ORDENANZA N° 1818-CM-08

 

 

DESCRIPCION SINTETICA: APROBAR FIRMA ACUERDO MARCO CON LA CEB. RED DE FIBRA OPTICA.

 

 

ANTECEDENTES

 

 

Carta Orgánica Municipal, artículo 133.

 

 

FUNDAMENTOS

 

 

El acuerdo marco tiene como objetivo:

 

Diseño de un tendido de red de fibra óptica, propiedad de la Municipalidad de San Carlos de Bariloche, que será utilizada para vincular dependencias municipales, y a través de la misma transportar señales (datos, imágenes, voz sobre IP, y/u otras que pudieran resultar de las tecnologías imperantes), con fines de estricto carácter de uso interno de la administración municipal.

 

 

AUTOR: Presidente del Concejo Municipal a/c de la Intendencia, Lic. Ángel Darío Barriga.

 

 

 

COLABORADOR: Secretario de Hacienda, Alfredo Chara.

 

 

El proyecto original Nº 054/08, con las modificaciones introducidas, fue aprobado en la sesión del día 5 de junio de 2008, según consta en el Acta Nº 904/08. Por ello, en ejercicio de las atribuciones que le otorga el Art. 38 de la Carta Orgánica Municipal,

 

 

EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN CARLOS DE BARILOCHE

SANCIONA CON CARÁCTER DE

 

ORDENANZA

 

 

Art.  1°)

Se aprueba la firma del acuerdo marco de fecha 8 de octubre de 2007, que obra como anexo I, suscripto entre la Cooperativa de Electricidad Bariloche y la Municipalidad de San Carlos de Bariloche, por el tendido de red de fibra óptica.

 

Art.  2°)

Comuníquese. Publíquese en el Boletín Oficial. Tómese razón. Cumplido, archívese.