auto”.

 

Declaración de interés municipal 1420-CM-09.

 

Nota periodística Diario Digital Agencia de Noticias Bariloche, 31 de agosto de 2008.

 

Nota periodística Diario Río Negro, 6 de septiembre de 2008.

 

Nota periodística Diario Baradero Hoy, 30 de abril de 2009.

 

FUNDAMENTOS

 

El 6 de septiembre del año 2007, en nuestra ciudad, se produjo un trágico accidente en el que perdieron la vida cuatro adolescentes de  14 a 17 años. El mismo ocurrió en la Avenida Bustillo a la altura del Km. 1,800, cuando volvían a sus hogares, en estado de ebriedad, después de salir de un boliche bailable.

 

En julio del año 2008, al acercarse el primer aniversario de la muerte de los cuatro adolescentes todos ellos pertenecientes al barrio Virgen Misionera, familiares, amigos, organizaciones e instituciones, se reunieron para trabajar sobre la problemática del alcohol en los jóvenes, en un espacio que denominaron “Mesa 6 de Septiembre”. 

 

En este espacio se comenzó a trabajar en diferentes líneas para abordar esta problemática; así nace una jornada que pretende desterrar la idea que diversión va de la mano del alcohol; esta jornada se denominó “Una noche sin alcohol”. La primera se llevó a cabo el 6 de septiembre de 2008, en el gimnasio municipal Nº 1; contó con una concurrencia masiva de jóvenes. En la misma se realizaron actividades recreativas, culturales y deportivas, bajo el concepto de que los jóvenes se pueden divertir sin necesidad de tomar alcohol.

 

Esta actividad fue declarada de interés social y educativo por la Legislatura Provincial por la resolución 03/2008, entre los fundamentos se rescataba un valor esencial del evento: “vela por la integridad física y psíquica de los más jóvenes”.

 

La Mesa 6 de Septiembre siguió trabajando, y a pedido de los mismos jóvenes, repitió la experiencia el 28 de noviembre de 2008; la misma tuvo un contundente éxito y una mayor repercusión. Asimismo, en el año 2009 se repitió la jornada, esta vez el 5 de septiembre, al cumplirse el segundo aniversario de la muerte de los cuatro jóvenes. En esta oportunidad fue declarada de interés municipal, bajo la Declaración 1420-CM-09 y nuevamente declarada de  interés provincial por la Declaración 632/2009.

 

Lamentablemente, en estos últimos años, el consumo de alcohol en los jóvenes ha aumentado de manera alarmante y cada vez es más baja la edad de inicio de consumo. En nuestro país hay más de 1.265.000 alcohólicos mayores de 16 años, pero un dato alarmante es que unos 800.000 menores de entre 12 y 15 años, ya consumen alcohol regularmente.

 

Estas cifras dan cuenta de lo grave que es esta problemática en nuestra sociedad; lo que pone de manifiesto la necesidad de fomentar actividades que puedan desarrollar los adolescentes sanamente, en espacios que los contengan, donde puedan vivenciar experiencias de diversión sin el alcohol de por medio. 

 

El objetivo de las jornadas “Una noche sin alcohol” es crear conciencia en la comunidad en relación al consumo de alcohol en los jóvenes, además de brindar espacios de contención para que ellos puedan disfrutar de una noche con sus pares sin necesidad del consumo de alcohol, sin poner en riesgo su salud e integridad física. La apertura de estos espacios, y que se pueda reflexionar con los jóvenes en relación a esta realidad, es un buen comienzo para erradicar esta problemática.

 

Al acercarse el tercer aniversario de la muerte de los cuatro jóvenes, que marcó a toda la sociedad barilochense, la Mesa 6 de Septiembre, se prepara para una nueva “Noche sin alcohol”.

 

En este sentido queda claro la importancia de este espacio, que hoy depende sólo de la voluntad de un sector reducido de la sociedad. Por ello creemos que el Estado debe participar activamente de esta oportunidad de cambio que se presenta. Para ello se debe establecer un marco legal que permita la continuidad de la jornada, donde no dependa sólo de la buena voluntad de algunos comerciantes y empresas de Bariloche. Es necesario que toda la comunidad forme parte de este proyecto, que nos hagamos cargo de nuestra devastadora realidad y para ello es fundamental que ayudemos a aquellos que por iniciativa propia comenzaron con esta tarea, sobre todo por lo que significa para nuestra comunidad.

 

 

AUTORES: Concejales Silvia Paz, Prof. Alfredo Martín (FPV-FG); Daniel Pardo (PPR); Laura Alves (CpD) y Dr. Darío Rodríguez Duch (ARI).

 

INICIATIVA: Mesa 6 de Septiembre.

 

El proyecto original Nº 662/10, con las modificaciones introducidas, fue aprobado en la sesión del día 19 de agosto de 2010, según consta en el Acta Nº 948/10. Por ello, en ejercicio de las atribuciones que le otorga el Art. 38 de la Carta Orgánica Municipal,

 

 

EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN CARLOS DE BARILOCHE

SANCIONA CON CARÁCTER DE

 

ORDENANZA

 

Art.  1°)

Se modifica el Anexo I de la Ordenanza 2033-CM-10, incorporando el Capítulo XVII el que quedará redactado de la siguiente manera:

 

“Art. 43º) Se instituye para el primer sábado, igual o posterior al 6 de septiembre de cada año, “Una noche sin alcohol”, en todo el ejido de San Carlos de  Bariloche.

Art. 44º) A los efectos de cumplir con lo dispuesto en el artículo 43º de la presente, se prohíbe la venta, expendio o suministro de todo tipo de bebidas alcohólicas, al copeo o en envases cerrados, en todo el ejido de San Carlos de Bariloche, dentro del período comprendido entre las 20:00 de dicho día y las 08:00 horas del día siguiente.

Art. 45º) La autoridad de aplicación y de fiscalización de la presente ordenanza será la Dirección de Inspección General y aquellas áreas que ésta determine.

Art. 46º) El incumplimiento de la prohibición establecida en el artículo 44º de la presente, será sancionado con multa de 500 a 2000 módulos fiscales y clausura por diez (10) días seguidos del local comercial.

Art. 47º) El Ejecutivo Municipal destinará los importes recaudados por la aplicación de la presente ordenanza para organizar campañas de prevención, educación y fomento de actividades que despierten interés positivo en los jóvenes. Asimismo deberá proveer los gimnasios para la realización de las actividades de “Una noche sin alcohol”.

 

Art.  2°)

 

Se modifica el Anexo II de la Ordenanza 2033-CM-10, en el cual se deberá incluir en el calendario  “Una noche sin alcohol”.

 

Art. 3º)

 

Se invita a todos los concejos deliberantes de la Provincia de Río Negro a adherir a esta norma.

 

Art. 4º)

La presente entrará en vigencia a partir de su promulgación.

 

Art.  5°)

Comuníquese a todos los Concejos Deliberantes de la Provincia de Río Negro. Publíquese en el Boletín Oficial. Tómese razón. Cumplido, archívese.