ORDENANZA N° 1816-CM-08.

 

 

DESCRIPCION SINTETICA: PRESTAR ACUERDO AL LLAMADO A LICITACION PUBLICA PARA CONCESION-EXPLOTACION DEL LOCAL SNACK BAR EN TERMINAL DE OMNIBUS.

 

 

ANTECEDENTES

 

Ordenanzas aprobando pliegos anteriores 750-CM-97 y 1245-CM-02.

 

Pliegos Licitación Pública anteriores: 02/98 y 02/03.

 

Resolución de adjudicación 1723/02.

 

Carta Orgánica Municipal, artículo 132.

 

Carta Orgánica Municipal, artículo 133.

 

FUNDAMENTOS

 

 

La Terminal de Ómnibus se encuentra en funcionamiento.

 

Con fecha 15 de abril de 2008 se vence el contrato por la concesión para el local de snak bar existente.

 

Siendo un servicio indispensable para el pasajero, no deberá quedar sin cubrir la necesidad en forma continuada.

 

La Municipalidad llamará a una licitación pública para la explotación del local de snack bar en la Terminal de Ómnibus de San Carlos de Bariloche.

 

Para ello se hace necesario prestar acuerdo al pliego de llamado a licitación pública.

 

 

AUTOR: Presidente del Concejo Deliberante a/c de la Intendencia Municipal, Lic. Ángel Darío Barriga.

 

 

COLABORADORES: Secretario de Obras y Servicios Públicos, Arq. Carlos Valeri; Secretario de Gobierno, Sr. Adolfo Fourés y Dirección de Obras por Contrato.

 

 

El proyecto original Nº 044/08, con las modificaciones introducidas, fue aprobado en la sesión del día 5 de junio de 2008, según consta en el Acta Nº 904/08. Por ello, en ejercicio de las atribuciones que le otorga el Art. 38 de la Carta Orgánica Municipal,

 

 

EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN CARLOS DE BARILOCHE

SANCIONA CON CARÁCTER DE

 

ORDENANZA

 

 

Art.  1°)

Se presta acuerdo al llamado a licitación pública para la concesión y explotación  de 1 (un) local comercial para servicio de snack bar en la Terminal de Ómnibus de la ciudad de San Carlos de Bariloche.

 

Art.  2º)

Se establece que el acuerdo se funda exclusivamente en el mérito y en la conveniencia de la contratación en base al proyecto de pliego incorporado en los antecedentes de la presente Ordenanza.

 

Art.  3°)

El presente no modificará el régimen vigente en la materia y la regularidad del proceso está sujeta a la tramitación dispuesta por el Departamento Ejecutivo.

 

Art.  4º)

Los Pliegos de Bases y Condiciones Generales y Particulares se formalizarán mediante resolución de Departamento Ejecutivo Municipal en total concordancia con el Régimen de Contrataciones vigente, la normativa particular aplicable y de conformidad al artículo 51, incisos 10 y 17 de la Carta Orgánica Municipal.

 

Art.  5°)

Comuníquese. Publíquese en el Boletín Oficial. Tómese razón. Cumplido, archívese.