ORDENANZA N° 1887-CM-08

 

 

 

DESCRIPCION SINTETICA: ADHERIR LEY PROVINCIAL 4.200 Y SUS MODIFICATORIAS. SISTEMA PROVINCIAL DE SEGURIDAD PÚBLICA.

 

ANTECEDENTES

 

Ley Nacional 24.059.

 

Ley Provincial 3.529.

 

Ley Provincial 4.200.

 

Ley Provincial 5.055.

 

Ordenanza 1332-CM-03.

 

Resolución 2.246/03.

 

 

 

FUNDAMENTOS

 

 

Habiéndose tenido en cuenta que por convenio entre el  Ministerio de Gobierno de la Provincia de Río Negro y la Municipalidad de San Carlos de Bariloche se constituyó oportunamente el Foro de Seguridad en nuestra ciudad, viendo la necesidad de garantizar la seguridad en libertad, observando el cumplimiento de los derechos constitucionales de los ciudadanos, hizo que los organismos provinciales pertinentes que tienen a su cargo no sólo la seguridad, sino también toda la problemática concerniente a la minoridad y a la familia, hayan trabajado conjuntamente con el Municipio y las instituciones que conformaban el Foro de Seguridad, como así también los vecinos interesados en la temática evaluando la situación y proponiendo los cambios que surgieran como necesarios. Según lo expuesto en la Ordenanza 1332-CM-03, a través de la cual se expresó la necesidad de adherir a la Ley Provincial 3529, que en su artículo 1° “crea los Consejos de Seguridad Local preventiva en todo el territorio de la provincia de Río Negro” e invita en su artículo 7° a los municipios a adherir a esta ley.

 

Asimismo es necesario abrogar la Ordenanza 1332-CM-03 ya que la misma se superpone con una ley sancionada con posterioridad, Ley Provincial 4.200 Sistema provincial de Seguridad Pública.

 

Se concluye la necesidad de adherir a la Ley Provincial 4.200 que en su título I capítulo I, artículo 3°, inciso h, propone establecer los mecanismos de coordinación y colaboración con los municipios que se adhieran al presente sistema, para la prevención, investigación y persecución de contraventores. El sistema provincial de Seguridad Pública dependiente de la Secretaría de Seguridad y Justicia, estará integrado además de otros organismos por los Consejos Locales de Seguridad Ciudadana.

 

El plan de trabajo a aplicar será de prevención integral, con la finalidad de desarrollar una política de estado en prevención, que atienda de una manera integral la problemática de la seguridad  pública, articulando los esfuerzos de los distintos organismos gubernamentales y no gubernamentales en el desarrollo de estrategias que tengan como eje la participación ciudadana en la reconstitución de redes comunitarias y que promuevan el desarrollo humano para el logro de una mejor calidad de vida; estimular y promover la cultura de la prevención a través de la comunidad y la capacitación de los actores sociales; promover la participación y el compromiso social para el diseño e implementación de estrategias de prevención integral; desarrollar estrategias sociales, educativas, culturales, organizativas y toda otra que con la intervención participativa de la comunidad, tiendan a modificar las condiciones que impulsan a los problemas de seguridad.

 

La participación ciudadana será promovida desde la creación de los Consejos Locales de Seguridad Ciudadana. El Consejo de Seguridad Ciudadana en San Carlos de Bariloche estará integrado por distintas organizaciones gubernamentales, no gubernamentales y miembros de la comunidad según el siguiente detalle:

 

a)          Funcionarios municipales.

b)          Máxima autoridad policial del municipio.

c)          Bomberos.

d)          Personal de Defensa Civil.

e)          Representantes de organizaciones de la sociedad civil.

f)           Representantes de instituciones escolares de todos los niveles educativos.

g)          Sectores empresariales.

h)          Representantes de centros de atención de salud.

i)Representantes de juntas vecinales.

 

El Consejo Local de Seguridad tiene la misión de instalar la participación activa solidaria de toda la comunidad con las funciones de la seguridad pública en el ámbito municipal en un espacio de intercambio y cooperación entre la comunidad local, las autoridades municipales y la Policía de la Provincia en materia de seguridad pública; formular sugerencias, propuestas y/o solicitar informes a los titulares de las comisarías, subcomisarías y destacamentos policiales; promover el fortalecimiento del vinculo entre la institución policial, el gobierno local y la comunidad a través de un trabajo en conjunto que potencie los recursos existentes en cada municipio; informar a la comunidad acerca de toda cuestión o asunto atinente a la seguridad pública, proponer actividades de capacitación, formación y actualización para todos aquellos actores relacionados con la seguridad ciudadana. Su responsabilidad es además diseñar y llevar a cabo compañas publicitarias y  concientización en materia de prevención de adicciones, de violencia escolar, de violencia familiar, en prevención del delito y toda otra cuestión relacionada a la seguridad ciudadana; entender en cuestiones vinculadas a la defensa civil en el ámbito municipal; invitar a los poderes legislativo y judicial de la Provincia de Río Negro y a las fuerzas de seguridad nacionales con asiento en cada municipio a participar del Consejo de Seguridad Ciudadana. 

 

 

AUTOR: Intendente Municipal, Sr. Marcelo Cascón.

 

 

COLABORADORES: Secretario de Gobierno y Participación Ciudadana, Dr. Nelson Vigueras y Sra. Directora General de Seguridad Ciudadana, licenciada María del Carmen García Seoane.

 

 

 

El proyecto original Nº 246/08, con las modificaciones introducidas, fue aprobado en la sesión del día 18 de diciembre de 2008, según consta en el Acta Nº 919/08. Por ello, en ejercicio de las atribuciones que le otorga el Art. 38 de la Carta Orgánica Municipal,

 

EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN CARLOS DE BARILOCHE

SANCIONA CON CARÁCTER DE

 

ORDENANZA

 

 

Art.  1°)

Se abroga la Ordenanza 1332-CM-03 en todos sus términos.

 

Art.  2º)

Se adhiere a la Ley Provincial 4.200 y sus modificatorias: Sistema Provincial de Seguridad Pública.

 

Art.  3º)

Comuníquese. Publíquese en el Boletín Oficial. Tómese razón. Cumplido, archívese.