RESOLUCIÓN Nº 002-PCM-13

 

DESCRIPCION SINTETICA: RENOVACION CONTRATO SR. JUAN PABLO FRATTINI – CATEGORIA 21 A CARGO DEL DEPARTAMENTO DIGESTO E INFORMÁTICA LEGISLATIVA DEL CONCEJO MUNICIPAL

 

ANTECEDENTES:

 

            Resolución 084 /094 -PCM-07.

Resolución 292-CM-04.

Resolución 112-PCM-08.

Resolución 201-PCM-08.

Acta Nº 084/09 Comisión Legislativa de fecha 22/04 /2009.

Resolución 379-PCM-11.

Resolución 245-PCM-12.

Resolución 289-PCM-12.

Nota Nº 34-ALCM-12 Asesora Letrada Dra. Josefina González Elizondo.

Nota Nº 242-PCM-12 Presidenta Concejo Municipal Lic. María Eugenia Martini.

Nota Nº 316-SL-Asesora Letrada a/c. Secretaría Legislativa Dra. Josefina Gonzalez Elizondo.

           

 

FUNDAMENTOS:

 

Por nota Nº 316-SL-12 de fecha 28 de Diciembre de 2012, la Asesora Letrada del Concejo Municipal Dra. Josefina González Elizondo a/c. Secretaría Legislativa informa la renovación contrato del jefe a/c Digesto e Informática Legislativa, categoría 21, a partir del 01 de Enero de 2013 hasta el 31 de Diciembre de 2013, una carga horaria de 5 horas diarias y/o 25 horas semanales.-

 

              La necesidad de cubrir la vacante producida por la renuncia de la Dra. Rosario Armas el día 07 de agosto de 2012.

           El Concejo Municipal por Resolución 309-CM-05 estableció el Organigrama del Concejo Municipal. Por Resolución Nº 084-PCM-07 se modificó el mismo, creando el Departamento Digesto e Informática Legislativa del Concejo Municipal.

 

            Dicho Departamento viene a completar y continuar una tarea importante encarada por el Concejo Municipal a partir del dictado de la Resolución 292-CM-04, donde fijaron los principios y procedimientos para contar con un régimen de consolidación de las normas municipales. Para obtener este objetivo, durante estos años se trabajó una Comisión Especial de Formulación del Digesto que puso en marcha esta tarea.

 

            Para dar continuidad de lo ya empezado sino también que tenga una sustentabilidad en el tiempo, se hace necesario que la responsabilidad del Departamento recaiga en una persona con probados antecedentes de idoneidad y experiencia en la materia.

 

           

 

 

 

"2013, Año del 30º aniversario de la recuperación de la Democracia

 

           

           

 

           En virtud de las atribuciones otorgadas por el Art.8º inciso "g" del texto ordenado (Resolución Nº 143-CM-95) Reglamento Interno del Concejo Municipal.

 

LA PRESIDENTA DEL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN CARLOS DE BARILOCHE

 

RESUELVE

 

ART.1º)     CONTRATAR: a partir del día 01 de Enero de 2013 hasta el 31 de Diciembre de 2013 inclusive, al Sr. Juan Pablo Frattini DNI Nº 29.280.060, revistando en la categoría 21 del escalafón municipal, para cumplir funciones técnicas y jerárquicas en el Departamento Digesto e Informática Legislativa dependiente del Concejo Municipal, con una carga horaria de 5 horas diarias y/o 25 horas semanales.

      

ART.3º)     DEJAR A CARGO: del Departamento Digesto e Informática Legislativa del Concejo Municipal, al Sr. Juan Pablo Frattini- DNI Nº 29.280.060 - Categoría 21, hasta el llamado a concurso para cubrir dicho cargo.-

 

ART.3º)     COMUNICAR: al Departamento de Personal y a las áreas interesadas.

 

ART.4º)     Comuníquese. Publíquese. Cumplido, archívese.-

 

SAN CARLOS DE BARILOCHE, 02 de Enero de 2013.-

 

MEM/JGE/ndf.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

"2013, Año del 30º aniversario de la recuperación de la Democracia

 

MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SAN CARLOS DE BARILOCHE

PROVINCIA DE RIÓ NEGRO

 

CONTRATO DE LOCACIÓN DE SERVICIOS A PLAZO DETERMINADO

 

