ORDENANZA N° 1833-CM-08

 

DESCRIPCION SINTETICA: PRESTAR ACUERDO AL LLAMADO LICITACION PUBLICA PARA LA ADQUISICION DE COMBUSTIBLE.

 

 

ANTECEDENTES

 

Ordenanza 257-CM-94 “Régimen de Contrataciones”.

 

Ordenanza 1452-CM-04: “Ley 847 y Ordenanza 257-C-89”.

 

Ordenanza 1625-CM-06: “Prestar acuerdo a los pliegos de licitación pública”.

 

Licitación Pública 005/2005.

 

FUNDAMENTOS

 

Es prioritario cubrir las necesidades funcionales de la planta vehicular del municipio.

 

La presente Licitación Pública contempla la provisión de combustible a este Municipio, por un importe total de pesos ochocientos noventa y siete mil novecientos sesenta (897.960,00).

 

Corresponde realizar el llamado a licitación pública, a fin de contratar la provisión  de combustible, según lo establecido mediante Ordenanza 257-CM-94 “Régimen de Contrataciones”.

 

AUTOR: Intendente Municipal, Sr. Marcelo Cascón.

 

 

COLABORADORES: Secretario de Economía, Obras y Servicios Públicos, Sr. Jorge Temporetti y Secretario de Gobierno y Participación Ciudadana, Dr. Nelson Vigueras.

 

 

El proyecto original Nº 180/08, con las modificaciones introducidas, fue aprobado en la sesión del día 28 de agosto de 2008, según consta en el Acta Nº 909/08. Por ello, en ejercicio de las atribuciones que le otorga el Art. 38 de la Carta Orgánica Municipal,

 

EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN CARLOS DE BARILOCHE

SANCIONA CON CARÁCTER DE

 

ORDENANZA

 

 

Art.  1°)

Se presta acuerdo al llamado a Licitación Pública para la adquisición de combustible, por un presupuesto oficial de pesos ochocientos noventa y siete mil novecientos sesenta (897.960,00), correspondiente a la Dirección de Servicios Públicos de la Municipalidad de San Carlos de Bariloche.

 

 

Art.  2°)

Se afecta a la partida presupuestaria 06.1.00.00.6.1.2.1.01.01.01 Combustibles y Lubricantes.

 

Art.  3º)

La presente no modificará el régimen vigente en la materia y la regularidad del proceso está sujeta a la tramitación dispuesta por el Departamento Ejecutivo Municipal.

 

Art.  4º)

Los Pliegos de Bases y Condiciones Generales y Particulares se formalizarán mediante Resolución del Departamento Ejecutivo Municipal, en total coordinación con el Régimen de Contrataciones vigente, la normativa particular aplicable y de conformidad al artículo 51, incisos 10 y 17 de la Carta Orgánica Municipal.

 

Art.  5º)

Comuníquese. Publíquese en el Boletín Oficial. Tómese razón. Cumplido, archívese.