COMUNICACIÓN Nº 690-CM-10

 

DESCRIPCION SINTETICA: COMUNICAR AL EJECUTIVO MUNICIPAL LA  NECESIDAD DE ADHERIR A LAS DISPOSICIONES SOBRE INCREMENTO ASIGNACIONES FAMILIARES.

 

ANTECEDENTES

 

Ley Nacional 24.714: Régimen de asignaciones familiares.

 

Decretos nacionales complementarios.

 

Resolución 287-PCM-10 firmada por el Presidente del Concejo Municipal, Lic. Darío Barriga.

 

FUNDAMENTOS

 

En la actualidad, el monto de las asignaciones familiares que perciben los trabajadores municipales, es notablemente inferior  a los que perciben los trabajadores de los estamentos provinciales y nacionales.

 

Recientemente la señora Presidenta de la Nación anunció un nuevo incremento en las asignaciones familiares, las que producen una marcada desigualdad respecto a las percibidas por los empleados municipales de nuestra ciudad. 

 

Sin dudas esto provoca un perjuicio económico para el trabajador y su familia y, una clara y manifiesta situación de injusticia.

 

La asignación por hijo, sólo para dar un ejemplo, que actualmente perciben los agentes municipales resulta irrisoria si consideramos el aumento en el costo de vida acumulado en los últimos años. Es por ello que equiparar al valor que recientemente ha actualizado el Gobierno Nacional, representa un reconocimiento de los derechos, especialmente de los niños y jóvenes hijos de empleados municipales.

 

AUTOR: Presidente del Concejo Municipal, Lic. Ángel Darío Barriga.

 

La Resolución original Nº 287-PCM-10, con las modificaciones introducidas, fue aprobada en la sesión del día 19 de agosto de 2010, según consta en el Acta Nº 948/10. Por ello, en ejercicio de las atribuciones que le otorga el Art. 38 de la Carta Orgánica Municipal,

 

EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN CARLOS DE BARILOCHE

SANCIONA CON CARÁCTER DE

COMUNICACION

 

Art.  1°)

Se comunica al señor Intendente Municipal, en su carácter de Superintendente del personal municipal, la urgente necesidad de instrumentar las acciones necesarias que posibiliten equipar los montos percibidos por los empleados municipales, en concepto de asignaciones familiares, a los establecidos a  nivel nacional.

 

Art.  2°)

Comuníquese. Dése a publicidad. Tómese razón. Cumplido, archívese.