Entre el Concejo Municipal de la Municipalidad de San Carlos de Bariloche, representada en este acto por la Lic. MARIA EUGENIA MARTINI DNI Nº 22.598.381, en lo sucesivo “ EL CONCEJO” a los efectos del presente contrato, con domicilio real en MAI 80 de la ciudad de San Carlos de Bariloche Provincia de Río Negro y por la otra el Sr. JUAN PABLO FRATTINI D.N.I. Nº 29.280.060 con domicilio real y legal a los efectos de este instrumento en la calle 9 de Julio 968-1º Piso “C”, también de la ciudad de San Carlos de Bariloche – Río Negro - denominado “ EL CONTRATADO” se conviene en celebrar el presente contrato de trabajo transitorio, a plazo, en los términos del art. 2° inc c) de la ordenanza 137-CM-88 que se regirá conforme a las cláusulas que a continuación se detallan a saber:-------------------------------------------------

PRIMERA: EL CONCEJO, contrata los servicios del CONTRATADO de acuerdo a lo previsto por el art. 2° inc) de la Ordenanza 137-C-88 en atención a las necesidades de servicio expuestas en la Resolución 289-PCM-2012, Resolución Nº 002-PCM-2013.---------------------------------------------------------

SEGUNDA: El presente contrato prorroga la vigencia del firmado entre las mismas partes en fecha 01 de Enero de 2013, hasta el 31 de Diciembre de 2013 inclusive; para cumplir funciones técnicas jerárquicas en el Departamento Digesto e Informática Legislativa   del Concejo Municipal.- El contratado reconoce expresamente al tiempo de la firma del presente contrato, haber sido informado y prestar plena conformidad con la contratación transitoria y temporario que conlleva el presente; y puntualmente respecto de la circunstancia de no pertenecer a la planta permanente del personal Municipal .---------------------------------------------------------------------------------------------------------

TERCERA: El CONCEJO, contrata los servicios del CONTRATADO para realizar los trabajos especificados en la cláusula anterior; obligándose a prestarlos con eficacia, buena conducta y dentro del horario que el CONCEJO le indique el que será aceptado de conformidad.------------------------------

CUARTA: El CONCEJO abonará al CONTRATADO una remuneración mensual equivalente a la categoría 21 del Escalafón Municipal; siendo dicha retribución de $ 3.281,95 por mes; monto que se incrementará en la misma proporción y oportunidad que los sueldos de los empleados Municipales, con una reducción horaria de 5 hrs. diarias y/o 25 hrs. semanales.----------------------------------------------

QUINTA: EL CONTRATADO percibirá además las asignaciones correspondientes a SAC, subsidio familiar y toda otra compensación ; inclusive las asignaciones correspondientes al cargo y función y otros beneficios que se otorguen con el carácter general a los agentes de la administración. - -----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------

SEXTA: EL CONTRATADO queda sometido a los métodos de trabajo y normas que establezca EL CONCEJO; comprometiéndose a su fiel cumplimiento.- No tendrá derecho a estabilidad, no obstante serle de aplicación las disposiciones legales que correspondan a los deberes, obligaciones que debe observar en su condición de agente Municipal y regímenes disciplinarios de acuerdo a la Ordenanza 137-C-88, estatuto de obreros y empleados Municipales de Bariloche.---------------------------

SÉPTIMA: La retribución de el CONTRATADO estará sujeta a los descuentos jubilatorios establecidos por la ley 24.241 y sus modificatorias; a cargas sociales establecidas por la ley 868 del IPROSS.-------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------

OCTAVA: El incumplimiento por parte del CONTRATADO de sus obligaciones, dará derecho al CONCEJO de rescindir el presente contrato, de acuerdo a la Ordenanza 137-C-88, estatuto de obreros y empleados Municipales de Bariloche sin necesidad de intimación previa alguna.-------------------------

NOVENA: El presente contrato, es celebrado en los términos del art. 2° inc c) de la ordenanza 137-CM-88, por el término de 365 días a partir del 01/01/13, operando en consecuencia el vencimiento el 31/12/2013 inclusive, fecha en la cual quedará extinguida la relación contractual de hecho y pleno derecho; quedando aclarado que en el caso de que las necesidades lo requieran se deberá notificar al CONTRATADO por escrito de la continuidad en el empleo.------------------------------------------------------

DÉCIMA: El CONTRATADO queda expresa y debidamente preavisado de la terminación de este contrato laboral, en la fecha antes indicada, dando con ello estricto cumplimiento a las disposiciones vigentes.------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------

DECIMOPRIMERA: A todos los fines legales, las partes constituyen sus respectivos domicilio en los lugares indicados precedentemente, lugares donde serán válidas Las bonificaciones que se cursen.- Asimismo, acuerdan someter todas las controversias que se susciten al ámbito de la IIIra Circunscripción Judicial de la Provincial de Río Negro, renunciando a cualquier otro fuero posible.---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------

En prueba de conformidad se firman, TRES ejemplares de un mismo tenor y a un sólo efecto a los 02 días del mes de Enero de 2013.-

 

 

Firma del Contratado / a                                         MARIA EUGENIA MARTINI

                                                                                  PRESIDENTA CONCEJO MUNICIPAL