COMUNICACIÓN N.º 1044-CM-20

 

DESCRIPCIÓN SINTÉTICA: SE COMUNICA AL PODER EJECUTIVO NACIONAL RECLAMO POR DEMORA PAGO SUBSIDIO TUP

 

 

ANTECEDENTES

 

Constitución Nacional.

 

Ley nacional 27541: De solidaridad social y reactivación productiva en el marco de la emergencia pública.

 

Ley 26028, impuestos: Establécese un impuesto sobre la transferencia a título oneroso o gratuito, o importación, de gasoil o cualquier otro combustible líquido que lo sustituya en el futuro, con afectación específica (...) a compensaciones tarifarias a las empresas de servicios públicos de transporte de pasajeros por automotor.

 

DNU PEN 260/20: Amplia la Emergencia Pública Sanitaria Nacional en virtud de la pandemia declarada por la Organización Mundial de la Salud en razón del Covid-19.

 

DNU PEN 297/20: Declara aislamiento social, preventivo y obligatorio en virtud de la pandemia declarada por la Organización Mundial de la Salud  en razón del Covid-19.

 

Resolución 337/2004: Secretaría de Transporte. Sistema Integrado de Transporte Automotor. Adecuación de criterios de distribución de bienes fideicomitidos del SISTAU.

 

Resolución 975/2012: Ministerio del Interior y Transporte. Tarifas.

 

Resolución 1535/2014: Ministerio del Interior y Transporte. Sistema Único de Boleto

Electrónico. Acta acuerdo para la implementación del SUBE. Aprobación.

 

Resolución 651/2015: Ministerio del Interior y Transporte. Boleto Electrónico.

 

Resolución 14/2020: Ministerio de Transporte. Acreencias Fondo de Compensación Transporte Publico. Transfiéranse.

 

Resolución 50/2020: Ministerio de Transporte. Resolución 14/2020. Modificación.

Resolución 87/2020 Ministerio de Transporte. Resoluciones14/20 Y 50/20. Modificación.

 

Constitución de la Provincia de Río Negro.

 

DNU 01/20 de la Provincia de Río Negro: Decretó la emergencia sanitaria en todo el territorio de la Provincia de Río Negro en virtud de la pandemia declarada por la Organización Mundial de la Salud en razón del Covid-19. Boletín Oficial RN 5857.

 

Decreto 236/20 de la Provincia de Río Negro: Declaración estado de alerta sanitaria. Boletín Oficial RN 5860.

 

Carta Orgánica Municipal.

 

Ordenanza 2728-CM-16: Aprueba pliego de bases y condiciones licitación pública Sistema de Transporte Urbano de Pasajeros.

 

Ordenanza 2755-CM-16: Presta acuerdo al pliego de bases y condiciones del Sistema de Trasporte Urbano de Pasajeros.

 

Ordenanza 2798-CM-16: Se aprueba el Contrato de Transporte Urbano de Pasajeros con empresa Transportes Amancay SRL a partir del 1 de enero de 2017.

 

Ordenanza 2863-CM-17: Crea boleto educativo y boleto diferencial STUP Bariloche.

 

Resolución 3495-I-17: Establece cuadro tarifario TUP 2017.

 

Resolución 923-I-18: Establece cuadro tarifario TUP 2018.

 

Resolución 755-I-20: Prohibir a partir de 19 de marzo de 2020 hasta 31 de marzo de 2020 inclusive, toda actividad en bares, cervecerías y afines a partir de las 20h.

 

Resolución 679-I-20: Adherir a la declaración de estado de máxima alerta sanitaria para sensibilizar la vigilancia epidemiológica y la respuesta integrada y oportuna en la jurisdicción del Municipio de San Carlos de Bariloche, en orden a la situación existente con el Covid-19, en los términos del decreto 236/20 de la Provincia de Río Negro.

 

 

 

 

Resolución 756-I-20: Establecer el receso parcial y excepcional de la Administración Pública Municipal, dispensando del deber de asistencia al personal, cualquiera sea su condición que reviste y bajo requerimiento de respetar el aislamiento dispuesto, por las consideraciones efectuadas a partir de la firma de la presente y hasta el 31 de marzo de 2020.

 

Resolución 753-I-20: Prohibir a partir del 17 de marzo de 2020 hasta 31 de marzo de 2020 inclusive, toda actividad en los gimnasios donde se realiza actividad deportiva y entrenamiento, canchas de fútbol y recreación, natatorios, boites, cines, teatros, salas de juegos, toda actividad social en locales bailables, salones de fiestas, salones de usos múltiples, salones de fiestas infantiles, peloteros, clubes y todo lugar que convoque a la reunión de personas para actividades sociales, deportivas y culturales.

