COMUNICACIÓN N.º 1028-CM-20

 

DESCRIPCIÓN SINTÉTICA: SE SOLICITA AL MINISTERIO DE SEGURIDAD Y JUSTICIA DE RÍO NEGRO Y A LA FEDERACIÓN DE ASOCIACIONES CIVILES DE BOMBEROS VOLUNTARIOS INFORME QUÉ ASOCIACIONES ADEUDAN RENDICIONES Y SE ENVÍEN RECURSOS A LAS QUE SE ENCUENTRAN EN REGLA DANDO CUMPLIMIENTO A LAS LEY  5434

 

ANTECEDENTES

 

Constitución Nacional.

 

Ley D 168: Instituye un sistema de pensiones graciables vitalicias para bomberos voluntarios.

 

Decreto reglamentario 2883/2009.

 

Ley K 48: Lotería para Obras de Acción Social de la Provincia de Río Negro.

 

Ley 5434: Modificación de las leyes K 48 y D 168.

 

FUNDAMENTOS

 

Mediante la ley K 48 que da origen a la Lotería de Río Negro se determina la distribución del producido líquido de los juegos de azar en la provincia.

 

En el mes de marzo de 2020 se sancionó la ley 5434, mediante la cual se modificó el artículo 12° de la ley K 48, estableciendo lo siguiente:

 

"Artículo 12º.- El producido líquido de la explotación de los juegos de azar mencionados en el artículo 1°, se distribuye de la siguiente forma: a) Distribución primaria: Del producido líquido de la explotación citada, se destinan:

 

1) Nueve por ciento (9%), como mínimo, para las Asociaciones de Bomberos Voluntarios y la Federación que las agrupa. El mismo tiene carácter de subsidio, se liquida en forma mensual y debe ser destinado a solventar los gastos normales y habituales del funcionamiento.

El monto correspondiente a dicho aporte es distribuido en partes iguales, entre cada una de las Asociaciones y la Federación.

 

La Lotería para Obras de Acción Social de la Provincia de Río Negro transferirá, en forma mensual, al Ministerio de Seguridad y Justicia, los montos resultantes de aplicar el porcentaje fijado en el primer párrafo. Este último realiza las liquidaciones correspondientes para su distribución a cada una de las instituciones comprendidas en el presente.

 

La reglamentación establece los términos en que se realizan las rendiciones de cuentas respectivas”.

 

A través de esta reciente modificación, sancionada el 13 de marzo de 2020, se estableció la distribución directa de los fondos de Lotería destinados a los cuarteles, sin la necesidad de intervención de la Federación de Bomberos de Río Negro, con la clara intención de agilizar los trámites y cumplir con el efectivo pago de los fondos a las distintas asociaciones. Antes era el Estado provincial el que emitía los fondos a la Federación y ésta a las asociaciones, situación que provocaba demoras en las transferencias.

 

Por ello mediante la sanción de la ley 5434 se ha buscado el mayor beneficio para  las asociaciones de bomberos voluntarios, con la necesidad de dotar a los mismos de recursos económicos suficientes para garantizar su buen funcionamiento y capacidad de respuesta frente a situaciones de emergencia.

 

No obstante, la Asociación Bomberos Voluntarios San Carlos de Bariloche, informa que a pesar de la sanción de dicha norma continúan sin recibir el aporte por parte del Ministerio de Seguridad y Justicia de la provincia, deuda que ha alcanzado los diez meses y que asciende a un total de 800 mil pesos a razón de cada cuartel.

 

En este sentido y ante los reclamos correspondientes, desde el Ministerio de Justicia y Seguridad de la provincia expresan que si bien tienen articulados los mecanismos necesarios para que los cuarteles reciban los fondos de Lotería, algunas de las instituciones no han realizado las rendiciones correspondientes a transferencias anteriores, motivo por el cual se encuentran a la espera para poder realizar los aportes correspondientes. Aunque las asociaciones que tienen todo en regla son más de treinta, no consiguen acceder a los fondos porque el gobierno provincial los retiene hasta que cumplan todos.

 

Cabe informar que ante la ausencia de dichos fondos, la situación económica de las asociaciones es crítica y se enfrentan con problemas operativos y una grave carencia de materiales de cara al invierno. Las salidas suelen ser más frecuentes en esta época, por los incendios derivados de las deficiencias de calefacción, escapes de monóxido, nevadas y otras emergencias y la situación se torna insostenible para ellos y se pone en peligro la operatividad de los cuarteles de la ciudad.

 

Ante esta situación, los cuarteles de Bariloche se sostienen sólo con los fondos de la tasa municipal que recauda el Simbov, la cual permite únicamente mantener el pago de los cuarteleros y las cargas sociales. En el caso puntual del cuartel de Bariloche Centro, el más grande de la Patagonia, informan que la situación particular con los tres vehículos Unimog, los cuales resultan esenciales para el invierno porque pueden llegar a cualquier sitio aún con nieve y hielo, es crítica, siendo que los mismos se encuentran fuera de funcionamiento por falta de repuestos y neumáticos.

 

Del mismo modo, el contexto de crisis generada por la irrupción global de la pandemia vinculada al Covid-19 y las medidas adoptadas en consecuencia tales como el aislamiento social, preventivo y obligatorio decretado en consecuencia por el Gobierno Nacional y acompañado por los Gobiernos Provinciales agravan la situación. En este aspecto, se han sumado gastos extra por materiales de prevención sanitaria para los bomberos que antes no eran necesarios y además el gimnasio Pedro Estremador que pertenece a la Asociación de Bomberos, cuyo alquiler solía ser fuente regular de recursos, se encuentra cerrado, motivo por el cual no solo ha dejado de generar ingresos, sino que  es necesario solventar los gastos permanentes que conlleva.

 

Por todo lo hasta aquí expuesto, se solicita al Ministerio de Seguridad y Justicia de la Provincia de Río Negro y a la Federación de Asociaciones Civiles de Bomberos Voluntarios de Río Negro que informen fehacientemente cuáles son las asociaciones que adeudan rendiciones y en el mismo marco den cumplimiento a lo establecido en la ley 5434.

 

Se solicita el acompañamiento a la presente iniciativa, considerando fundamental poder dotar de recursos económicos suficientes a los organismos encargados de la protección civil de nuestra localidad,  garantizando su buen funcionamiento y capacidad de respuesta frente a situaciones de emergencia y catástrofe.

 

 

 

 

AUTOR: Concejal Ariel Cárdenas (BxC).

 

 

 

El proyecto original N.º 0089/20 fue aprobado en la sesión del día 25 de junio de 2020, según consta en el Acta N.º 1128/20. Por ello, en ejercicio de las atribuciones que le otorga el Art. 38 de la Carta Orgánica Municipal,

 

 

 

EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN CARLOS DE BARILOCHE

SANCIONA CON CARÁCTER DE

 

COMUNICACIÓN

 

 

Art. 1°)

Se solicita al Ministerio de Seguridad y Justicia de la Provincia de Río Negro y a la Federación de Asociaciones Civiles de Bomberos Voluntarios de Río Negro informen fehacientemente cuáles son las asociaciones de la provincia que adeudan rendiciones. En función de ello se envíen los recursos correspondientes a las asociaciones que se encuentran en regla, dando efectivo cumplimiento a la ley 5434.

 

Art. 2°)

Comuníquese. Dése a publicidad. Cumplido, archívese.