DESCRIPCIÓN SINTÉTICA: LICENCIA POLITICA EN LOS TÉRMINOS ART. 97 ESTATUTO DE OBREROS Y EMPLEADOS MUNICIPALES

 

ANTECEDENTES

Estatuto del Sindicato de Obreros y Empleados Municipales, art. 97.

 

Contrato de trabajo transitorio de la Dra. Julieta Rocha para desempeñarse como Jefa de Departamento Digesto del Concejo Municipal.

 

Resolución 390-PCM-2017. Se designa cargo asesor letrado. Subrogancia.

FUNDAMENTOS

La Dra. Josefina González Elizondo fue designada, por resolución 477-PCM-1015, en el cargo de asesora letrada del Concejo Municipal.

En fecha 31/10/2017 la Dra. Josefina González Elizondo solicitó licencia por maternidad, por el término de seis meses, de conformidad a lo dispuesto por ordenanza 2585-CM-2014 en su artículo n.º 2.

 

En razón de ello se estimo que, para cubrir el cargo de asesor letrado del Concejo Municipal por el tiempo de licencia de la Dra. Josefina González Elizondo, la Dra. Julieta Rocha cumple las condiciones necesarias, y es por dicho motivo que fue designada como asesora letrada de este cuerpo conforme resolución 390-PCM-2017.

De acuerdo a ello, y por dichas razones, Se otorga licencia sin goce de haberes, según los términos del art. 97.º del Estatuto de los Obreros y Empleados Municipales, el mentado agente solicitó licencia, a los efectos de no recaer en una incompatibilidad de funciones.

 

En virtud de las atribuciones otorgadas por el art. 09.º) inciso "g" del texto ordenado (RESOLUCIÓN N.º 462-CM-15) del reglamento interno del Concejo Municipal.

EL PRESIDENTE DEL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN CARLOS DE BARILOCHE

 

RESUELVE

 

Art. 1.º) Se otorga licencia sin goce de haberes, según los términos del art. 97.º del Estatuto de los Obreros y Empleados Municipales, solicitada por el agente Julieta Rocha (DNI 29696339) a partir del 01/11/2017 y mientras desempeñe la función de asesora letrada del Concejo Municipal.

 

Art. 2.º) Se establece que el agente citado en el art. 1.º retornará al área de Digesto una vez finalizada la función para la que fue designado en la Asesoría Letrada.

 

Art. 3.º) Se comunica al Departamento de Personal, al Departamento de Sueldos y al Tribunal de Contralor a efectos de proceder a la liquidación de haberes correspondientes.

 

Art. 4.º) Comuníquese. Dese a publicidad. Cumplido, archívese.

 

San Carlos de Bariloche, 01 de noviembre de 2017.

 

DAB/CRH/vhf