RESOLUCIÓN Nº   305-PCM-2012

 

DESCRIPCION SINTETICA:     RENOVACION CONTRATO SEÑORA VALERIA FERNANDA PEREZ – CATEGORÍA 08.

 

ANTECEDENTES:

 

           Nota Nº 253-SL-12, de fecha 22/10/12 Secretaria Legislativa a/c. Dra. Josefina González Elizondo.-

 

FUNDAMENTOS:

 

           Dado que el Concejo Municipal dejo de contar con los servicios de la Empresa de Limpieza Servicio Integrados Bahía Blanca S.A. a partir del 01 de noviembre de 2010.

.

La necesidad de cubrir el servicio de limpieza del edificio del Concejo Municipal y la falta de una persona de maestranza y mayordomía.-

 

          Es indispensable contar con una persona que tenga experiencia en las tareas a encomendar por el jefe a cargo del personal de maestranza y mayordomía del Concejo Municipal.  

 

            Por todo lo expuesto, en la nota Nº 253-SL-12 de fecha 22 de Octubre de 2012 la Secretaria Legislativa del Concejo Municipal a/c. Dra. Josefina González Elizondo, informa la renovación contrato de la Sra. Valeria Fernanda Pérez-Categoría 08, por el término cinco meses, desde el 01 de Noviembre de 2012 hasta el 30 de Abril de 2013, para desempeñarse como maestranza y mayordomía en el Concejo Municipal.

 

            En virtud de las atribuciones otorgadas por el Art.8º inciso "g" del texto ordenado (Resolución Nº 143-CM-95) Reglamento Interno del Concejo Municipal.

 

 

LA PRESIDENTA DEL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN CARLOS DE BARILOCHE

 

RESUELVE

 

ART.1º)      RENOVAR: por el término de cinco meses, a partir del día 01/11/12 hasta el 30/04/2013 inclusive, a la Sra. Valeria Fernanda Pérez DNI Nº 25.824.657 - categoría 08, para desempeñarse en maestranza y mayordomía del Concejo Municipal, con una carga horaria de 7 horas diarias y/o 35 horas semanales.

      

ART.2º)      COMUNICAR: al Departamento de Personal y a las áreas interesadas.

 

ART.3º)      Comuníquese. Publíquese. Cumplido, archívese.-

 

SAN CARLOS DE BARILOCHE, 22 de Octubre de 2012.-

 

MEM/JGE/ndf.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SAN CARLOS DE BARILOCHE

PROVINCIA DE RIÓ NEGRO

 

 

CONTRATO DE LOCACIÓN DE SERVICIOS A PLAZO DETERMINADO

 

Entre el Concejo Municipal de la Municipalidad de San Carlos de Bariloche, representado en este acto por la Presidenta Lic. MARIA EUGENIA MARTINI DNI Nº 22.598.381, en lo sucesivo “ EL CONCEJO” a los efectos del presente contrato, con domicilio real en MAI 80 de la ciudad de San Carlos de Bariloche Provincia de Río Negro y por la otra la Sra. Valeria Fernanda Pérez D.N.I. Nº 25.824.657 con domicilio real y legal a los efectos de este instrumento en Manzana 854 Casa Nº1 loteo Pagani, altura Bustillo Km 13.400 de la ciudad de San Carlos de Bariloche – Río Negro - denominado “ EL CONTRATADO” se conviene en celebrar el presente contrato de trabajo transitorio, a plazo, en los términos del art. 2° inc c) de la ordenanza 137-CM-88 que se regirá conforme a las cláusulas que a continuación se detallan a saber:-------------------------------------------------------

PRIMERA: EL CONCEJO, contrata los servicios del CONTRATADO de acuerdo a lo previsto por el art. 2° inc) de la Ordenanza 137-C-88 en atención a las necesidades de servicio expuestas en la Resolución Nº 150-PCM-2012, Nº 211-PCM-2012, Nº 305-PCM-2012.----------------------------------------------------------------------------------------

