DESCRIPCIÓN SINTÉTICA: SE CONTRATA AL SR. JONATHAN ZONA PARA PRESTAR ASESORAMIENTO CONTABLE EN EL ÁMBITO DEL CONCEJO MUNICIPAL, CATEGORÍA 21

 

 

ANTECEDENTES

Resolución 458-PCM-15

 

Resolución 502-CM-16.

FUNDAMENTOS

Por nota n.° 329-SL-16 de fecha 14 de diciembre de 2016, la secretaria legislativa del Concejo Municipal, informa la designación del asesor contable, categoría 21, a partir del 10 de diciembre de 2016 hasta el 10 de diciembre de 2019, con una carga horaria de 4 horas diarias o 20 horas semanales.

 

Habiendo analizado diferentes cuestiones y teniendo en cuenta que es de vital importancia contar con la prestación de los servicios profesionales de un contador público para prestar asesoramiento contable en el ámbito de la Comisión de Economía también brindará asesoramiento al presidente del Concejo Municipal como así también al resto de las dependencias del Concejo; el Asesor Contable, en la gestión anterior venía desempeñandose en dicha área con reducción horaria, debido que sus tareas así lo requerían.

 

En virtud de las atribuciones otorgadas por el art. 09.º) inciso "g" del texto ordenado (RESOLUCIÓN N.º 462-CM-15) del reglamento interno del Concejo Municipal.

EL PRESIDENTE DEL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN CARLOS DE BARILOCHE

 

RESUELVE

 

Art. 1.º) Se contrata a partir del 10 de diciembre de 2016 hasta el 10 de diciembre de 2019 inclusive, al Sr. Jonathan Zona, DNI 30.662.950, con domicilio en Brown 1591, que reviste una categoría 21 del escalafón municipal, para cumplir funciones de asesoramiento contable en el Concejo Municipal, con una carga horaria rotativa de 4 horas diarias o 20 horas semanales.

 

Art. 2.º) Se comunica al Departamento de Personal y Sueldo a efectos de proceder a la liquidación de haberes correspondientes.

 

Art. 3.º) Comuníquese. Dese a publicidad. Cumplido, archívese.

 

 

San Carlos de Bariloche, 19 de diciembre de 2016.

 

DAB/CRH/vhf

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

CMSCB.DDYA.MO.01 - Rev.00

fecha: 19/12/2016

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Día de impresión: 27/01/2017 10:56

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DDYA

CONTRATO DE TRABAJO TRANSITORIO

“No a la violencia de genero. Ni una menos” (Ordenanza 2711-CM-2015)

 


 

MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SAN CARLOS DE BARILOCHE

PROVINCIA DE RIÓ NEGRO

 

Entre el Concejo Municipal de la Municipalidad de San Carlos de Bariloche, representado en este acto por el Señor DIEGO BENÍTEZ DNI n.º 21.431.424, en lo sucesivo “EL CONCEJO” a los efectos del presente contrato, con domicilio legal en MAI 80 de la ciudad de San Carlos de Bariloche Provincia de Río Negro y por la otra la Sr. Jonathan Zona, DNI 30.662.950 con domicilio real en Brown 1591 de la ciudad de San Carlos de Bariloche, Río Negro, denominada “EL CONTRATADO” se conviene en celebrar el presente contrato de trabajo a tiempo parcial con una duracion determinada, en los términos del art. 2.° inc. c de la ordenanza 137-CM-88 que se regirá conforme a las cláusulas que a continuación se detallan a saber:

PRIMERA: EL CONCEJO, contrata los servicios de EL CONTRATADO de acuerdo a lo previsto por el art. 2.° inc. c de la ordenanza 137-C-88 en atención a las necesidades de servicio expuestas en la resolución 405-PCM-2016.

SEGUNDA: El presente contrato tiene vigencia desde el 10 de diciembre de 2016, y hasta el 10 de diciembre de 2019 inclusive; para cumplir funciones de asesoramiento contable en el Concejo Municipal conforme las funciones encomendadas en la resolución 502-CM-2016.

El contratado reconoce expresamente al tiempo de la firma del presente contrato, haber sido informado y prestar plena conformidad con la contratación a tiempo parcial y con una duracion determinada que conlleva el presente; y puntualmente respecto de la circunstancia de no pertenecer a la planta permanente del personal Municipal.

TERCERA: El CONCEJO, contrata los servicios de EL CONTRATADO para realizar los trabajos especificados en la cláusula anterior; obligándose a prestarlos con eficacia, buena conducta y dentro del horario rotativo que el CONCEJO le indique, el que es aceptado de conformidad.

CUARTA: El CONCEJO abonará a EL CONTRATADO una remuneración mensual equivalente a la categoría 21 del escalafón Municipal; proporcional a la cantidad horaria contratatada. Monto que se incrementará en la misma proporción y oportunidad que los sueldos de los empleados Municipales.

QUINTA: El CONTRATADO queda sometido a los métodos de trabajo y normas que establezca EL CONCEJO; comprometiéndose a su fiel cumplimiento. No tendrá derecho a estabilidad, no obstante serle de aplicación las disposiciones legales que correspondan a los deberes, obligaciones que debe observar en su condición de agente Municipal y regímenes disciplinarios de acuerdo a la ordenanza 137-C-88, estatuto de obreros y empleados municipales de San Carlos de Bariloche.

SÉPTIMA: El incumplimiento por parte de EL CONTRATADO de sus obligaciones, dará derecho al CONCEJO de rescindir el presente contrato, de acuerdo a la ordenanza 137-C-88, estatuto de obreros y empleados municipales de San Carlos de Bariloche sin necesidad de intimación previa alguna.

NOVENA: El presente contrato por tiempo determinado es celebrado en los términos del art. 2.° inc. c) de la ordenanza 137-CM-88, por el término de 1095 días a partir del 10/12/16, operando en consecuencia el vencimiento el 10/12/2019 inclusive, fecha en la cual quedará extinguida la relación contractual de pleno derecho; quedando aclarado que en el caso de que las necesidades lo requieran se deberá notificar a la CONTRATADA por escrito de la continuidad en el empleo.

DÉCIMA: EL CONTRATADO queda expresa y debidamente preavisado de la terminación de este contrato laboral, en la fecha antes indicada, dando con ello estricto cumplimiento a las disposiciones vigentes.

DÉCIMOPRIMERA: A todos los fines legales, las partes constituyen sus respectivos domicilio en los lugares indicados precedentemente, lugares donde serán válidas Las bonificaciones que se cursen. Asimismo, acuerdan someter todas las controversias que se susciten al ámbito de la IIIra. Circunscripción Judicial de la Provincial de Río Negro, renunciando a cualquier otro fuero posible.

En prueba de conformidad se firman, TRES ejemplares de un mismo tenor y a un sólo efecto a los 19 días del mes de diciembre de 2016.

JONATHAN ZONA