DECLARACIÓN 1956-CM-15

 

 

DESCRIPCIÓN SINTÉTICA: DECLARAR DE INTERÉS MUNICIPAL Y SOCIAL LA JORNADA DEL DÍA INTERNACIONAL DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD.

 

ANTECEDENTES

 

  1. Carta Orgánica Municipal.

Ordenanza 2071-CM-10.

Nota solicitud declaración de interés.

Carpeta con cronograma.

La Resolución 427-PCM-15, del 1/12/15, firmada por el Presidente del Concejo Municipal, Ramón Chiocconi.

 

FUNDAMENTOS

 

En 1992, al término del Decenio de las Naciones Unidas para los Impedidos (1983-1992), la Asamblea General proclamó el día 3 de diciembre Día Internacional de las Personas con Discapacidad.

Alrededor de un 15% de la población mundial, o mil millones de personas, viven con algún tipo de discapacidad.

El público en general y las instancias decisorias ignoran a menudo el gran número de personas que viven con discapacidad y deficiencias en todo el mundo y los problemas que han de afrontar. La misión de la OMS consiste en mejorar la calidad de vida de esas personas mediante actividades nacionales, regionales y mundiales, y en promover la toma de conciencia sobre la magnitud y las consecuencias del problema.

La jornada tiene por objeto dar a conocer mejor los distintos aspectos de la discapacidad y concitar el apoyo a la dignidad, los derechos y el bienestar de las personas con discapacidad. Se pretende también realizar un trabajo de sensibilización sobre las ventajas que pueden derivarse de la plena participación de las personas con discapacidad en todas las facetas de la vida.

En la propuesta de este día que nos ha de tener como protagonistas, las personas con discapacidad deben ser sujetos de derecho en tanto partícipes del desarrollo y aplicación de las políticas que los tiene como destinatarios, exigiendo se contemplen sus necesidades, y su derecho a ejercer como ciudadanos.

En el Día Internacional de las Personas con Discapacidad, es necesario renovar la convocatoria a todas las organizaciones de y para personas con discapacidad de nuestra ciudad, para continuar y profundizar la lucha en pro de mejoras concretas en la calidad de vida de nuestras compañeras y compañeros.

Es cierto que vivimos una época de transición, donde logros tan relevantes como la Convención sobre los Derechos Humanos de las Personas con Discapacidad (CDPD) marcan un tiempo nuevo y prometedor. Pero no es menos cierto que la brecha entre las oportunidades que tiene una persona que vive en situación de discapacidad con las demás es enorme, grave y debe ocupar el centro de una agenda pública en nuestros países para transformar sustancialmente esta realidad.

En este día renovamos la convocatoria para todas y todos los dirigentes del movimiento de personas con discapacidad de esta ciudad y les instamos a trabajar juntos con más fuerza por esta utopía que es la “participación plena”. Fuerza que debe verse reflejada también en mayor capacitación y profesionalismo, en nuevos esfuerzos por la articulación, la unificación y en perseguir incansablemente la incidencia política en aquellos espacios que tienen la posibilidad concreta de transformar la vida de la gente.

 

 

AUTOR: Presidente del Concejo Municipal, Ramón Chiocconi.

INICIATIVA: Comisión Legislativa: Concejales Ramón Chiocconi, Alejandro Ramos Mejía (PJ); Dr. Diego Benítez (FG); Leandro Lescano (AFSP); Prof. Elena Welleschik (UCR), Mauro González (PvyC); Irma Haneck (SUR); Defensoría del Pueblo de Bariloche; Secretaria de Deportes MSCB y Dirección de Gestión de Personas con Discapacidad MSCB.

 

 

 

 

 

La Resolución original 427-PCM-15, con las modificaciones introducidas, fue aprobada en la sesión del día 3 de diciembre de 2015, según consta en el Acta Nº 1044/15. Por ello, en ejercicio de las atribuciones que le otorga el Art. 38 de la Carta Orgánica Municipal,

 

 

 

 

 

 

 

EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN CARLOS DE BARILOCHE

SANCIONA CON CARÁCTER DE

 

DECLARACIÓN

 

 

Art. 1°)

Se declara de interés municipal y social la Jornada del “Día Internacional de las Personas con Discapacidad” a realizarse el 3 de diciembre de 2015 en la ciudad de San Carlos de Bariloche.

Art. 2°)

La presente declaración no implica la obligatoriedad de efectuar erogaciones por parte de la Administración Municipal.

 

Art. 3°)

Comuníquese. Dése a publicidad. Tómese razón. Cumplido, archívese.