COMUNICACIÓN N.º 1058-CM-21

 

DESCRIPCIÓN SINTÉTICA: COMUNICA A HONORABLE CÁMARA DE DIPUTADOS Y HONORABLE CÁMARA DE SENADORES DE LA NACIÓN ACOMPAÑAMIENTO AL PROYECTO DE LEY 6960-D-2020 ELEVA MÍNIMO NO IMPONIBLE PARA PAGO IMPUESTO A LAS GANANCIAS

 

 

ANTECEDENTES

 

Proyecto de ley nacional 6960-D-2020.

 

FUNDAMENTOS

 

Teniendo en cuenta el proyecto presentado por el Sr Presidente de la Cámara de Diputados, Sergio Tomás Massa, con el objetivo de modificar el impuesto a las ganancias y establecer un nuevo piso que beneficie a más de 1.260.000 trabajadores y trabajadoras consideramos de sumo interés e impacto positivo para la población, que de prosperar la propuesta, sólo pagarían el impuesto quienes perciben salarios brutos mayores a 150 mil pesos mensuales y las jubilaciones que superen los ocho haberes mínimos garantizados (actualmente $52. 280).

 

Esto implicaría un beneficio para el 63,4 % de los contribuyentes que actualmente lo pagan en todo el país. Lo previamente mencionado se traduce en que a partir de esa modificación, dejarían de pagar el impuesto a las ganancias 1.267.000 trabajadoras, trabajadores, jubilados, y jubiladas.

 

Entendemos que el proyecto busca beneficiar a la mayor cantidad de contribuyentes a nivel nacional y además fortalecer y potenciar el mercado interno, dado que los principales beneficiarios de la medida serían los ciudadanos que destinan gran parte de sus ingresos al consumo local.

 

Podemos observar que a fines del 2020, el tributo afectaba a unas 2,3 millones de personas, el 25,6 % del total de los contribuyentes en relación de dependencia. De tener consenso este expediente y aprobarse, se consolidaría un esquema progresivo, en el que el impuesto a las ganancias sólo lo pagaría el 10 % de los contribuyentes con mayores ingresos o con jubilaciones de privilegio.

 

Es imprescindible propiciar este alivio fiscal para tantas personas que pertenecen a la clase media trabajadora y, con esta medida además miles de jubiladas y jubilados de todo el país tendrían un mayor acceso a disponer del fruto de su trabajo.

 

Es innegable, que aumentar la capacidad de compra resulta esencial para la reactivación del comercio.

 

Nuestra ciudad, San Carlos de Bariloche, tiene una importante población comprendida entre quienes serían beneficiados por la medida y esto potenciaría un importante y necesario alivio a nuestro golpeado sector comercial.

 

Asimismo, se considera oportuno poder expresar el acompañamiento al pedido de espacios sindicales y parlamentarios patagónicos respecto del sostenimiento del diferencial por zona patagónica, del 22%, respecto del mínimo no imponible de 150 mil pesos que se pretende establecer para el resto del país, en dicha iniciativa, de forma tal de no solo acompañar una iniciativa que resulta positiva para los trabajadores y trabajadoras, sino también sostener una de las conquistas históricas que nuestra región ya tiene vigente en relación a dicho gravamen nacional.

 

En este sentido, es necesario recordar que a partir de 2016, mediante la sanción de la ley 27346, se estableció dicho diferencial, tanto para el mínimo no imponible como para las cargas de familia de empleados en relación de dependencia y jubilados que viven en la región patagonica (conforme al artículo 1° de la ley 23272). Esta deducción especial implica un criterio de justicia tributaria y social, teniendo en cuenta el mayor costo de vida que supone habitar en zonas desfavorables y en donde se inserta nuestra región, nuestra provincia y particularmente nuestra ciudad.

 

Por todo lo expuesto queremos comunicar a la Honorable Cámara de Diputados y a la Honorable Cámara de Senadores de la Nación nuestro total interés y acompañamiento a la iniciativa planteada en el proyecto de ley 6960-D-2020 que eleva a pesos 150 mil el mínimo no imponible para el pago de impuesto a las ganancias y el sostenimiento del diferencial para la Patagonia del 22%.

 

 

 

AUTORES: Concejales Marcelo Casas, Roxana Ferreyra y Julieta Wallace (FdT).

 

 

El proyecto original N.º 241/21, con las modificaciones introducidas, fue aprobado en la sesión del día 4 de marzo de 2021, según consta en el Acta N.º 1139/21. Por ello, en ejercicio de las atribuciones que le otorga el Art. 38 de la Carta Orgánica Municipal,

 

 

EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN CARLOS DE BARILOCHE

SANCIONA CON CARÁCTER DE

 

COMUNICACIÓN

 

Art. 1°)

Se comunica a la Honorable Cámara de Diputados de la Nación acompañamiento al proyecto de ley 6960-D-2020, que eleva el mínimo no imponible del impuesto a las ganancias a $150.000.

 

Art. 2°)

Se comunica a la Honorable Cámara de Senadores de la Nación, el acompañamiento al pedido de re formulación del proyecto de referencia, en relación al sostenimiento del diferencial por zona patagónica del 22% sobre el mínimo no imponible para nuestra región.

 

Art. 3°)

Comuníquese. Dése a publicidad. Cumplido, archívese.