COMUNICACIÓN Nº 717-CM-11

 

 

DESCRIPCIÓN SINTÉTICA: COMUNICAR AL PODER EJECUTIVO NACIONAL URGENTE APLICACIÓN SUBSIDIO A LOS COMBUSTIBLES EN LA CIUDAD DE SAN CARLOS DE BARILOCHE.

 

ANTECEDENTES

 

Ley 24.181

 

Decretos Nacionales 897/1992-1161/1992.

 

RG AFIP 1559/03. Impuestos sobre los combustibles líquidos  y gas natural.

 

 

FUNDAMENTOS

 

El día 4 de junio del corriente año comenzó la actividad volcánica en el cordón montañoso Caulle en la región Puyehue, en el vecino país de Chile.

 

Como es de público conocimiento, esta reciente actividad volcánica es de considerables dimensiones, afectando de una u otra manera a gran parte del país, por ejemplo con la suspensión de vuelos en distintos aeropuertos. Inclusive la nube de cenizas se ha extendido a otros países más allá de nuestro continente, tal el caso de Australia. Todo esto nos permite comprender de manera más objetiva las dimensiones de este acontecimiento natural.

 

Nuestra ciudad, San Carlos de Bariloche, se encuentra a tan solo 100 kilómetros de distancia del lugar de actividad. Asimismo, es muy importante resaltar que está ubicada justamente por donde circulan los vientos procedentes de esa región. Sólo la ausencia de esa circulación de vientos procedentes del Pacífico evita que la complicada situación empeore.

 

Las consecuencias de esta proximidad se ven reflejadas también en la gran cantidad de material volcánico precipitado en toda la región.

 

La arena y la ceniza volcánica han cubierto la ciudad, dificultando notablemente el normal desarrollo de las actividades cotidianas.

 

Pero lo más alarmante, al menos en esta instancia, es lo relacionado a la consecuencia económico social que trae aparejado este acontecimiento.

 

La actividad turística es la principal fuente de ingresos para la ciudad y, consecuentemente, la que genera mayor demanda laboral. Cientos de vecinos esperan los meses de temporada para acceder, aunque más no sea a un empleo temporario. Pero también toda la actividad de la cadena económica se ve seriamente afectada, desde el pequeño comerciante hasta las grandes empresas, claro está cada cual con su particularidad.

 

Lo cierto es que la realidad está impactando fuertemente en el destino turístico Bariloche, al punto que las organizaciones intermedias sostienen que la temporada invernal está perdida.

 

A pesar de la situación, o como consecuencia de la misma se están buscando diferentes instancias que permitan mitigar el impacto negativo sobre la actividad productiva, de servicios y comercial, que en sí mismas son la columna vertebral de la existencia de esta sociedad, al menos desde el aspecto económico y financiero.

 

En este sentido detallamos la estimación realizada por el concejal Hugo Cejas sobre las pérdidas que ocasionará el cierre del Aeropuerto sólo en julio y agosto de 2011:

 

ESTIMACIÓN DE PÉRDIDAS QUE PUEDE OCASIONAR EL CIERRE DEL AEROPUERTO EN LOS MESES DE JULIO Y AGOSTO DE 2011.

 

Fuente de datos primaria: Secretaría de Turismo Municipal.

Estimación realizada por Hugo Cejas.

 

Cálculo estimado de pérdida en julio-agosto 2011 por cierre de aeropuerto, y del ingreso posible por Turismo a través de otras vías de acceso.

 

(Lo que se pierde y lo que hay que sostener en julio-agosto 2011).

 

Tomando entonces para el cálculo que estamos realizando, las variables procesadas y proyectadas de: “volumen de turistas”, “origen de los turistas”, “modo de arribo a la ciudad” y “gasto promedio por turista”, nos permite calcular la siguiente pérdida de ingresos monetarios directos por Turismo que tendrá Bariloche en julio-agosto 2011 debido al cierre del Aeropuerto, como así también los ingresos probables que entrarían por otras vías, y que se deberían sostener o evitar perder para ese mismo período:    

 

                                                                                                 Pérdida              A Sostener

Argentinos                                                                              

Se dejará de percibir: $ 4.653 x 9.969 pax de avión =                       46.385.757

Se puede sostener aún: $ 4.653 x 100.800 pax de otras vías =                                       469.022.400

Limítrofes

Se dejará de percibir: $ 11.280 x 46.173 pax de avión =                 520.831.440

Se puede sostener aún: $ 11.280 x 10.831 pax de otras vías =                                       122.173.680

Resto del Mundo

Se dejará de percibir: $ 8.145 x 8.265 pax de avión =                      67.318.425

Se puede sostener aún: $ 8145 x 1939 pax de otras vías =                                               15.793.155

Totales (pérdida y a sostener) julio agosto 2011:                      $ 634.535.622          $606.989.235

Dólar a $ 4,130 =                                                                     u$d 153.640.586       u$d 146.970.759

 

Es decir que el 36,2% de los Turistas que vienen en avión en julio-agosto, aportan el 51% de los ingresos directos de esos 2 meses a la ciudad de Bariloche.

 

En este sentido, partiendo de la certeza que San Carlos de Bariloche es uno de los destinos preferidos por el turismo interno, vemos oportuno se adopten algunas medidas que favorezcan la elección del mismo. La reducción del precio de los combustibles en esta región y, fundamentalmente en nuestra ciudad, sería una de estas medidas, la que con seguridad ayudaría a que nos elijan para visitarnos, procurando producir de esta manera un nivel de afluencia que, al menos, haga posible sostener la delicada situación.

 

AUTOR: Intendente Municipal, Marcelo Cascón; Concejales, Lic. Ángel Barriga, Arabela Carreras, Hugo Cejas (SUR-FpV); Alfredo Martín, Silvia Paz (FG-FpV), Silvana Camelli (PCcP); Claudio Otano, Laura Alves (CpD); Daniel Pardo (PPR); Francisco De Cesare (PS) y Darío Rodríguez Duch (ARI).

 

 

El proyecto original 895/11, con las modificaciones introducidas, fue aprobado en la sesión del día 23 de junio de 2011, según consta en el Acta Nº 966/11. Por ello, en ejercicio de las atribuciones que le otorga el Art. 38 de la Carta Orgánica Municipal,

 

 

EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN CARLOS DE BARILOCHE

SANCIONA CON CARÁCTER DE

 

COMUNICACIÓN

 

 

Art.  1°)

Se solicita al Poder Ejecutivo Nacional tenga a bien instruir a la mayor brevedad y a través de las instancias correspondientes, la aplicación excepcional del valor diferencial a los combustibles, incorporado por Decreto 897/92, artículo 1º y su modificatorio Decreto 1.161/92, artículo 1º, que a su vez fueron sancionados como Ley de la Nación por Ley Nº 24.181, a la ciudad de San Carlos de Bariloche.

 

Art.  2°)

Comuníquese. Dése a publicidad. Tómese razón. Cumplido, archívese.