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COMUNICACIÓN N.º 869-CM-17

 

DESCRIPCIÓN SINTÉTICA: SE COMUNICA AL MINISTERIO DE OBRAS PÚBICAS NECESIDAD CUMPLIMIENTO OBRAS INCONCLUSAS Y SITUACIÓN DE TRABAJADORES

 

 

ANTECEDENTES

 

Constitución Nacional.

 

Constitución Provincial.

 

Carta Orgánica Municipal.

 

https://www.adnrionegro.com.ar/2017/05/para-mango-la-quiebra-de-plan-obra-estaba-anunciada/

 

 

 

FUNDAMENTOS

 

Ante los hechos de público conocimiento sobre el abandono de obra de la sociedad Plan Obra SA, ganadora de la licitación para realizar diferentes obras de infraestructura en toda la Provincia de Río Negro; particularmente en nuestra ciudad, debía realizar la reconversión de la calle Mitre y la construcción de tres escuelas. A la fecha la obra en la principal arteria comercial de Bariloche está paralizada y sin finalizar, igual suerte lleva la construcción y mejoras de tres escuelas.

 

Ahora bien, teniendo en cuenta la responsabilidad que le cabe al Estado provincial respecto a la realización de acciones positivas necesarias para garantizar que no se afecten los intereses del erario provincial y de la ciudadanía en su conjunto, en particular de quienes se encuentran directamente afectados por la no ejecución de dichas obras, manifestamos nuestra preocupación al respecto.

 

Ejecuciones paralizadas en un contexto en el cual la situación de precariedad de las escuelas de la Provincia preocupa a la comunidad educativa y a la sociedad en su conjunto; la caída de estas obras claramente recrudece la situación de crisis estructural de la educación pública y sigue poniendo en riesgo la calidad educativa de nuestros niños, niñas y adolescentes y por tanto los derechos que les asisten. Derechos que precisamente el Estado debe tutelar y brindar a esta franja de la población. El Estado debe adoptar todas las medidas para efectivizar y velar por la integridad y educación de calidad por los estudiantes rionegrinos, garantizando el acceso educativo. El accionar negligente e insuficiente vulnera garantías constitucionales.

 

Por otro lado, ante la inminente llegada de la temporada turística, la culminación de la calle Mitre cobra una relevancia mayor y requiere una aceleración de los plazos, caso contrario se generará un perjuicio económico que afectará a muchos sectores de nuestra ciudad.

 

Asimismo, es necesario recalcar que desde el mes de marzo de 2016 el legislador Marcelo Mango y la legisladora Carina Pita vienen denunciando irregularidades respecto de la sociedad Plan Obra SA, motivo por el cual realizaron cuatro pedidos de informe advirtiendo que las condiciones estaban dadas para que esta contratación culmine en un nefasto resultado con muy graves repercusiones económicas y una situación en la que, además de las obras inconclusas, afecta la vida de decenas de trabajadores que perdieron sus trabajos y no recibirán sus indemnizaciones correspondientes.

 

En ese sentido, exigimos al Gobernador de la Provincia de Río Negro, Alberto Weretilneck y al Ministro de Obras Públicas y Servicios Públicos, Arq. Carlos Valeri tomen las medidas necesarias para el resguardo y cumplimiento de las obras inconclusas ante el abandono de obra de la sociedad Plan Obra SA y la cobertura y asistencia a los trabajadores que quedaron en situación de desamparo.

 

AUTORES: Concejales Ana Marks, Ramón Chiocconi y Daniel Natapof (FPV).

 

 

El proyecto original N.º 523/17 ,con las modificaciones introducidas, fue aprobado en la sesión del día 8 de junio 2017, según consta en el Acta N.º 1075/17. Por ello, en ejercicio de las atribuciones que le otorga el Art. 38 de la Carta Orgánica Municipal,

 

 

EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN CARLOS DE BARILOCHE

SANCIONA CON CARÁCTER DE

 

COMUNICACIÓN

 

 

Art. 1°)

Se solicita al Ministerio de Obras y Servicios Públicos informe las gestiones realizadas para garantizar la continuidad de las obras de la calle Mitre, la Escuela 315, el Jardín del Barrio Las Victorias y la ESRN 45; específicamente en lo relacionado con la garantía de obra y plazos de licitación; así como la situación de los trabajadores de la empresa.

 

Art. 2°)

Comuníquese. Dése a publicidad. Cumplido, archívese.