 

Resolución 723-I-20: Suspender la actividad turística en la concesión del Cerro Campanario, restringiendo el ingreso de visitantes tanto nacionales como extranjeros a partir del 17 de marzo de 2020 hasta el 31 de marzo de 2020.

 

Resolución 724-I-20: Prorrogar el vencimiento de la licencia nacional de conducir, en todas sus categorías hasta el lunes 06/04/2020 o hasta que la autoridad de aplicación lo disponga.

 

Resolución 811-I-20: Reglamentar el alcance del artículo 6°, del Decreto de Necesidad y Urgencia 297/20.

 

Resolución 816-I-20: Gratuidad del servicio de transporte urbano de pasajeros para determinados sujetos.

 

Resolución 815-I-20: Horarios comercios exceptuados del aislamiento social, preventivo y obligatorio, autorizados mediante resolución 811-I-20.

 

Comunicación 958-CM-18: Comunica al Gobierno Nacional rechazo eliminación subsidios TUP.

 

Comunicación 1026-CM-20: Se comunica al Poder Ejecutivo Nacional y al Ministerio de Transporte de la Nación aumentar el monto del subsidio TUP.


 


 


 

FUNDAMENTOS

 

El pasado viernes 11 de septiembre se dispuso, como cada mes, el paro de transporte público de pasajeros en San Carlos de Bariloche. La medida de fuerza comenzó el viernes y se extiende a la fecha, por la falta de pago del período de agosto de los salarios a los trabajadores de la empresa Mi Bus, debido a una deuda en los subsidios nacionales.

 

La medida también se extiende al servicio interurbano entre Bariloche y Dina Huapi que brinda la empresa Las Grutas.

 

Los choferes nucleados en la UTA reclaman el pago de sus salarios, que se retrasó por la falta de transferencia de los subsidios comprometidos por Nación conforme surge de las resoluciones 14, 50 y 87/2020 del Ministerio de Transporte. Se adeudan tres cuotas del subsidio nacional que ascienden a 33 millones de pesos.

 

Desde que se inició la cuarentena como herramienta para frenar al Covid-19, el servicio se vio interrumpido puntualmente en el inicio de cada mes, y la única alternativa que se vislumbra posible es discutir la distribución de subsidios para el transporte del interior del país.

 

En plena pandemia, el servicio a nivel local requiere de unos 18 millones de pesos para hacer frente a la masa salarial. Esa cifra se cubre con el subsidio nacional y los 7,3 millones de pesos que transfiere la Provincia, el 20 de cada mes.

 

En agosto se computaron 161.430 pasajes vendidos para el Servicio de TUP, generando una facturación total de $3.854.663,49. La recaudación que logra la empresa solo sirve para cubrir gastos operativos.

 

Lo expuesto da cuenta, al igual que en diversas ciudades del interior del país, de las dificultades que se tienen que afrontar y la necesidad de replantear una distribución más federal de los de subsidios que actualmente e historicamente tiene como gran beneficiara el Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA).

 

La crisis del transporte no hace más que agudizarse con la falta de pago de los subsidios de Nación y la consecuente falta de pago de los salarios de los trabajadores.

 

Por todo lo expuesto, resulta indispensable y urgente el pago en término del subsidio con destino específico al Transporte Urbano de Pasajeros de San Carlos de Bariloche, en pos de garantizar a la población el efectivo acceso al servicio.

AUTORES: Concejales Carlos Sánchez y Puente, Natalia Almonacid, Claudia Torres, Norma Taboada y Gerardo Ávila (JSRN).

 

COLABORADORA: Julieta Rocha.

 

El proyecto original N.º 150/20, con las modificaciones introducidas, fue aprobado en la sesión del día 18 de septiembre de 2020, según consta en el Acta N.º 1132/20. Por ello, en ejercicio de las atribuciones que le otorga el Art. 38 de la Carta Orgánica Municipal,

 

 

EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN CARLOS DE BARILOCHE

SANCIONA CON CARÁCTER DE

 

COMUNICACIÓN

 

 

Art. 1°)

Se comunica al Poder Ejecutivo Nacional la urgente necesidad de dar cumplimiento en tiempo y forma al pago del subsidio con destino específico al Transporte Urbano de Pasajeros de San Carlos de Bariloche, conforme surge de las resoluciones 14, 50 y 87/2020 del Ministerio de Transporte, para garantizar el sostenimiento del servicio público a los usuarios y el efectivo pago de los salarios de los trabajadores.

 

Art. 2°)

Comuníquese. Dése a publicidad. Cumplido, archívese.