ImageLunes 18 de mayo del 2009. Siendo las  11:20 hs, da comienzo esta comisión, presidida por el Concejal Hugo Cejas, estando presentes los ediles, Silvana Camelli, Alfredo Martín, Silvia Paz  y la Secretaria del Bloque Concertación Patricia Rodríguez.
Según lo establecido se recibe la visita del Sr. Roberto Sábato de la Secretaría Municipal de Turismo y  se comienza dando tratamiento al Proyecto de ordenanza n° 279-cm-09. Descripción sintética: reglamentación de inscripción anual  para alojamientos habilitados que vayan a alojar turismo  estudiantil. AUTOR: Concejales Hugo Cejas, Darío Barriga. Colaborador: Guillermo Corbella.

Este proyecto se fundamenta en que varios años han transcurrido desde la entrada en vigencia de la Ordenanza Nº 1051-CM-00, la cual buscó dar un ordenamiento legal a la generación del hacinamiento (instalación de 5 camas/plazas) que se provocaba en las habitaciones que se vendían al turismo practicado bajo la modalidad estudiantil.

En el citado lapso la ordenanza mencionada ha tenido buenos y regulares resultados, nos referimos a los buenos cuando hablamos del control y efectiva concientización en el sector empresario de evitar la instalación de 5 camas/plazas por habitación, tema que fue el que generó la creación de ese marco normativo. Pero con respecto a la distribución de las camas/plazas adicionales que se autorizan por sobre las homologadas a los establecimientos que se inscriben anualmente para trabajar esta modalidad, se han dado distintas distorsiones en la interpretación de la norma, dado que al no especificar de acuerdo a los espacios reales de cada habitación, la posibilidad de incorporar esa cama adicional en tipo cucheta o cama baja, se están generando bajas sustanciales en la calidad del servicio. Merma la calidad, dado que al instalarse camas/plazas adicionales bajas en habitaciones que por sus dimensiones, no dejan espacios de circulación en las habitaciones generan una incomodidad real y un engaño para el usuario, debido a que el espacio pierde la funcionalidad real y completa para la cual es comercializado.

Por otra parte la falta de espacios de circulación en las habitaciones provoca también una baja en la calidad del servicio, debido a que el trabajo del personal de habitaciones de cada hotel tiene que ser desarrollado bajo condiciones irregulares que imposibilitan realizar una tarea de aseo e higiene como corresponde y merece cada pasajero que visita nuestra ciudad.

Esas mismas condiciones irregulares de distribución de camas/plazas en las habitaciones generan para el trabajador serios daños en su salud, los que lo llevan a su vez a bajar su motivación y estima por el trabajo y por el servicio al turista.

Por otra parte es sabido que la oferta de camas/plazas para éste segmento de Turismo debió ser cubierto bajo esta modalidad de camas/plazas adicionales, debido a que la demanda era y sigue siendo mayor a la oferta de establecimientos que trabajan con éste público.

Si bien la política pública debe desalentar ésta forma de absorción de la demanda por los riesgos en materia de seguridad que ello implica, no es factible realizarlo en forma abrupta, por lo que debe irse buscando una graduación para salir de este esquema.

Por todo lo expuesto se hace necesario readecuar la normativa, sobre todo en lo referente a los alcances de la amplitud de capacidad de las habitaciones, fijando rangos y modalidades precisas para la incorporación de cama adicional, a fin de evitar que el agregado de una cama adicional genere baja en la calidad del servicio, o condiciones de trabajo inapropiadas para el personal que debe realizar el mantenimiento de esos espacios.

Los citados alcances deben ser tenidos en cuenta dentro del marco de recategorización de la oferta de alojamiento de la ciudad, dado por la Ordenanza Nº 1526-CM-05.

Se define que con el proyecto reformulado se convocará a la Asociación Hotelera para la próxima Comisión de Turismo.

Siendo las 12:40 Hs, se da por finalizada esta comisión.