DESCRIPCIÓN SINTÉTICA: SE MODIFICA LA RESOLUCIÓN 618-CM-19. REGLAMENTA TÍTULO III, ANEXO II

 

 

ANTECEDENTES

Resolución 618-CM-19.

 

Resolución 224-CM-00.

 

Nota de los Presidente de Bloques de fecha 13 de diciembre de 2019.

FUNDAMENTOS

 

Mediante nota de fecha 13 de diciembre del corriente año, los presidentes de bloques acordaron establecer un porcentaje para distribuir los puntos que le corresponden a cada concejal entre sus asesores políticos.

 

En la sesión ordinaria del día 12 de diciembre de 2019, acta 1022/19, se aprobó el nuevo organigrama del Concejo Municipal. Al respecto, en el anexo II, Título III referido a los asesores de bloques, se modificó el monto total por concejal pero se omitió modificar la asignación de puntos por secretario/a. En razón de lo expuesto corresponde llevar los 10 puntos a 20 puntos por secretario/a como puntaje mínimo a percibir por cada uno de ellos.

 

Atento a lo expuesto, y dado que es necesario reglamentar dicho porcentaje se dicta la presente resolución.

 

Existe disponibilidad de fondos en la partida presupuestaria 2.11.1.72.139.1 (RRHH).

AUTORA: presidenta del Concejo Municipal, Natalia Soledad Almonacid (JSRN).

 

INICIATIVA: concejales Carlos María Sánchez y Puentes (JSRN); Julieta Wallace (FdT); Ariel Cárdenas (BxC); Gerardo del Río (PUL) y Pablo Chamatropulos (POBAR).

 

En virtud de las atribuciones otorgadas por el art. 09.º) inciso "y" del texto ordenado (RESOLUCIÓN N.º 462-CM-15) del reglamento interno del Concejo Municipal.

LA PRESIDENTA DEL CONCEJO MUNICIPAL DE

SAN CARLOS DE BARILOCHE

 

RESUELVE

 

Art. 1.º) Se modifica el punto 26 del Título III, correspondiente al Anexo III de la resolución 618-CM-19, el que se reemplaza por el siguiente :

 

TÍTULO III: DE LOS ASESORES DE BLOQUE

 

26. CARGO: SECRETARIA/O DE CONCEJAL

ÁREA: Departamento Deliberante.

DEPENDENCIA: concejal.

DESIGNACIÓN: Presidencia del Concejo Municipal a propuesta del concejal.

ESTRUCTURA: a establecer por cada concejal dentro del monto asignado.

MONTO TOTAL POR CONCEJAL: 80% de la remuneración de cada concejal (80 puntos por concejal), pudiendo éste ceder parte o la totalidad de sus puntos a otro u otros de su bloque según las necesidades.

 

 

Límites: cada concejal podrá tener un máximo de cuatro (4) secretarias/os de concejal y ninguno de los designados podrá tener una asignación de puntaje menor al 20% de la remuneración de un concejal (20 puntos).

DURACIÓN: determinada por cada concejal.

FUNCIONES: determinadas por cada concejal.

 

Art. 2.º) Se comunica al Departamento de Personal, al Departamento de Sueldos y al Tribunal de Contralor a efectos de proceder a la liquidación de haberes correspondientes.

 

Art. 3.º) Se afecta la partida presupuestaria 2.11.1.72.139.1 (RRHH).

 

Art. 4.º) Comuníquese. Dese a publicidad. Cumplido, archívese.

 

San Carlos de Bariloche, 13 de diciembre de 2019.

NSA/CRH/vhf