COMUNICACIÓN N.º 913-CM-17

 

DESCRIPCIÓN SINTÉTICA: SE SOLICITA A LA HONORABLE CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA NACIÓN REVISIÓN DEL PROYECTO DE LEY 391-17 “REFORMA PREVISIONAL”

 

 

ANTECEDENTES

 

Convenio 102 de la Organización Internacional del Trabajo.

 

Constitución Nacional, artículo 14 bis, artículo 75 inciso 22.

 

Ley 26678: Apruébase el Convenio Relativo a la Norma Mínima de la Seguridad Social Convenio 102, adoptado por la Conferencia General de la Organización Internacional del Trabajo, en Ginebra, Confederación Suiza.

 

Ley 27360: Apruébase Convención Interamericana sobre protección de los derechos humanos de las personas mayores.

 

Ley 24241: Sistema integrado de jubilaciones y pensiones.

 

Ley 26417: Prestaciones previsionales.

 

Ley 27260: Programa nacional de reparación histórica para jubilados y pensionados.

 

Ley 20744: Ley de contrato de trabajo.

 

Constitución Río Negro.

 

Carta Orgánica Municipal.

 

Proyecto de ley 391-17: Reforma previsional.

 

 

 

 

 

FUNDAMENTOS

 

Se encuentra en tratamiento en el Congreso de la Nación el proyecto de ley 391-17 que establece una reforma previsional. El mismo ya obtuvo el visto bueno en la Cámara de Senadores con 43 votos afirmativos, 23 en contra y 3 abstenciones. Ahora corresponde su tratamiento en Diputados, que comienza el 12 de diciembre de 2017, en las comisiones de Presupuesto y Previsión.

 

La reforma previsional es una propuesta de la Casa Rosada y cuenta con el apoyo de todos los mandatarios provinciales, excepto del gobernador de San Luis. La reforma previsional y el proyecto de responsabilidad fiscal, que impone pautas de gasto público y endeudamiento para Nación y provincias, integran el Consenso Fiscal que firmaron el presidente Mauricio Macri y los gobernadores, y espera la ratificación por parte del Congreso.

 

El proyecto de reforma previsional restablece el 82% móvil para los jubilados que tienen 30 años de aportes y cobran el haber mínimo, y brinda la opción a los trabajadores del sector privado, tanto hombres como mujeres, de jubilarse a los 70 años, previo acuerdo con sus empleadores. Uno de los aspectos más cuestionados es la modificación de la ley de movilidad jubilatoria y la fórmula de actualización, determinada por la inflación y evolución de los salarios.

 

La nueva fórmula planteada por el proyecto de reforma previsional implicará un incremento menor en la actualización de las jubilaciones. Respecto al artículo en que se establece una garantía adicional para los haberes de jubilación equivalente al 82% del Salario Mínimo, Vital y Móvil para aquellos con 30 años de servicios con aportes efectivos, se contrapone incluso con el reclamo histórico del 82% sobre el salario del trabajador activo en su mismo cargo. Finalmente, acerca del otro punto planteado en el proyecto de ley que brinda la opción a aquellos trabajadores en relación de dependencia del sector privado de jubilarse a los 70 años, creemos que actualmente continuar trabajando muchas veces deja de ser una opción para convertirse en una necesidad.

 

Consideramos que no pueden ser nuestros jubilados, que son en muchos casos quienes menos tienen, los que sufran un ajuste como el que se prevé con la reforma previsional. Ellos dedicaron su vida a trabajar por este país y hoy deberían vivir sus años no laborables con la seguridad y tranquilidad que les debemos. La reforma previsional implica una merma de sus derechos y no debemos permitirlo.

 

 

Por todo lo expuesto, y a fin de salvaguardar los derechos de los jubilados, solicitamos a la Honorable Cámara de Diputados de la Nación, la revisión del proyecto de ley 391-17, de Reforma Previsional.

 

 

AUTORES: Concejales Cristina Painefil, Gerardo Ávila, Diego Benítez, Andrés Martínez Infante, Claudia Contreras, Julia Fernández, Viviana Gelain (JSB).

 

 

COLABORADORA: Florencia Secchiaro.

 

 

El proyecto original N.º 748/17 fue aprobado en la sesión del día 14 de diciembre de 2017, según consta en el Acta N.º 1086/17. Por ello, en ejercicio de las atribuciones que le otorga el Art. 38 de la Carta Orgánica Municipal,

 

 

EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN CARLOS DE BARILOCHE

SANCIONA CON CARÁCTER DE

 

COMUNICACIÓN

 

 

Art. 1°)

Se solicita a la Honorable Cámara de Diputados de la Nación la revisión del proyecto 391-17 de “Reforma previsional”, a fin de no avanzar sobre modificaciones a la movilidad previsional, la edad jubilatoria y la fórmula de actualización, y resguardar así los derechos de los jubilados y sus haberes previsionales.

 

Art. 2°)

Comuníquese. Dése a publicidad. Cumplido, archívese.