COMUNICACIÓN N.º 906-CM-17

 

DESCRIPCIÓN SINTÉTICA: SE COMUNICA A LAS CÁMARAS DE DIPUTADOS Y SENADORES DE LA NACIÓN DESESTIMAR ARTÍCULO 124 PROYECTO REFORMA TRIBUTARIA

 

ANTECEDENTES

 

Ley nacional 26573.

 

FUNDAMENTOS

 

El Ente Nacional de Alto Rendimiento Deportivo (ENARD), es una entidad de derecho público no estatal y autárquico que funciona como una sociedad entre el Comité Olímpico Argentino (COA) y la Secretaría de Deportes; sin fines de lucro, de gestión público-privada de Argentina, creada por la ley 26573 sancionada el 2 de diciembre de 2009, puesta en vigencia a partir de agosto de 2010.

 

Actualmente es financiado por la recaudación de un impuesto del 1% a la facturación de la telefonía móvil y los recursos que el Estado Nacional pueda destinar para este fin, lo que permite: a) Asignar becas a deportistas dedicados a actividades y competencias deportivas conforme lo establezca la reglamentación de la presente ley; b) Complementar los subsidios de la Secretaría de Deporte de la Nación para solventar los gastos que demande la participación en competencias deportivas internacionales que consten en el calendario oficial de la respectiva Federación Internacional y que se encuentren incluidas en el presupuesto anual, aprobado por el Directorio Ejecutivo; c) Solventar honorarios de entrenadores y técnicos afectados al alto rendimiento; d) Contratar especialistas en ciencias aplicadas al deporte y adquirir los elementos necesarios para el entrenamiento de los deportistas; e) Brindar apoyo económico para la organización de competencias nacionales e internacionales a realizarse dentro del territorio de la República Argentina; f) Asegurar la cobertura médico-asistencial de los deportistas, entrenadores y técnicos contemplados en la presente ley; g) Solventar los costos de mantenimiento del laboratorio de control de doping, dependiente de la Secretaría de Deporte de la Nación; h) Arbitrar las medidas conducentes para el apoyo a los deportistas paralímpicos; i) Implementar planes, programas, proyectos y acciones a través de unidades ejecutoras públicas o privadas, nacionales, provinciales, municipales o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires idóneas para tales cometidos, no pudiendo este concepto exceder el diez por ciento (10%) de los recursos recaudados en forma anual.

 

El incremento en la cantidad de deportistas que representaron a nuestro país en los últimos juegos olímpicos de Río de Janeiro, así como las medallas doradas obtenidas por Los Leones en hockey, Santiago Lange y Cecilia Carranza en vela y Paula “La peque” Paretto en judo, son una muestra clara y contundente del desarrollo del deporte en nuestro país. Estos grandes y talentosos deportistas, no sólo nos enorgullecen con sus presentaciones en competencias de alto nivel, son embajadores de Argentina en cada lugar que recorren, sino que son la motivación y la demostración para miles de jóvenes que a través de ellos ven que el “sueño olímpico” es posible, destinando muchas horas de sus días a la práctica del deporte, de cualquier disciplina.

 

El artículo 124 del proyecto de Reforma Tributaria elevado por el Poder Ejecutivo al Congreso Nacional pone en riesgo la naturaleza, la independencia y la existencia misma del Ente Nacional de Alto Rendimiento Deportivo, que fuera logrado luego de una lucha de los deportistas convencidos de la necesidad de obtener una herramienta que con profesionalidad y transparencia garantizara la formación deportiva necesaria para poder estar a la altura y aún ganar a sus pares de otros países.

 

Si bien fuentes de ese organismo aseguraron que en el 2018 el ENARD será financiado desde las arcas del Estado y que para eso modificarán la Ley de Presupuesto, que no contemplaba el gasto; esto quitaría la autonomía que hoy tiene el organismo, además de quedar sujeto a la decisión del Gobierno de turno.

 

El proyecto de reforma tributaria, más precisamente, en el artículo 124, que consta de una sola línea, dice “Derógase el inciso a) del artículo 39 de la ley 26573”. Esto significa quitar el impuesto de 1% a las comunicaciones de telefonía celular (que en el 2017 implicó para el ENARD unos 680 millones de pesos), en un claro gesto que beneficia a las grandes empresas.

 

Por todo lo descripto solicitamos al Congreso Nacional que no incluya el artículo 124) propuesto en el proyecto de Reforma Tributaria elevado por el Poder Ejecutivo, seguros de la importancia de que cada vez más jóvenes se vuelquen al deporte, motivados y creciendo en los valores de vida que engrandecen a la Nación.

 

 

AUTORES: Concejales Viviana Gelain, Julia Fernández, Cristina Painefil, Andrés Martínez Infante, Diego Benítez y Gerardo Ávila (JSB).

 

COLABORADOR: Gonzalo Villar.

 

 

El proyecto original N.º 714/17 fue aprobado en la sesión del día 14 de diciembre de 2017, según consta en el Acta N.º 1086/17. Por ello, en ejercicio de las atribuciones que le otorga el Art. 38 de la Carta Orgánica Municipal,

 

 

EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN CARLOS DE BARILOCHE

SANCIONA CON CARÁCTER DE

 

COMUNICACIÓN

 

 

Art. 1°)

Se solicita a las Cámaras de Diputados y Senadores del Congreso Nacional, desestimar el artículo 124°) incluido en el proyecto de Reforma Tributaria enviado por el Poder Ejecutivo.

 

Art. 2°)

Adherir a la carta firmada por los destacados deportistas que han denominado “Banquemos al ENARD” y que como Anexo I de adjunta a la presente.

 

Art. 3°)

Comuníquese. Dése a publicidad. Cumplido, archívese.