RESOLUCIÓN N° 383-CM-10

 

 

DESCRIPCION SINTETICA: MODIFICACION DE PARTIDA PRESUPUESTO DEL CONCEJO MUNICIPAL AÑO 2009 PRORROGADO.

 

 

ANTECEDENTES

 

Presupuesto del año 2009 prorrogado, en vigencia  a la fecha.

 

Ordenanza 1885-CM-08.

 

Resolución 108-PCM-10, firmada por el presidente del Concejo Municipal, Lic. Ángel Darío Barriga.

 

 

FUNDAMENTOS

 

El Presupuesto del año 2009 prorrogado, aprobado por Ordenanza 1885-CM-08 de fecha 18 de diciembre de 2008.

 

En virtud de las ejecuciones presupuestarias del Concejo Municipal a la fecha, se ha producido una insuficiencia de fondos y mayor incremento de gastos en algunos rubros de las partidas Bienes de Consumo y Servicios:

-       En la partida Materiales de Construcción no se prevén gastos importantes en el transcurso del año 2010, por consiguiente se debe reducir para poder incrementar las partidas de Combustibles – Lubricantes.

-       En las partidas  Est., Invest. y Asist. Técnica, Imprenta y Reproducción, Sonido, Cortesía y Homenaje, no se prevén gastos importantes en en el transcurso del año 2010, por consiguiente se deben reducir para poder incrementar las partidas de  Publicidad y Propaganda y Gastos Varios sin Clasificar.

 

Por todo lo antes mencionado  se debe efectuar las modificaciones correspondientes.

 

 

AUTOR: Presidente del Concejo Municipal, Lic. Ángel Darío Barriga.

 

 

La Resolución original Nº 108-PCM-10, con las modificaciones introducidas, fue aprobada en la sesión del día 29 de abril de 2010, según consta en el Acta Nº 943/10. Por ello, en ejercicio de las atribuciones que le otorga el Art. 38 de la Carta Orgánica Municipal,

 

 

EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN CARLOS DE BARILOCHE

SANCIONA CON CARÁCTER DE

 

RESOLUCION

 

 

Art.  1°)

Se modifican las Partidas Parciales de Presupuesto del Concejo Municipal, correspondientes al año 2009 prorrogado, en vigencia:

 

BIENES DE CONSUMO

 

Partida 08.1.00.00.6.1.2.1.01.01.01 (Combustibles y Lubricantes) se incrementa en la suma de pesos dos mil ($ 2.000) quedando dicha partida con un importe de $ 10.000 de presupuesto.

Partida 08.00.00.6.1.2.1.01.01.05 (Materiales de Construcción) se reduce en la suma de pesos dos mil ($ 2.000) quedando dicha partida con un importe de $ 4.000 de presupuesto.

 

SERVICIOS

 

Partida 08.1.00.00.6.1.2.2.01.01.05 (Publicidad y Propaganda) se incrementa en la suma de pesos diez mil ($ 10.000) quedando dicha partida con un importe $ 62.500 de presupuesto.

 

Partida 08.1.00.00.1.2.2.01.01.10 (Estudio, Invest. y Asist. Técnica) se reduce en la suma de pesos cinco mil ($ 5.000) quedando dicha partida con un importe  $ 285.000 de presupuesto.

 

Partida 08.1.00.00.6.1.2.2.01.01.11 (Imprenta y Reproducción) se reduce en la suma de pesos cinco mil ($5.000) quedando dicha partida con un importe de $ 5.000 de presupuesto.

 

Partida 08.1.00.00.6.1.2.2.01.01.17 (Sonido) se reduce en la suma de pesos cinco mil ($ 5.000), quedando dicha partida con un importe de $ 25.000 de presupuesto.

 

Partida 08.1.00.00.6.1.2.2.01.01.14 (Cortesía y Homenaje) se reduce en la suma de pesos  cinco mil ($ 5.000) quedando dicha partida con un importe de $ 22.500 de presupuesto.

 

Partida 08.1.00.00.6.1.2.2.01.01.15 (Gastos Varios sin clasificar) se incrementa en la suma de pesos diez mil ($10.000) quedando dicha partida con un importe de $ 65.000 de presupuesto.

 

 

Art.  2°)

Comuníquese. Dése a publicidad. Tómese razón. Cumplido, archívese.