SEGUNDA: La vigencia del presente contrato se extenderá desde el 01 de Noviembre de 2012 hasta el 30 de Abril de 2013 inclusive; para cumplir funciones de Maestranza y Mayordomía en el Concejo Municipal.- La contratada reconoce expresamente al tiempo de la firma del presente contrato, haber sido informado y prestar plena conformidad con la contratación transitoria y temporario que conlleva el presente; y puntualmente respecto de la circunstancia de no pertenecer a la planta permanente del personal Municipal .--------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------

TERCERA: El CONCEJO, contrata los servicios del CONTRATADO para realizar los trabajos especificados en la cláusula anterior; obligándose a prestarlos con eficacia, buena conducta y dentro del horario que el CONCEJO le indique el que será aceptado de conformidad.--------------------------------------------------------------------

CUARTA: El CONCEJO abonará al CONTRATADO una remuneración mensual por siete horas de trabajo del equivalente a la CATEGORIA Nº 08 del Escalafón Municipal; siendo dicha retribución de $ 2.584,55 por mes monto que se incrementará en la misma proporción y oportunidad que los sueldos de los empleados Municipales. Su horario de trabajo será de siete horas diarias a cumplirse dentro del horario del Concejo Municipal, pudiendo éstas modificarse en función de las necesidades que se presenten.----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------

QUINTA: EL CONTRATADO percibirá además las asignaciones correspondientes a SAC, subsidio familiar y toda otra compensación ; inclusive las asignaciones correspondientes al cargo y función y otros beneficios que se otorguen con el carácter general a los agentes de la administración. --------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------

SEXTA: EL CONTRATADO queda sometido a los métodos de trabajo y normas que establezca EL CONCEJO; comprometiéndose a su fiel cumplimiento.- No tendrá derecho a estabilidad , no obstante serle de aplicación las disposiciones legales que correspondan a los deberes, obligaciones que debe observar en su condición de agente Municipal y regímenes disciplinarios de acuerdo a la Ordenanza 137-C-88, estatuto de obreros y empleados Municipales de Bariloche.-------------------------------------------------------------------------------------------------

SÉPTIMA: La retribución de el CONTRATADO estará sujeta a los descuentos jubilatorios establecidos por la ley 24.241 y sus modificatorias; a cargas sociales establecidas por la ley 868 del IPROSS.----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------

OCTAVA: El incumplimiento por parte del CONTRATADO de sus obligaciones, dará derecho al CONCEJO de rescindir el presente contrato sin necesidad de intimación previa alguna.------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------

NOVENA: El presente contrato, es celebrado en los términos del art. 2° inc c) de la ordenanza 137-CM-88, POR TIEMPO DETERMINADO por el término de 181 días a partir del día 01/11/12, operando en consecuencia el vencimiento el día 30/04/13 fecha en la cual quedará extinguida la relación contractual de hecho y pleno derecho; quedando aclarado que en el caso de que las necesidades lo requieran se deberá notificar al CONTRATADO por escrito de la continuidad en el empleo.----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------

DÉCIMA: El CONTRATADO queda expresa y debidamente preavisado de la terminación de este contrato laboral, en la fecha antes indicada, dando con ello estricto cumplimiento a las disposiciones vigentes.---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------

DECIMOPRIMERA: A todos los fines legales, las partes constituyen sus respectivos domicilio en los lugares indicados precedentemente, lugares donde serán válidas Las bonificaciones que se cursen.- Asimismo, acuerdan someter todas las controversias que se susciten al ámbito de la IIIra Circunscripción Judicial de la Provincial de Río Negro, renunciando a cualquier otro fuero posible.----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------

En prueba de conformidad se firman, TRES ejemplares de un mismo tenor y a un sólo efecto a los 22 días del mes de Octubre de 2012.-

 

 

 

 

Firma del Contratado / a                                                             MARIA EUGENIA MARTINI

                                                                                             PRESIDENTA DEL CONCEJO MUNICIPAL