COMUNICACIÓN N.º 1078-CM-21

 

DESCRIPCIÓN SINTÉTICA: SE COMUNICA A LEGISLATURA DE RÍO NEGRO SOLICITUD DE TRATAMIENTO DE PROYECTO N.º 575/2021

 

ANTECEDENTES

 

Constitución Nacional.

 

Ley 23277: Ejercicio Profesional de la Psicología.

 

Constitución de la Provincia de Río Negro.

Ley 3338: Ejercicio de las profesiones de la salud y actividades de apoyo.

 

Ley G 4349: Creación de los Colegios de Psicólogos, incorporando al Colegio del Alto Valle Oeste con asiento en Cipolletti.

 

Proyecto de ley Nº 575/2021.

 

Carta Orgánica Municipal.

 

FUNDAMENTOS

 

El proyecto de ley N.º 575/2021 presentado en la Legislatura de Río Negro tiene por finalidad modificar la ley 3338 “Ejercicio de las profesiones de la salud y actividades de apoyo” y reemplazar la ley G 4349 de Creación de los Colegios de Psicólogos, incorporando al Colegio del Alto Valle Oeste con asiento en Cipolletti a fin de jerarquizar los Colegios de Psicólogos de la Provincia de Río Negro, atribuyéndoles la competencia en el otorgamiento y control de la matrícula profesional de sus socios. Asimismo, se actualizarán sus misiones y funciones.

 

Río Negro es una de las pocas provincias en las que los colegios que reúnen a los psicólogos no tienen la administración de la matrícula profesional, algo que conlleva la falta de controles y eventuales sanciones por mala praxis o incumplimiento de la ley que regula la actividad.

 

Actualmente la autoridad habilitante y responsable de fiscalizar el desempeño profesional de los psicólogos en Río Negro es el Ministerio de Salud de la provincia, a diferencia de otras jurisdicciones donde los colegios asumen también esta responsabilidad.

 

En este sentido la iniciativa plantea la derogación de la ley G 4349, y el reemplazo por una nueva norma que no solo regule la actividad, sino además les confiera a los colegios profesionales (son cinco actualmente en la Provincia) la autoridad para fiscalizar el cumplimiento de la ley y el correcto ejercicio de la profesión.

 

La falta de controles y el contexto de pandemia que pone a la población en un estado de alta vulnerabilidad, han dado lugar a una serie de prácticas alternativas no reconocidas por las autoridades sanitarias, siendo un proyecto que viene a poner orden en un aspecto central de nuestro sistema de Salud.

 

La nueva normativa permitirá un control directo sobre los matriculados, tanto en las condiciones o requisitos para desempeñar el ejercicio profesional en nuestra provincia, como así también para sancionar aquellas transgresiones a la ética profesional a través del tribunal de Ética y Disciplina.

 

Además de la falta de controles, existen otros aspectos como la falta de guardias en los hospitales y sanatorios privados (tal como se dispone para otras especializaciones); la falta de uniformidad de criterios clínicos frente a situaciones que se plantean en el ámbito de la salud mental; la inexistencia de estadísticas y relevamientos, y de diagnósticos y prevención de sintomatologías, funciones que hoy no cumple el Ministerio de Salud provincial.

 

Por lo expuesto, elevamos esta comunicación a la Legislatura de Río Negro para que tenga a bien avanzar con el tratamiento del proyecto N.º 575/2021

AUTORAS: Concejales Julieta Wallace y Roxana Ferreyra (FdT).

 

 

El proyecto original N.º 368/21 fue aprobado en la sesión del día 23 de septiembre de 2021, según consta en el Acta N.º 1149/21. Por ello, en ejercicio de las atribuciones que le otorga el Art. 38 de la Carta Orgánica Municipal,

 

 

EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN CARLOS DE BARILOCHE

SANCIONA CON CARÁCTER DE

 

COMUNICACIÓN

 

Art. 1°)

Se comunica a la Legislatura de Río Negro la necesidad de dar urgente tratamiento al proyecto Nº 575/2021 para modificar la ley 3338: Ejercicio de las profesiones de la salud y actividades de apoyo, y reemplazar la ley G 4349 de Creación de los Colegios de Psicólogos.

 

Art. 2°)

Comuníquese. Dése a publicidad. Cumplido, archívese.